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“IMPLEMENTACION DE LA GESTION AMBIENTAL PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD AMBIENTAL DEL DISTRITO DE MI PERÚ”


Enviado por   •  1 de Septiembre de 2017  •  Biografías  •  7.091 Palabras (29 Páginas)  •  364 Visitas

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TERMINOS DE REFERENCIA PARA ESTUDIO DE PREINVERSION DEL PROYECTO

“IMPLEMENTACION DE LA GESTION AMBIENTAL PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD AMBIENTAL DEL DISTRITO DE MI PERÚ”

  1. DEPENDENCIA  QUE  REQUIERE EL  SERVICIO

Sub Gerencia de Saneamiento Ambiental y Limpieza Pública  

  1. OBJETIVO

Contratar a la  Personal  Natural  o  Jurídica encargada  de identificar,  formular  y levantar las observaciones  después  de la  evaluación  hasta la aprobación del proyecto de inversión  pública, bajo  el  contexto del Decreto Legislativo N° 1252,  Decreto Legislativo que  crea el  Sistema Nacional  de  Programación Multianual y  Gestión de Inversiones. El consultor mediante este estudio deberá concluir en una alternativa económica duradera ejecutable del PIP “IMPLEMENTACION DE LA GESTION AMBIENTAL PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD AMBIENTAL DEL DISTRITO DE MI PERÚ”. 

