LA EDUCACION EN EL DESARROLLO HISTORICO DE MEXICO II
elnormalista28 de Septiembre de 2011
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Comparar el Artículo Tercero de la nueva Constitución (1917) con el correspondiente de 1857:
Constitución Mexicana de 1857
Constitución Mexicana de 1917
Publicación: 5 de Febrero de 1857
Publicación: 5 de Febrero de 1917
Artículo 3o.- La enseñanza es libre. La Ley determina que profesiones necesitan título para su ejercicio y con qué requisitos se deben expedir
Artículo 3o.- La enseñanza es libre; pero será laica la que se dé en los establecimientos oficiales de educación, lo mismo que la enseñanza primaria, elemental y superior que se imparta en los establecimientos particulares.
Ninguna corporación religiosa, ni ministro de algún culto, podrán establecer o dirigir escuelas de instrucción primaria.
Las escuelas primarias particulares sólo podrán establecerse sujetándose a la vigilancia oficial.
En los establecimientos oficiales se impartirá gratuitamente la enseñanza primaria.
¿Qué nuevos principios fueron incorporados en el Artículo Tercero de 1917?
Constitución Mexicana de 1917 Vigente
Artículo 3o.- Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado -federación, estados, Distrito Federal y municipios-, impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación preescolar, primaria y la secundaria conforman la educación básica obligatoria.
La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.
I.- Garantizada por el artículo 24 la libertad de creencias, dicha educación será laica y, por tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa;
II.- El criterio que orientará a esa educación se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios.
Además:
a) Será democrático,
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