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Historia Del Derecho


Enviado por   •  2 de Marzo de 2014  •  543 Palabras (3 Páginas)  •  214 Visitas

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El sistema llamado de las “legis actiones”, corresponde a la monarquía. En ese entonces la función judicial era ejercida por el Senado, el pueblo y el Rey. Esto se debe a que en Roma aún no se conocía la separación de los poderes u órganos del Estado.

Al comienzo, hacía de Tribunal Judicial el Rey, en persona, pero aparecida la monarquía, la facultad de administrar justicia pasó a los Cónsules y, el año 387 cuando los plebeyos alcanzaron esa dignidad, los patricios, para reservarse la facultad de administrar justicia, la confiaron a un nuevo magistrado llamado Pretor.

La instancia comprendía dos partes: ante el magistrado (in jure) y luego ante el juez (in iudicium), el que era designado por los litigantes y en su defecto por el magistrado.

Las acciones eran cinco:

La actio sacramenti que se aplicaba a todos los negocios y con¬sistía en una apuesta que el vencido perdía en favor del culto.

La iudiciu postulatio, cuyo mecanismo es poco conocido, pero se sabe que no requería la formalidad del depósito, ni la presencia del objeto litigioso. Se aplicaba al cumplimiento de las obli¬gaciones.

La pígnoris capio que se concedía a determinados acreedores (soldados y funcionarios).

La manus injectio, que también era un medio de ejecución sobre la persona del deudor a quien lo tomaba en presencia del Ma¬gistrado haciéndolo su esclavo, con derecho a matarlo o venderlo si en el término de sesenta días no satisfacía la obligación.

La condictio, introducida por la Ley Sylla para reclamar bienes de dinero.

En las cinco acciones indicadas precedentemente, los contendientes cumplían una serie de formalidades correspondientes a la acción interpuesta. Ese cumplimiento lo hacían en presencia de testigos (litis estotes). El proceso que prevalecía era el oral. Luego de cumplir las anteriores formalidades de¬signaban al juez y el magistrado determinaba a viva voz los puntos con¬trovertidos. Es esta primera fase que constituía la litis contestatio, [4] que en nuestro derecho procesal, hemos seguido practicando hasta antes de la pro¬mulgación del Código de Procedimiento Civil.

Después de los actos procedímentales indicados, la instrucción dcl juicio continuaba por el juez, autoridad ante quién los testigos repetían las palabras pronunciadas por el magistrado; luego se producían las pruebas y de acuerdo a ella se dictaba la sentencia. Por entonces la prueba documental era desconocida.

Durante la república, aparecieron los questores, los ediles, etc. que también tenían la facultad de administrar justicia. Más tarde como consecuencia de la presencia de extranjeros en Roma, aparecieron los pretores peregrinos jueces, que para resolver las controversias aplicaban el “ius gentium”, cuando in-tervenían extranjeros y la

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