La Constitución Política de la República de Guatemala de 1985 y los Derechos Humanos.
Dorian HernandezEnsayo19 de Abril de 2016
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1. La Constitución Política de la República de Guatemala de 1985 y los Derechos Humanos
1.1 Evolución Histórica de los Derechos Humanos en las Constituciones Guatemaltecas
1.1.1 Constitución de 1945
Nuestro constitucionalismo patrio contemporáneo puede decirse que arranca de la constitución de 1945, época en la cual varadamente se le permitió al pueblo ejercer su derecho soberano de manifestar su voluntad a través de las electorales, la constitución de 1945 establece la división tradicional de Garantías Individuales y Garantías Sociales, ambas aparece integrando el título III del cuerpo fundamental dentro de las garantías individuales incluía los Derechos fundamentales clásicos, a excepción de la propiedad que la regulaba en función social. En lo que respecta a las garantías sociales, propiamente en materia laboral, hace una enumeración muy detallada de los principios fundamentales de la organización de trabajo, cuando en realidad esta labor es materia del legislador ordinario. Dada la época en que fue emitida esta constitución y tomando en cuenta las circunstancia políticas económicas sociales y culturales, pero sobre todo en la apertura de una verdadera ideología democrática, puede considerarse como uno de los documentos más valiosos que ha regido nuestra vida socio-política. Martínez, (Pág. 444.)
1.1.2 Constitución de 1956
La constitución de 1956 vino a sustituir la de 1945. En sus primeros títulos prácticamente guarda la misma tónica con lo anterior. Pero en materia de derechos humanos como ella misma los denomina, los contempla todos bajo un mismo título que denomina precisamente “Derechos Humanos”, como respuesta a la corriente internacional que ya estaba muy en boga, el legislador constituyente etiqueto a este título derechos humanos, porque si recordamos fue la denominación que introdujo la Carta de San Francisco. Recoge en síntesis los mismos derechos individuales de la anterior, pero en algunos aspectos los amplia como en el caso de las personas que por sus condiciones físicas y mentales se encuentran en una notaría desventaja, trata en las garantías individuales lo relativa a la salud pública. (Pág. 446.)
Reconoce el derecho de asolación pero lo limita expresamente a las organizaciones o grupos que propugnen la ideología comunista, recoge el principio de que por deudas no hay prisión, regula el tratamiento de menores de conducta irregular, asa como establece la nulidad ipso jure de las leyes y disposiciones que disminuyan, restrinja tergiversen los derechos establecidos en la constitución, el derecho de la libertad lo regula más ampliamente que la de 1945, en cuanto al derecho de propiedad le dedica un capítulo especial, considerándola como un derecho individual.
En la constitución de 1956 no haga una división de los derechos individuales y sociales hace que no haya una verdadera sistemática de dichos derechos, ya que en la época de 1956 la teoría de la constitución, el derechos constitucional y la doctrina de derechos humanos estaba depurada como para conferirle el campo que a cada uno de aquellos derechos le corresponde.- en efecto ya se tenía una clara conciencia de los derechos y libertades fundamentales.- dicho de otro modo, la parte llamada dogmática de las constituciones ya estaba claramente perfilada como para comprender el verdadero significado de cada uno de aquellos grupos. Martínez, (Pág. 447)
1.1.3 Constitución de 1965
La constitución de 1965 vuelve a los ojos a la de 1945 al recoger no solo la denominación de Garantías Constitucionales si no el tratamiento por aparte de las garantías y derechos individuales y las garantías sociales comprendidas todas en el título II. Agrupa todos los derechos individuales en forma sistemática que la anterior, pero el sentido de estos es el mismo.- dentro de las garantías sociales recoge el capítulo del régimen económico y Social que había sido introducido en la constitución de 1945 el que tiene por fin procurar al ser humano una existencia digna y promover el desarrollo de la nación. Martínez. (Pág. 448.)
En materia de asolación prohíbe la organización o funcionamiento de grupos que actúan de acuerdo o en subordinación a entidades internacionales que propugnen la ideología comunista o cualquier otro sistema totalitario, porque va precisamente en contra el sistema democrático. En resumen el catálogo de derechos que lo contienen son los clásicos derechos fundamentales y en materia en derechos sociales una propensión del estado a realizar prestaciones positivas a favor de los grupos que se encuentran en ventajas desde el punto de vista económico.
