Fundamentos De Derecho
danslogan2 de Octubre de 2013
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Introducción al estudio del Derecho.
UNIDAD I. Ser humano, sociedad y cultura
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Ser humano:La teoría teológica, considera al ser humano desde el punto de vista de su origendivino. El hombre es una creación de Dios, hecho a su imagen y semejanza.La teoría racionalista, tienen su origen en la opinión griega y romana sobre hombre,que adoptó una forma nueva a partir del Renacimiento. Esta teoría ve en la razón lacaracterística específica del hombre, ya sea una razón especulativa, es decir,puramente teórica y desinteresada y pragmática.La teoría biológica o naturalista, considera al ser humano en cuanto a su origennatural, es decir, como una etapa de la evolución gradual de la naturaleza orgánica.Según esta opinión el ser humano, como una forma de naturaleza orgánica, no tienemás característica esencial que su avanzada complejidad anatómica y fisiológica. Elintelecto, la razón, no es sino una manifestación de esta mayor complejidad quesupone una diferencia de grado, pero no de clase, entre hombre y animal.
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Sociedad.La sociedad es ese ambiente en el que nacemos, vivimos y morimos. Todo ciclo de lavida y hasta la muerte, la compartimos siempre con otros. Aquí en muchodependemos de los demás y ellos dependen de cada uno de nosotros. Po eso es fácilconcluir que el interés general, que el interés de la comunidad está por encima del decada quien. La gran sociedad es la humanidad misma, de la que todos individualmenteformamos parte.En su acepción más generalizada, la sociedad se refiere al hecho básico de laasociación humana. El término se emplea en el más amplio sentido, para incluir todaclase y grado de relaciones en las que entran los hombres, sean ellas organizadas odesorganizadas, directas o indirectas, conscientes o inconscientes, de colaboración ode antagonismo. Ella incluye todo el tejido de las relaciones humanas y no tiene límiteso fronteras definidas.
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Sociedad
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ROJAS, Abelardo Roldán.
El estudio del Derecho
Ed. Porrúa. México, 2000. p. 4
2 Ídem
p. 11
La sociedad es concebida como un agregado humano organizado o estructurado decierta manera; el cual cuenta con mecanismos integradores que procuran laconservación de su estructura, cuya parte fundamental la constituyen los rolessociales, es decir, los diferentes papeles que desempeñan los sujetos dentro del todosocial.
3 Cultura y Derecho
La cultura es un producto humano, un patrimonio social que nos une a todos medianteel puente que tiende la educación entre esa creación y los hombres.El hombre es capaz de transformar la naturaleza en cultura, como cuando esculpe unaestatua bella, valiéndose de un trozo de mármol o cuando con un árbol fabrica unmueble. La cultura comprende obras y acciones humanas. Sólo es cultura aquello a loque el hombre le imprime valor. Los valores humanos forman parte del patrimonio cultural.
4 Cultura En el concepto de cultura –se reitera- se comprenden todas las realizaciones características de los grupos humanos, como el lenguaje, las costumbres, la construcción de instrumentos y herramientas, la industria, el arte, la ciencia, la filosofía, desde luego el Derecho y el Estado, la moral, la religión, etc. Comprende también los instrumentos materiales o artefactos en los que se materializan las relaciones culturales y mediante los cuales surten efecto práctico los aspectos intelectuales de la cultura, como los edificios, instrumentos, máquinas, elementos parala comunicación, objetos de arte, etc. Por lo tanto, la cultura comprende todo lo que esaprendido mediante la comunicación entre hombres, abarca toda clase de lenguaje, las costumbres, las tradiciones, así como las instituciones. Es pues, la característica distintiva y universal de las sociedades humanas.
5 UNIDAD II Concepto de ciencia y ciencia jurídica
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Ciencia La ciencia es el conjunto sistemático y metódico de conocimientos fundados de las cosas por sus causas próximas. Es un conjunto de conocimientos, pues uno o varios conocimientos aislados no llegan a constituir una ciencia. Ese conjunto de
3 PICCATO, Antonio Rodríguez.
Introducción al estudio del Derecho
.Ed. IURE. México, 2006. p. 95
4 ROJAS, Abelardo Roldán.
El estudio del Derecho
op. cit. p. 13
5 Ídem. p. 15
conocimientos debe ser sistemático y metódico, es decir, debe ser organizadoformando un cuerpo ordenado o sistema de conocimientos, conforme al método ométodos propios de la ciencia. Los conocimientos no pueden ser meras opiniones ocreencias, sino que deben fundarse ya sea en demostraciones ya en explicaciones delas relaciones de una o varias cosas con sus causas próximas. Precisamente por ser un conocimiento fundado, el conocimiento científico produce certeza, que podrá ser mayor o menor, según el método de fundamentación propio de cada ciencia.