  1. ANTECEDENTES
  1. Que, mediante OFICIO N° 416/904/2016-2017/JESA-CR de fecha 04 de abril del 2017, la Congresista de la República JANET E. SANCHEZ ALVA, remitió a la Municipalidad Distrital de Mi Perú la copia del OFICIO N° 102-2017-PRODUCE/DM, suscrito por el señor Bruno Giufra Monteverde – Ministro de Producción, donde informó los resultados del monitoreo ambiental de verificación de la empresa Fabrica Nacional de Acumuladores ETNA S.A. – Planta Ventanilla, realizado por la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones.
  2. Que, mediante OFICIO MÚLTIPLE N° 002-2017/MDV-GTR de fecha de recepción 17 de marzo del 2017 (Exp. N° 002530), el Gerente General del Sistema de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental y Secretario del Grupo Técnico Regional para la prevención de la contaminación por metales pesados en el distrito de Ventanilla - GTR, Sr. OSCAR W. QUINCHO BAÑON, a razón de la información solicitada por la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Ventanilla y en cumplimiento al acuerdo del GTR remitió a la Municipalidad Distrital de Mi Perú los informes proporcionados por las instituciones que integran el Grupo Técnico Regional – GTR, como son: el informe de resultados de monitoreo ambiental (aire y suelo) realizado por el OEFA (comunicado por OFICIO N° 3498-2016-OEFA-DS), el informe de resultado de monitoreo de calidad de suelo realizado por la Municipalidad de Ventanilla a través de una consultora externa en el año 2016, el Plan de Trabajo 2017 aprobado mediante Acta N° 02-2017 de la última reunión del presente GTR.
  3. Que, mediante el OFICIO N° 1471-2016-2017/CSP-CR de fecha 14 de marzo del 2017, el Congresista de la República Víctor ALBRECHT RODRIGUEZ en atención al OFICIO N° 169-2016-MDMP-ALC, mediante el cual se informa sobre la problemática de contaminación por plomo y cadmio en el Distrito de Mi Perú, remitió el OFICIO N° 989-2016-2017-CSP/CR a la Ministra de Salud, Patricia García Funegra, dando respuesta a nuestra Municipalidad mediante OFICIO N° 280-2017-DM/MINSA.
  4. Que, mediante el OFICIO N° 1075-2017-GRC/DIRESA/DG/DESA/DEPAYSO de fecha 07 de marzo del 2017, la Dirección Regional de Salud dl Callao - DIRESA, remitió el INFORME N° 023-2017-GRC/DRC/DESA/DEPAYSO/VCAR emitido por la Dirección de Ecología, Protección del Ambiente y Salud Ocupacional de la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental, referente a los resultados de monitoreo de suelos realizado el mes de agosto del 2016, por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental –OEFA en la zona industrial y alrededores de los distritos de Ventanilla y Mi Perú.
  5. Que, mediante OFICIO N° 0018-2017-OEFA/CG-SINADA de fecha 16 de enero del 2017, la Coordinación General del Servicio de Información Nacional de Denuncias Ambientales – SINADA, remitió a la Municipalidad Distrital de Mi Perú el INFORME N° 1220-2016-OEFA/DS-IND, mediante el cual la Coordinación del Subsector Industria de la Dirección de Supervisiones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, comunicó las acciones realizadas en atención a la problemática ambiental denunciada, para su conocimiento y los fines que considere pertinente.
  6. Que, mediante OFICIO N° 007-2017-MPC-GM de fecha 04 de enero del 2017, el Gerente Municipal OSCAR JAVIER ZEGARRA GUZMAN de la Municipalidad Provincial del Callao, remitió a la Municipalidad Distrital de Mi Perú la copia del INFORME N° 233-2016-MPC-GGDU/GPUC-SMV sobre la solicitud de cambio de índice de uso del Parque Industrial de Ventanilla.
  7. Que, mediante OFICIO N° 1498-2016-MINAM/SG de fecha 28 de diciembre del 2016, la Secretaria General del Ministerio del Ambiente, remitió a la Municipalidad Distrital de Mi Perú la copia del OFICIO N° 581-2016-OEFA/PCD de la Presidencia de Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, que contiene el INFORME N° 519-2016-OEFA/DS de las acciones realizadas por el OEFA en relación a la contaminación ambiental en la Zona Industrial de Ventanilla, Provincia del Callao.
  8. Que, mediante OFICIO N° 582-2016-OEFA/PCD de fecha 26 de diciembre del 2016, la Presidencia de Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, remitió a la Municipalidad Distrital de Mi Perú las acciones realizadas por el OEFA en relación a la contaminación ambiental en la Zona Industrial de Ventanilla, Provincia del Callao.
  9. Que, mediante OFICIO N° 351-2016-OEFA/CG-SINADA de fecha 12 de diciembre del 2016, la Coordinación General del Servicio de Información Nacional de Denuncias Ambientales – SINADA, hace de conocimiento sobre la denuncia ambiental realizada por la Municipalidad Distrital de Mi Perú, se encuentra registrada con código SINADA SC-0623-2016 y que ha sido derivada al área correspondiente del OEFA.
  10. Que, mediante OFICIO N° 5279-2016-GRC/DIRESA/DG/DESA/DEPAYSO de fecha 09 de diciembre del 2016, la Dirección Regional de Salud – DIRESA CALLAO, remitió Informes sobre contaminación de plomo en el Distrito de Mi Perú (INFORME N° 053-2016-GRC/DIRESA/DESA/DEPAYSO/VCAR; Informe de ejecución de las actividades programadas en el Plan de intervención para la atención a personas expuestas a la contaminación por metales pesados en el Distrito de Mi Perú y el INFORME N°056 – 2016 – GRC/DIRESA/DG/DESA/DEPAYSO/ASO).
  11. Que, mediante OFICIO N° 067-2016/MDV-GDU de fecha 07 de diciembre del 2016, la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Ventanilla remitió el listado de las actividades que se desarrollan en el Parque Industrial de Ventanilla (en referencia al OFICIO N° 023-2016-MDMP/GSC/SGSALP.
  12. Que, mediante OFICIO N° 1397-2016-MINAM/SG de fecha 05 de diciembre del 2016, la Secretaria General del Ministerio del Ambiente menciona respecto a la remisión del documento (OFICIO N° 167-2016-MDMP-ALC) por parte de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, solicitando información acerca de las acciones por contaminación de plomo, cadmio, gases y otros agentes contaminantes que vienen sufriendo los pobladores de los AA.HH. Virgen de Guadalupe y las Casuarinas de Guadalupe.
  13. Que, mediante OFICIO N° 4383-2016-GRC/DIRESA/DG/DESP/DAIS/ESR-MP de fecha 12 de octubre del 2016, la Dirección Regional de Salud del Callao - DIRESA, remitió el Informe de avance de actividades que vienen realizando al 68%, a través de la Estrategia Sanitaria Regional de atención a las personas afectadas por Contaminación con Metales Pesados y otras sustancias químicas. En el Marco del Plan de Intervención para la Atención a personas Expuestas a Contaminación con Metales Pesados en las zonas afectadas del Distrito de Mi Perú, siendo dirigidas a niños de 2 a 12 años y normadas por la Guía de Práctica Clínica para el manejo de pacientes con intoxicación por Plomo R.M. N° 511-2007/MINSA y el Protocolo de Atención a personas Expuestas a Metales Pesados R.M. N° 610-2015/MINSA.
  14. Que, mediante OFICIO N° 03630-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGGAM de fecha 09 de setiembre del 2016, la Dirección General de Evaluación Ambiental de Industria del Ministerio de la Producción, remitió la copia del INFORME N° 1117-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGGAM-DIEVAI a la Municipalidad Distrital de Mi Perú, sobre las acciones realizadas con relación a las empresas supervisadas por la Dirección General de Asuntos Ambientales del Viceministerio de MYPE e Industria.
  15. Que, mediante OFICIO N° 2573-2016-DIR-AGP-PREVAED-UGEL VENTANILLA de fecha 23 de agosto del 2016, la UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL – UGEL VENTANILLA, solicitó a la Municipalidad Distrital de Mi Perú se realicen las acciones correspondientes de acuerdo a nuestra competencia para minimizar los riesgos y preservar la salud de los estudiantes de las Instituciones Educativas: IEI N° 141 “Inmaculada Virgen de Guadalupe”, IET N° 5098 “Kumamoto” y la IEP “Arturo Padilla Espinoza”, frente a la contaminación por plomo y cadmio, registrado en nuestra jurisdicción.
  16. Que mediante OFICIO N° 346-2016-GRC/GRDS/DRTPE Callao de fecha de remisión 15 de agosto del 2016, la directora (Abog.) PATRICIA E. MARTINEZ VALDIVIEZO de la Dirección Regional del Trabajo y Promoción del Empleo del Callao, remitió a la Municipalidad Distrital de Mi Perú el documento adjunto INFORME N° 288-2016-GRC-GRDS-DRTPE-DIT-SDIT, referente a las acciones realizada por esta dirección, frente a la problemática de contaminación por plomo y cadmio en la jurisdicción del Distrito de Mi Perú.
  17. Que mediante referencia OFICIO N° 394-2016-OEFA/PCD de fecha de remisión 03 de agosto del 2016, la Presidencia del Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental del OEFA, remitió a la Municipalidad Distrital de Mi Perú el INFORME N° 318-2016-OEFA/DS sobre las acciones de supervisión realizada por el OEFA a las empresas industriales que realizan actividades de fundición en la zona industrial de Ventanilla.

