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El Escamoteo De Los Juristas


Enviado por   •  17 de Mayo de 2015  •  973 Palabras (4 Páginas)  •  226 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria

Aldea: Livia Gouverneur

Barinas- Estado- Barinas.

UN ESCAMOTEO DE LOS JURISTAS: EL CONCEPTO DE PROPIEDAD

EDUARDO NOVOA MONREAL.

Facilitador:

Azuaje N.

Barinas, febrero del 2015.

Un escamoteo de los juristas: El concepto de propiedad.

La propiedad convencionalmente es definida como el hecho o circunstancia de poseer alguien cierta cosa y poder disponer de ella dentro de los límites legales, si bien es cierto, la disimulación de los juristas en relación al tema genera un curioso enigma por decodificar. La discreción origina la búsqueda de la razón para tal silenciamiento.

En tiempos pasados el hombre comenzó a adquirir pertenecías íntimamente ligadas a su libre disposición, dando origen al tema que en la actualidad es básico para el progreso de la sociedad moderna, sin embargo la íntima relación hombre-bienes no obtiene la debida atención por los estudiosos del derecho, es entonces donde me preguntó: ¿por qué los actuales teóricos olvidan describir y profundizar el concepto de propiedad? Con base a lo expuesto por el autor, al hacernos dicha pregunta surgen diversas alternativas probables por las cuales los juristas deciden prescindir del concepto de propiedad, entre ellas cabe señalar: la idea de no modificar las inmemorables concepciones de los tradicionales estudiosos, la carencia de interpretación o inequívoca apreciación que apunta directamente a una nueva interrogante: ¿es tal obcecación la práctica de fe absoluta de los antiguos juristas? o ¿una forma de perseguir sus intereses?

La idea tradicional de propiedad nos remonta a la doctrina liberal-individualista que aun percibimos en la actualidad mediante la figura del capitalismo es a partir de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, y los artículos 544 y 545 de Código de Napoleón de 1804, conjuntamente con la Quinta enmienda de la constitución de los Estados unidos recibiendo en el que recibe gran consideración el concepto de propiedad, con base al artículo 544 de dicho código, se detalla la propiedad como “ el derecho de gozar y disponer de las cosas del modo más absoluto, siempre que no se haga de ella un uso prohibido por las leyes y reglamentos”.

El concepto de propiedad al transcurrir los años ha experimentado notables trasformaciones como lo es específicamente el artículo 17 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos del 10 de diciembre de 1948, predominando el derecho enajenable a la propiedad individual y colectiva.

La observación clara y puntal de las dos formas de propiedad: individual y colectiva establecidas en el artículo 17 ejusdem fueron minuciosamente discutidas tanto por los países en los que predomina el sistema capitalista como países socialistas, llegando a la conclusión que el derecho de propiedad puede ser tanto individual como colectivo, asegurando que todo ser humano puede gozar de este derecho.

Considerando lo antes mencionado, me he de preguntar ¿Dónde realmente debe estar situado jurídicamente el derecho de propiedad?, ¿Por qué aún sigue inmerso en el derecho privado, siendo este una especialidad para resolver conflictos? Al

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