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Historia De méxico


Enviado por   •  21 de Agosto de 2011  •  2.339 Palabras (10 Páginas)  •  1.314 Visitas

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NOMBRE DEL ALUMNO: Guillermo Del Castillo Guillén

CLASE MODULO: Historia del Derecho Mexicano

SEMESTRE: Primer cuatrimestre

FECHA: 14 de agosto del 2011

Contestar el siguiente cuestionario:

1.- Características principales del derecho prehispánico.

Aquellas sociedades tenían la capacidad de crear sus propias instituciones, acordes a su forma de vida y tuvieron la facultad de establecer un conjunto de normas ó leyes basadas en la costumbre, la razón y los valores.

Los pueblos prehispánicos se desarrollaron en un periodo de 15 siglos, ubicados en un marco cronológico y geográfico, por lo que podemos hablar de varios derechos prehispánicos, pero en general, podemos decir las culturas prehispánicas implementaron su propia legislación y ordenación jurídica de acuerdo a sus necesidades y principio rectores y cuidaron de legislar en todos los aspectos y abarcaron las áreas jurídicas del derecho civil, penal, mercantil y procesal principalmente.

Queda claro entonces, que para su época y circunstancia, fue un sistema jurídico muy desarrollado, pero no alcanzó la profundidad teórica y técnica de otros sistemas jurídicos del viejo mundo.

2.- Cuál fue la cultura prehispánica con mayor influencia en otras culturas.

La cultura olmeca. Floreció entre los siglos IX y I a.d.J.C. no nos dejaron grandes construcciones sino más bien monumentos y estatuillas.

La cultura olmeca en decadencia durante la etapa pre-cristiana, transmitió muchos de sus rasgos a la cultura maya, teotihuacana, zapoteca y totonaca.

3.- Características principales del derecho maya.

Casi la totalidad de documentos fueron destruidos, pero nos dejaron el libro de Chilam Balam y la crónica de Calkini, de donde podemos deducir lo siguiente en cuanto a las características del derecho maya:

a) Derecho maya de familia;

El matrimonio era monogámico, pero con tal facilidad de repudio que con frecuencia se presentaba una especie de poligamia sucesiva.

Prohibición de la endogamia, dos personas del mismo apellido no podían casarse.

Principios de derecho sucesorio, la herencia se repartía entre la descendencia masculina, fungiendo la madre ó el tío paterno como tutor, en caso de minoría del heredero.

Presencia nula de la mujer, el papel de la familia en la mujer no era prominente, en la civilización maya no hallamos rasgo alguno de matriarcado, salvo, quizá la función de profetisa y la existencia de órdenes de vírgenes con funciones sacras, por lo demás, la mujer, ni siquiera podía entrar en el templo ó participar en los ritos religiosos.

Los mayas tenían el sistema de “precio de la novia” figura que todavía se manifiesta en la costumbre llamada haab-cab de que el novio trabaje algún tiempo para su suegro.

b) características del derecho maya penal.

El derecho penal era severo. El marido ofendido podía optar entre el perdón ó la pena de muerte para su ofensor y la mujer solo era repudiada.

También para la violación y el estupro existía la pena capital.

En caso de homicidio se aplicaba la pena del talión, salvo si el culpable era menor, en cuyo caso la pena era la esclavitud.

El robo se castigaba gravándose en la cara los símbolos de su delito.

Contrariamente al sistema azteca, no hubo apelación. El juez local, el batab, decidía en forma definitiva y los tupiles (policías-verdugo) ejecutaban la sentencia inmediatamente.

4.- Características del derecho público azteca.

Conocemos el derecho azteca por algunos códices, entre los que sobresale el de Mendocino, las obras de los historiadores indígenas y las descripciones que hicieron los españoles de las primeras generaciones, por aquella manía que tenían ellos de escribir todo lo que pasaba.

a) Características del derecho público azteca.

Este imperio no tuvo un derecho uniforme: la política azteca era la de no quitar a los pueblos subordinados su propia forma de gobierno ó su derecho; lo importante era que el tributo llegara en la forma convenida (semejante al imperio romano en sus inicios).

Hubo unos ochenta clanes con autonomía, sistema patrilineal y patrilocal, propiedad colectiva de ciertos terrenos.

La costumbre no totalmente rígida de casarse dentro del calpulli (endogamia) y generalmente dedicados a la misma profesión.

5.- Evento que da inicio al proceso de colonización.

La dominación española.

6.- Fuentes del Derecho Castellano.

a) las siete partidas

b) el fuero real.

c) el ordenamiento de Alcalá.

d) las compilaciones privadas.

7.- Definición del Derecho indiano y explicarlo en tus propias palabras.

Es el conjunto de normas vigentes en América durante la dominación española expedido por las autoridades españolas peninsulares o los delegados, u otros funcionarios y organismos en los territorios ultramarinos, para valer en éstos. Hacia un lado, éste derecho se completa por aquellas normas indígenas que no eran contrarias a los intereses de la corona ó a la iglesia y por otro lado apegadas al derecho castellano.

El gobierno de la Nueva España, no funcionaba como una colonia de España, sino más bien como un pequeño reino, con un virrey al frente y se originaron excesivos abusos por parte de los españoles hacia los indígenas, por lo que el régimen, de buena fe, decidió legislar a favor de los indígenas a fin de protegerlos.

España tenía un consejo de Castilla y para la Nueva España, se propuso un consejo de Indias, el cual se formó con un buen propósito, sin embargo no funcionó como se esperaba.

Para las altas funciones de la Indias, se prefirió a los peninsulares, discriminando a los criollos. La más alta autoridad era el rey, representado en la Nueva España por el virrey.

8.- Organización de la justicia en la Nueva España.

a)

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