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Fuentes de la obligación romana


Enviado por   •  22 de Marzo de 2020  •  Documentos de Investigación  •  484 Palabras (2 Páginas)  •  101 Visitas

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Fuentes de la obligación romana.

Se llaman fuentes de las obligaciones a aquellos actos jurídicos de los cuales surge una obligación. La clasificación de las fuentes de las obligaciones sufre una evolución que se perfila y determina en Derecho justinianeo.  Las diversas etapas de dicha evolución fueron:

- Bipartición contrato-delito

La primera clasificación de las fuentes de las obligaciones se centra en la bipartición contrato-delito. Gayo, en sus Instituciones  nos dice que  toda obligación nace o de contrato o de delito.

Tal bipartición era insuficiente, pues existían casos como el pago de lo indebido (solutio indebiti), o la gestión de negocios (negotiorum gestio) que, aun generando obligaciones, no podían incluirse en ninguna de las dos categorías mencionadas: ni dentro de los contratos porque falta el acuerdo, ni dentro de los delitos porque no entrañan hecho ilícito alguno. Era necesario, pues, recoger estas hipótesis y asignarles un puesto en la clasificación.

- Tripartición de Gayo: obligaciones que nacen de contrato, de delito o de otras causas

Fue el mismo Gayo el que realiza esta labor, sustituyendo la bipartición original por una tripartición, y añadiendo una tercera categoría a las dos ya existentes: junto a las obligaciones que nacen de contrato o de delito nos dice, existen otras  que nacen variae causarum figurae  (de otras diversas causas). Es en esta tercera categoría donde se incluyen aquella serie de obligaciones que no podían clasificarse ni entre aquéllas que nacían de contrato, ni entre las que nacían de delito. Pero si la bipartición resultaba insuficiente, la tripartición no lo era menos, pues el grupo de las variae causarum figurae era un grupo heterogéneo que incluía figuras absolutamente diferentes en su estructura jurídica, complicando el aspecto dogmático de la clasificación, que resultaba confusa y ambigua.

- Cuatripartición de Justiniano

Finalmente, la tripartición cede el puesto a una cuatripartición, transmitida por Justiniano en sus Instituciones 3, 13, 2 ¿Qué sucede?, que aquella tercera categoría ex variae causarum figurae (de otras diversas causas) desdobla en obligaciones que nacen quasi ex contractu y obligaciones que nacen quasi ex delicto. Con el quasi Justinianeo sólo indica una simple analogía con el contrato o con el delito. Fueron los juristas medievales los que, sobre el texto justinieneo elaboran las categorías del cuasicontrato y del cuasidelito.

En resumen,  las fuentes de la obligación romana son:

- Contrato: El contrato es un acto lícito basado en un acuerdo.

-Cuasicontrato: El cuasicontrato es un acto lícito parecido a un contrato, pero no exactamente tal, pues falta el acuerdo.

-Delito: El delito es un acto ilícito sancionado con una pena, y cuyo elemento más característico es la culpa.

-Cuasidelito: El cuasidelito es un acto ilícito parecido a un delito, pero no considerado como tal por el ius civile.

La ley.

A estas cuatro fuentes hay que añadir la ley, incluída en un texto de Modestino. Es causa de obligaciones, ya que se impone sobre los sujetos destinatarios de la misma (quienes tienen la obligación de respetarla).

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