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De Los ámbitos De Validez De La Ley Penal


Enviado por   •  13 de Septiembre de 2014  •  819 Palabras (4 Páginas)  •  341 Visitas

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DEL  LOS AMBITOS DE VALIDEZ DE LA LEY PENAL Validez de la ley penal en cuanto a su materia   CUESTIONES QUE COMPRENDE EL TEMA RELATIVO A LOS AMBITOS DE VALIDEZ DE LA LEY PENAL. Dentro de la teoría de ley penal, merece especial atención el problema de los ámbitos de validez, comprensivo de varios aspectos, a saber: Validez de la ley penal en cuanto a su materia. En relación con el espacio. En el tiempo. Con respecto a las personas.   VALIDEZ MATERIAL DE LA LEY PENAL; EL REPARTO DE COMPETENCIAS SEGÚN NUESTRO SISTEMA CONSTITUCIONAL. En la república mexicana, en función del sistema federal, existen delitos que afectan esta materia; otros se contraen a la reserva a los estados miembros. La constitución tiene el rango de ordenamiento fundamental en la vida del Estado, por ser expresión de la soberanía de pueblo. Es la ley que rige las leyes y autoriza a las autoridades. Puede definirse como la ley suprema de un país que establece su forma y organización y fija los límites del poder público al garantizar ciertos derechos individuales y de grupo.  Toda la constitución comprende dos partes: una dogmática y otra orgánica. En la parte dogmática se reconocen los derechos fundamentales de los individuos y de ciertos grupos. La parte orgánica tiene por objeto organizar el poder público. Nuestra Carta Magna dispone en su artículo 124, que todas aquellas funciones o actividades por ella misma no conferidas en forma expresa a los poderes federales, se entienden reservadas a los Estados miembros. El precepto hace un reparto de competencias entre los dos órdenes legislativos: común y federal; este es de excepción, mientras aquel lo rige todo y de ahí su denominación de orden común. Existe, por lo tanto, una dualidad de competencias, la ordinaria y la común y la excepcional p federal. Los poderes federales son mandatarios con facultades limitadas y expresas de que numeradamente están dotados; cualquier ejercicio de facultades no conferidas de modo expreso, extraña un exceso en el mandato y por ende un acto nulo.   DERECHO PENAL MEXICANO COMUN Y FEDERAL. La fracción XXI del artículo 73 de la constitución de la república, faculta al congreso de la unión para definir los delitos y faltas contra la federación y fijar castigos que por dichas infracciones daban imponerse. Por otra parte, cada una de las treinta y una entidades federativas, por conducto de su poder legislativo local, dicta para su territorio leyes pertinentes, tanto en materia penal como en otros órdenes, debiendo respetar siempre los postulados generales preceptuados por la constitución federal. Ahora bien, como el Distrito (y antes también los territorios federales) carece de poder legislativo local propio, la función legislativa ha sido encomendada al congreso de la unión, según lo establece la fracción VI del artículo 73 constitucional. Se advierte claramente que, de hecho, el congreso de la unión (cámara de diputados y cámara de senadores), ejerce

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