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PARAESTATALES, DESCONCENTRADOS Y DESCENTRALZADOS


Enviado por   •  31 de Julio de 2013  •  6.094 Palabras (25 Páginas)  •  416 Visitas

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RELACION de entidades paraestatales de la Administración Pública Federal sujetas a la Ley Federal de las

Entidades Paraestatales y su Reglamento.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito

Público.

Con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 3o. y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o., 3o. y 12 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 3o. de su Reglamento, y 10 fracción X ter, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se

procede a la publicación de la siguiente:

RELACION DE ENTIDADES PARAESTATALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL SUJETAS A LA LEY

FEDERAL DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES Y SU REGLAMENTO

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

SECRETARIA DE GOBERNACION

1. Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación

2. Talleres Gráficos de México

SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL

3. Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

4. Casa de Moneda de México

5. Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros

6. Financiera Rural

7. Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas

8. Instituto para la Protección al Ahorro Bancario

9. Lotería Nacional para la Asistencia Pública

10. Pronósticos para la Asistencia Pública

11. Servicio de Administración y Enajenación de Bienes

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL

12. Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra

13. Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

14. Comisión Nacional Forestal

15. Forestal Vicente Guerrero (en proceso de desincorporación)

16. Instituto Mexicano de Tecnología del Agua

17. Productos Forestales Mexicanos (en proceso de desincorporación)

SECRETARIA DE ENERGIA

18. Comisión Federal de Electricidad

19. Instituto de Investigaciones Eléctricas

20. Instituto Mexicano del Petróleo

21. Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares

22. Luz y Fuerza del Centro

23. Pemex-Exploración y Producción

24. Pemex-Gas y Petroquímica Básica

25. Pemex-Petroquímica

26. Pemex-Refinación

27. Petróleos Mexicanos

ARTICULO 1o.- La presente Ley, Reglamentaria en lo conducente del artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tiene por objeto regular la organización, funcionamiento y control de las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal.

Las relaciones del Ejecutivo Federal, o de sus dependencias, con las entidades paraestatales, en cuanto unidades auxiliares de la Administración Pública Federal, se sujetarán, en primer término, a lo establecido en esta Ley y sus disposiciones reglamentarias y, sólo en lo no previsto, a otras disposiciones según la materia que corresponda.

ARTICULO 2o.- Son entidades paraestatales las que con tal carácter determina la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

ARTICULO 3o.- Las universidades y demás instituciones de educación superior a las que la Ley otorgue autonomía, se regirán por sus leyes específicas.

Las entidades de la Administración Pública Federal que sean reconocidas como Centros Públicos de Investigación en los términos de la Ley de Ciencia y Tecnología, se regirán por esa Ley y por sus respectivos instrumentos de creación. Sólo en lo no previsto se aplicará la presente Ley.

Párrafo adicionado DOF 04-06-2002. Reformado DOF 21-08-2006

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Procuraduría Agraria, la Procuraduría Federal del Consumidor y la Agencia de Noticias del Estado Mexicano, atendiendo a sus objetivos y a la naturaleza de sus funciones, quedan excluidas de la observancia del presente ordenamiento.

Párrafo reformado DOF 24-07-1992, 02-06-2006

Petróleos Mexicanos y los organismos subsidiarios, creados por ley o decreto expedido por el Ejecutivo Federal, cualquiera que sea la estructura jurídica que adopten, se regularan por sus propias leyes o decretos de creación. Esta Ley se aplicará sólo en lo que no se oponga o en lo no previsto por aquéllas. Los decretos antes referidos que, en su caso, expida el Ejecutivo Federal, invariablemente deberán cumplir y apegarse a lo dispuesto por la Ley de Petróleos Mexicanos y la presente Ley, en lo que resulten compatibles entre sí.

Párrafo adicionado DOF 28-11-2008

ARTICULO 4o.- El Banco de México, las sociedades nacionales de crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, las instituciones nacionales de seguros y fianzas, los fondos y fideicomisos públicos de fomento así como las entidades paraestatales que formen parte del sistema financiero, quedan sujetas por cuanto a su constitución, organización, funcionamiento, control, evaluación y regulación a su legislación específica. Les será aplicable esta Ley en las materias y asuntos que sus leyes específicas no regulen.

ARTICULO 5o. El Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el Instituto

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