6 La ciencia
a) Es buscar sistemática y metódicamente las verdades demostrables o comprobablesacerca de algún objeto o fenómeno físico o social e indagar sobre sus causaspróximas. La ciencia no está en el objeto de estudio, sino en el “modo” como seestudia.b) Estudio del “ser” de las cosas para conocerlas y utilizarlas de acuerdo con suspropiedades. El conocimiento exacto y razonable de las cosas, para poder “explicarse”su existencia.c) Trata las cosas y los sucesos del mundo tal y como se encuentran en la realidad;informa sobre hechos. Busca un conocimiento fenoménico y positivo.d) Proporciona los resultados de la observación de las cosas de un sector parcial de larealidad natural, social o cultural.e) Su fin es lograr conocimientos racionales ciertos o probables que se obtienen demanera metódica para sistematizarlos organizadamente.f) Es esencialmente cuantitativa y experimentalg) Utiliza el método para hallar estructuras generales o leyesh) Pretende la descripción analítica de las partes para encontrar sus conexiones. Esun sistema de relaciones.i) Es una actividad libre del pensamiento no sujeta a dogmatismos. j) Elabora, sintetiza y sistematiza teóricamente los conocimientos de la realidad, quetengan la misma naturaleza, para formar metódicamente una doctrina, que habrá deconstituir una rama del saber humano.
6 VILLORO, Miguel Toranzo.
Introducción al estudio del Derecho
. 11ª.ed. Ed. Porrúa. México, 1994. p.133
k) Los resultados de la ciencia, son válidos para cualquier lugar y tiempo y no sólo unamera opinión de nuestros sentidos o de nuestra imaginaciónl) Pretende lograr conocimientos con validez objetiva, aunque no rígidos, sinosusceptibles de ampliación, rectificación y progreso.m) Es capaz de predecir acontecimientos futuros, por medios metodológicos.n) Mediante ella se buscan conocimientos objetivos acerca de la naturaleza, lasociedad, el hombre y su pensamiento. Etimológicamente equivale a “saber”. Es unmodo de conocimiento que aspira a formular rigurosas y apropiadas leyes por mediode las cuales se rigen los fenómenos.o) Aspira a un conocimiento contingente y perfectible, aunque orgánico, unitario yexhaustivo. Es una especie de superestructura del espíritu, ya que nos revela lainfraestructura de lo realp) Cuando se habla de “ciencia positiva”, con esto se quiere significar la que ha defundarse en el hecho o dato directo de la experiencia evitando toda especulaciónteórica.
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FilosofíaFilosofía es aquel conocimiento de la razón humana que, penetrando hasta las últimascausas, investiga la realidad total, especialmente el ser y el deber propios del hombre.La Filosofía abarca la totalidad de lo real, aunque no lo investiga en sus relacionescausales próximas sino en sus razones últimas y hasta absolutamente últimas.
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TeoríaLas teorías son generalizaciones o abstracciones complejas que fungen como marcoconceptual para la explicación científica. La teoría se considera actualmente como unaconstrucción intelectual resultante del trabajo filosófico o científico; en el ámbito de lasdisciplinas sociales, la teoría tiene un enorme poder transformador de la realidad sobrela cual se reflexiona.
9 Ciencia jurídica
7 ROJAS, Abelardo Roldán.
El estudio del Derecho
. op. cit. Pp. 31-32
8DÍAZ, Elías.
Sociología y Filosofía del Derecho
. Ed. Taurus. Madrid, 1974. Pp. 25
9PICCATO, Antonio Rodríguez.
Introducción al estudio del Derecho
. op. cit. p. 137
La ciencia jurídica se constituye sobre la consideración estricta del Derecho comonorma: el contenido directo de la Ciencia del Derecho son las normas jurídicaspositivas, material con el cual trabaja siempre y en todo momento el jurista.La ciencia del Derecho tiene como zona central de trabajo el Derecho válido. Análisisde la validez del Derecho y, en otro plano, descripción y explicación del sistema delegitimidad incorporado en ese sistema de legalidad: es decir, primer nivel de lalegitimidad, la legitimidad realizada.
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Particularidades de la ciencia jurídicaLa ciencia jurídica es un sector de las ciencias sociales y por lo mismo guarda íntimaconexión con otras ciencias igualmente sociales, como la Economía, la Sociología, laciencia Política y la Psicología Social. Uno de sus objetivos prioritarios es analizar delderecho positivo vigente, por ser el estrictamente obligatorio.La ciencia jurídica fundamentalmente trata cuestiones de legalidad. Su función essistematizadora para procurar un orden lógico en todos
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