1.1.4 Constitución política actual (1985)
La constitución política actual que encontró un vigor el 14 de enero de 1986 le da una preeminencia por así decirlo a la persona humana. Se inicia el título I con la persona humana, con los fines y deberes del Estado, estatuyendo que este se organiza para proteger a la persona y a la familia siendo su fin supremo el bien común.- el deber del Estado es garantizarle a los habitantes de la República, la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz, y el desarrollo integral de la persona (artículos 1º y 2º ) , por consiguiente rompe con los esquemas de las anteriores constituciones que se iniciaban con las materias de Estado, nacionalidad, ciudadanía, y gobierno, para entrar de lleno a la consideración del Estado con respecto a la persona humana.; es decir, del estado al servicio de la persona como un Estado auténticamente democrático en que el hombre es el principio y el fin de la organización. Congruente en este principio la constitución entre inmediatamente a la consideración de los derechos humanos estableciéndose la división clara entre lo que es la parte dogmática y la parte orgánica del cuerpo constitutivo. Martínez, (Pág. 449.)
Así, los derechos humanos aparecen en el título II integrado por dos capítulos. El primero se refiere a los derechos individuales de solera clásica en las constituciones democráticas o como se les ha llamado demo liberales.- el segundo recoge derechos Sociales como así se llama el capítulo; esto es los derechos que más que derechos son deberes que tiene el estado para la humanidad. (Pág. 450) Dentro del análisis, pues de una clasificación sistemática de los derechos humanos nuestra constitución política se integra en su parte dogmática, con dos grandes apartados: los derechos individuales y los derechos sociales.- existen otro derechos que también son fundamentales y que están estatuidos en la leyes ordinaria, tanto civiles como penales y administrativas, que son el fundamento y el desarrollo de los principios contenidos de la constitución política, el desarrollo histórico de los derechos humanos enfocados en la Educación Ambiental está contemplado claramente en las constituciones guatemaltecas desde 1945 hasta la vigente de 1985, ya que enmarcan a la protección a la vida, lo que involucra la salud, un medio ambiente sano, el bienestar de los habitantes , la integridad física de la persona, seguridad social, entre otras; para cumplir con lo acordado en las garantías individuales y sociales plasmado en la actual constitución.
La insalubridad comunal como problema social es contra arrestada por una eficiente Educación Ambiental en la comunidad afecta, con respectiva hacia los derechos mencionado el cual como propósito la calidad de vida de la persona y un entorno natural saludable para lograr el desarrollo social tal como lo contempla las constituciones de nuestro país, según la evolución histórica de cada una de ellas.
1.2. La Constitución Política de la República de Guatemala de 1985 y los Derechos Humanos
Ley fundamental de la organización de un Estado, la constitución es la fuente por excelencia del Derecho, en cuanto determina la estructura del Estado y la forma de Gobierno, la constitución, en sentido sustancia, pretende indicar el conjunto de normas jurídicas fundamentales, escritas o no, que establecen la estructura esencial del Estado; en sentido formal, que con ella se pretende significar toda las normas jurídicas diversas de las legislativas ordinarias a causa de su procedimiento de elaboración más difícil ritual y amplio.
“La constitución es un documento que indica como organiza el Estado de Guatemala.- Ninguna ley que se haga en nuestro país puede ir en contra de lo afirmado constitucionalmente.- todo los ciudadanos y ciudadanas de Guatemala deben acatar lo expresado por la Constitución.- la misma fue redactada en 1985 por una Asamblea Nacional Constituyente, conformada por hombre y mujeres que fueron electos en una votación para representar a las y a los habitantes del país en la elaboración de este documento. En esta ley fundamental se indica cuáles son los derechos y obligaciones de los ciudadanos y la forma del Estado y del Gobierno; además se indica cómo funcionan el Estado y Gobierno”. Contreras, (2006. Pág. 247.)
Los derechos humanos son aquellos aspectos que son propios de cada persona pero que, como se encuentra expresado en la constitución son garantías que permiten defender y desarrollar todo lo que ayude a vivir humanamente bien, con responsabilidad y con felicidad. Los derechos humanos colaboran para que los seres humanos sean mejores personas, pero también son leyes que deben defenderse y cumplirse los derechos humanos se divide en individuales y sociales. Los derechos humanos plasmado en la constitución de 1985 hacen referencia a la importancia del reconocimiento y protección de los derechos, el cual el artículo 1º, contempla la protección a la persona y como principal derecho individual. Artículo 3º el derecho a la vida, el cual es la finalidad de la Educación Ambiental, en torno a las actividades que desarrollo en las áreas rurales y urbanas. Para la protección de la persona, con respecto a su vida cabe resaltar la trascendencia de la aplicación de la Educación Ambiental para el alcance de mejores niveles de salud y la conservación de los recursos naturales, como factores indispensable de la calidad de vida de la población.
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