Poblamiento Indigena
aaaalexxxx30 de Abril de 2012
3.545 Palabras (15 Páginas)784 Visitas
La Educación Básica en Venezuela: La Educación Básica en nuestro país se inicia a partir del año 1980, con la aprobación y publicación en Gaceta Oficial de la Ley Orgánica de Educación. Sin embargo tiene sus antecedentes en la educación primaria o elemental implementada por Guzmán Blanco en el año 1870, con el Decreto de Instrucción Pública Obligatoria.
Antes de ese período gubernamental, la educación era individualista y asequible a los adinerados o pudientes de la época. Las bases legales (Vigentes) de la Educación Básica, están enmarcadas en los artículos 21 y 22 de la Ley Orgánica de Educación, donde se postula la finalidad de contribuir a la formación del educando, de acuerdo a sus capacidades y destrezas, para ser incluido en la sociedad como un ente promotor y productor de la misma, indicando también tiempo de duración (9 años) y la obtención de un certificado al culminar la misma.
En el reglamento de la Ley Orgánica de Educación en sus artículos 19-20-21-22-23, se refuerza el carácter obligatorio de la misma, la división en tres etapas, cada una de ellas en función del desarrollo psicosocial del niño y del adolescente. Se instituye que el inicio en la educación básica es a partir de los seis años de edad, señalando que los alumno que posean la madurez y el desarrollo que los haga competentes con los contenidos, podrán avanzar en un tiempo menor al establecido, previo cumplimiento de las exigencias dispuestas en el régimen de evaluación de dicho reglamento. Indican también, el plan de estudios, estableciendo las asignaturas obligatorias en cada etapa y en concordancia con el sistema nacional de fronteras y pueblos indígenas. Otro punto importante que establece este reglamento, es lo concerniente al rol que deben cumplir las comunidades educativas, con el fin de auspiciar el desenvolvimiento del estudiante con su entorno social y familiar.
La educación básica en nuestro país, también está sujeta a tratados y convenios internacionales, así como a otras leyes. A continuación se nombran las mismas:
1. Ley Orgánica de Administración Central:
Artículo 1: La elaboración de los programas de Educación preescolar, educación básica, educación media, diversificada inclusive la técnica, así como de las modalidades que determinan la Ley de educación.
Artículo 5: La creación, dotación, organización y funcionamiento de planteles, instituciones y servicios educativos y culturales para la ejecución de los planes y programas de estudio.
Artículo 6: La supervisión general y control de la educación. La inspección y vigilancia de los institutos educativos.
1. Ley Orgánica de Descentralización y Transferencia de Competencias del Poder Público
Artículo 4: En ejercicio de las competencias concurrentes que establece la Constitución, y conforme a los procedimientos que esta Ley señala, serán transferidos progresivamente a los Estados, servicios que actualmente presta el poder nacional.
1. Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescentes
Artículo 53, señala: "Derecho a la Educación. Todos los niños y adolescentes tienen derecho a la educación.
Asimismo, tienen derecho a ser inscritos y recibir educación en una escuela, plantel o instituto oficial, de carácter gratuito y cercano a su residencia."
1. Ley del Deporte: Artículos 1, 2, 5, 9,12.
5. Ley Tutelar de Menores: Artículos: Artículo 1 numeral 4.
OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN BÁSICA EN VENEZUELA
El Estado venezolano aspira que al concluir la educación Básica el educando:
Logre una formación integral y desarrollo una dimensión ético moral inspirada en los valores básicos para la vida y para la convivencia, en un sistema de valores dirigido a fomentar la actitud democrática, responsable, tolerante que favorezca la participación activa y solidaria en la sociedad, a objeto de propiciar niveles cada vez mas altos de libertad, igualdad y justicia social.
Desarrolle sus capacidades cognitivas- intelectuales, cognitivas- motrices y cognitivas- afectivas, así como sus competencias comunicativas en atención a los procesos de comprensión y producción del lenguaje oral y escrito; a la valoración del trabajo en su sentido individual, social, y trascendental a fin de formar un individuo autónomo que pueda desenvolverse como ciudadano con plenos derechos y deberes en la sociedad en la que vive.
Conozca, comprenda y aprecie las distintas manifestaciones, hechos y fenómenos del entorno cultural y social; su diversidad y sus relaciones mediante la aplicación del pensamiento científico, del razonamiento lógico, verbal y matemático, así como ce la creatividad, la sensibilidad estética y la expresión corporal.