III.A.   Problemática 

  • Siendo las 09:30 horas del día miércoles 17 de Mayo del presente año, se apersonaron los supervisores de la Dirección de Supervisión del OEFA, la Abog. Bertha Nélida Mantilla Acosta identificado con Credencial N° 318-2017-OEFA/DS-SEP y el Ing. Daniel Rado Arenas identificado con Credencia N° 319-2017-OEFA/DS-SEP, para llevar a cabo la función de supervisión a Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA), en su calidad de ente rector que le otorga el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA).
  • En dicha supervisión, los Supervisores del OEFA verificaron el grado y avance de implementación y el ejercicio de las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización y sanción en el marco del SINEFA de nuestra municipalidad como EFA de ámbito local; implementación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (PLANEFA 2017); Gestión del Manejo de Residuos Sólidos Municipales y la implementación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección selectiva y la Formalización de Recicladores en nuestro distrito.
  • Los supervisores del OEFA al término de la labor de supervisión elaboraron el Acta de Supervisión respectiva, donde en el punto 9 de la estructura de dicho documento realizaron las siguientes observaciones  y solicitaron el cumplimiento en los plazos establecidos a la Sub Gerencia de Saneamiento Ambiental y Limpieza Pública, que a continuación se detallan:
  • Realizar las gestiones necesarias para contar con instrumentos de medición de la calidad ambiental.
  • Ejecutar acciones de fiscalización ambiental sobre la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmosfera y el ambiente.
  • Ejecutar acciones de fiscalización ambiental sobre el manejo de residuos sólidos domiciliarios y comerciales.
  • Ejecutar acciones de fiscalización ambiental sobre la generación, transporte y disposición de residuos sólidos de las actividades de la construcción y demolición.
  • Aprobar e implementar el proyecto de ordenanza que regula la supervisión ambiental, en un plazo de sesenta (60) días calendario (INFORME N° 183-2017-MDMP-GSCGA-SGSALP).
  • Aprobar e implementar el proyecto de ordenanza para la prevención y control de ruido, en un plazo de sesenta (60) días calendario (INFORME N° 119-MDMP-GSCGA-SGSALP).
  • Aprobar e implementar el proyecto de ordenanza sobre denuncias ambientales, en un plazo de sesenta (60) días calendario (INFORME N° 125-MDMP-GSCGA-SGSALP).
  • Aprobar e implementar el proyecto de ordenanza que prohíbe la informalidad de la actividad, recolección, transporte, disposición final o descarga de los residuos sólidos provenientes de la construcción y demolición, en la vía pública (INFORME N° 34-2017-MDMP-GSCGA-SGSALP).

  1. ALCANSES DEL SERVICIO

El Ficha Simplificada se elaborara teniendo en cuenta los contenidos mínimos establecidos por la normatividad del Invierte Decreto Legislativo N° 1252, su reglamento y Directivas para este nivel de estudio, así como lo establecido en los presentes Términos de Referencia en los que describen en forma general los alcances y actividades propias del estudio que sin embargo, no deben considerarse limitativas.

El consultor podrá ampliarlos y/o mejorarlos (sin reducir sus alcances), si considera que su aporte constituya la mejor manera de realizar el Estudio. En ningún caso, el contenido de estos términos de Referencia reemplazara el conocimiento del principio básico de la ingeniería y Técnicas afines, así como tampoco el adecuado criterio profesional, en consecuencia, el consultor responsable de la calidad de los estudios a los encomendados.

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