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Trabajo Filosófico Civil


Enviado por   •  15 de Febrero de 2014  •  669 Palabras (3 Páginas)  •  163 Visitas

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Etapa Romana:

Este periodo, tiene como punto de partida, la fundación del Estado Romano (753 A.C.), culminando con la compilación de Justiniano en el (534 D.C.). La característica más relevante, reside en la Constitución y Evolución que manifestó el Derecho Civil, como una forma de Ordenamiento Ciudadano, y que hoy en día sigue manteniendo algunas de sus inspiraciones en completa vigencia.

El Ius Civile trataba sobre el derecho que tenían los ciudadanos romanos entre sí, basado en sus propias relaciones. El derecho Ius Gentium, por contra se basaba en las relaciones pero en las existentes entre los ciudadanos romanos y el resto de pueblos del mundo conocido.

Dentro del Ius Civile , en aquella época se trataban tanto el derecho privado como el derecho público. Durante la caída del imperio romano, estos derechos fueron fuertemente acogidos por los pueblos bárbaros que al observarlos superiores al suyo, los adoptaron para su propio beneficio. Sin embargo, siglos después, en la baja edad media, apenas se podía encontrar el derecho civil privado, y el público había desaparecido por completo. Todo esto fue debido a que el tipo de sociedad había sufrido numerosos cambios respecto a la sociedad del imperio romano. Fue por tanto lógico pensar, que los distintos pueblos crearon sus propios ordenamientos jurídicos basados en función de sus propias sociedades.

. Etapa Medieval:

Durante el Medioevo, se desarrolló una verdadera lucha entre el Derecho Romano, Elementos Jurídicos Indígenas, Canónicos y Germánicos que se fusionaron en una proporción distinta, influenciados por los profundos cambios sociales y políticos propios de esta Época. Hay que destacar que si la Etapa Romana proporcionó al Ordenamiento Jurídico su base uniforme, la Edad Media le procuró algunos de sus Elementos Diferenciales. La Etapa Medieval del Derecho Civil, se subdivide en dos períodos:

Avanzando un poco mas en la historia, nos referiremos a la época feudal y del absolutismo del siglo XIII donde el derecho civil romano que se aplicaba por doquier sin tener en cuenta los territorios o fronteras comienza a derivar en otro tipo de derecho civil más nacionalista, limitando de esta forma sus fronteras y creando especificaciones según el territorio.

El Derecho civil, entendido como Derecho romano, va a desempeñar un papel sumamente importante en la Edad Media: el de Derecho común. Hemos dicho en líneas anteriores que hasta la recepción reinó un absoluto particularismo jurídico. El Derecho civil va a ser Derecho común, es decir, un derecho normal frente al que los derechos particulares son anomalías. Hay que destacar que la fuerza del Derecho Civil como Derecho común provenía también de una necesidad política: el concepto de Imperio Sacro Romano Germánico, restaurado por Carlomagno en el año 800 como continuación del Imperio

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