Elabore sus propios juicios críticos ante los problemas o conflictos sociales y personales a objeto de adoptar frente a ellos actitudes y comportamientos basados en el análisis.
Participe de manera activa, solidaria y consciente en los procesos de transformación social, con los valores de identidad nacional , la responsabilidad, el amor, la justicia, la libertad que contribuyan al desarrollo de una conciencia ciudadana, para la conservación ambiental y la paz entre los pueblos.
Desarrolle la capacidad científica, técnica, humanista y artística que le permita tener una visión integral de la vida y el mundo.
FINALIDADES DE CADA NIVEL DE LA EDUCACIÓN BÁSICA EN VENEZUELA
En la concepción del Nivel de Educación Básica, el Modelo Curricular considera los mandatos de la Constitución Nacional y el ordenamiento legal expresado en la Ley Orgánica de Educación, su Reglamento y otros instrumentos legales que rigen la materia educativa.
En concordancia con estas bases legales, con los planteamientos curriculares y los principios del modelo, se plantean como finalidades del Nivel de Educación Básica las siguientes:
1. La formación integral del educando;
2. La formación para la vida;
3. La formación para el ejercicio de la democracia;
4. El fomento de un ciudadano capaz de participar activa, consciente, y solidariamente en los procesos de transformación social;
5. El desarrollo de una conciencia ciudadana para la conservación, defensa, y mejoramiento del ambiente y la calidad de vida y para el uso racional de los recursos naturales;
6. El desarrollo de sus destrezas y su capacidad científica, técnica, humanística y artística;
7. El inicio de la formación en el aprendizaje de disciplinas y técnicas que le permitan el ejercicio de una función socialmente útil;
8. El desarrollo de las capacidades del ser, conocer, hacer y convivir de cada individuo de acuerdo con sus aptitudes;
9. La dignificación del ser.
La dignificación del ser como finalidad se consolida en las tres etapas del nivel. Es importante destacar, que la Primera Etapa de Educación Básica es un período donde los ejes transversales y las disciplinas del saber aparecen totalmente integrados, por esta razón se le reconoce como una etapa de integración, en la cual el aprendizaje se da de una manera globalizada. En este caso, los ejes transversales no tienen una epistemología propia, ni un espacio determinado en el Diseño Curricular. Estos se desarrollan en el contexto de las áreas académicas.
En la Segunda Etapa del nivel los ejes continúan interrelacionados con las áreas del conocimiento. Aún cuando éstas comienzan a tomar su propio carácter y naturaleza. Esta etapa se reconoce como un periodo de interrelación.
La Tercera Etapa es una etapa de independencia, donde se plantea el reto de controlar el número de asignaturas y continuar con el concepto de áreas interdisciplinarias en lo referido al saber y al hacer. Asimismo, reforzar la presencia de los ejes transversales con el propósito de fortalecer la convivencia en democracia; los valores universales y culturales; la preservación de la salud, y de contribuir a resolver los problemas de actualidad de cuya solución depende el disfrute de una vida mejor.
PROYECTO EDUCATIVO NACIONAL 2001
El Estado venezolano al asumir la educación como función indeclinable en todos los niveles y modalidades del sistema educativo establece como misión referente a ellos, en el cumplimiento de las finalidades descritas, bajo los principios de integralidad y totalidad del conocimiento la formación de un ciudadano democrático, justo y valorativo de la doctrina de derechos a través de su incorporación en la Educación Maternal, la Universalización de la Educación Preescolar , la Educación Integral y de calidad de la niñas, niños y adolescentes, con la vinculación de las escuelas rurales y las escuelas granjas como fuentes de desarrollo artesanal y su inserción al sistema productivo y alimentario con reconocimiento de la pluriculturalidad, interculturalidad y multietnicidad, la atención educativa integral de los educandos con necesidades especiales , la diversificación del nivel de Educación Media con pertinencia local y regional , modernización y reactivación de las escuelas técnicas y su inserción al sistema productivo alimentario formando y capacitando al adulto, con reconocimiento de sus saberes y su integración al sistema productivo como pequeños microempresarios.
Para responder a los estatutos legales de políticas y normativas nacionales del Estado Venezolano, el Ministerio de Educación Cultura y Deportes, asumiendo su responsabilidad de garantizar una "Educación Integral y de Calidad para Todos", desarrolla políticas y planes educativos actuales y con proyección hacia el año 2015 que garanticen el acceso y permanencia de los niños, niñas
...