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Un Escamoteo De Los Juristas

dulcemena16 de Octubre de 2012

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La legitimación de capitales en Venezuela está penada con cárcel. El delito se configura cuando la persona intenta esconder o disfrazar el origen de los fondos generados en una actividad ilícita, para hacer valer ante el tráfico comercial que su procedencia es una fuente lícita. En algunos países esta conducta criminal es tipificada bajo la denominación de lavado de dinero o blanqueo de capitales.

El artículo 4 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada estatuye: "Quien por sí o por interpuesta persona sea propietario o poseedor de capitales, bienes, haberes o beneficios cuyo origen derive de actividades ilícitas o de delitos graves, será castigado con prisión de ocho a doce años y multa equivalente al valor del incremento patrimonial ilícitamente obtenido".

En fecha reciente se constata, a través de los medios de comunicación, que la cifra de lavado de dinero ha aumentado de forma progresiva. La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) registra nuevos casos en investigación. Las actividades de más alto riesgo en esta materia son: las promociones inmobiliarias, la construcción de viviendas, la compraventa de oro, de naves, aeronaves, vehículos y el préstamo de dinero. La protección del patrimonio con función preventiva constituye una de las fórmulas para salvaguardar los activos de las personas naturales y jurídicas. Los bienes que pueden ser objeto de blindaje patrimonial son: los inmuebles (apartamentos, casas o terrenos), cuentas bancarias, obras de arte, vehículos u otros.

Es importante resaltar que la norma penal aplicable prevé la presunción de inocencia no sólo como un Derecho sino que representa, además, una garantía constitucional de los derechos humanos. Esto significa que todo investigado, y más aún imputado por ilícitos cambiarios o tráfico ilegal de divisas, tiene el derecho de conocer y rebatir los cargos que se le asignen en grado de responsabilidad. Para finalizar, los juicios recientes de mayor publicidad han sido, entre otros, los de Madoff, Makled, algunas casas de bolsas y bancos, e incluso procesos penales seguidos en contra de personas naturales en representación de personas jurídicas comprometidas en estos delitos. Por ello, los abogados en Venezuela, especialistas en el área penal, al dar segunda opinión legal en auditorías, aconsejan analizar las estrategias a la hora de presentar el escrito de la defensa ante la Fiscalía respectiva o en el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC). ¿Qué es la Legitimación de Capitales? es el proceso de esconder o disfrazar la existencia, fuente ilegal, movimiento, destino o uso ilegal de bienes o fondos producto de actividades ilegales para hacerlos aparentar como legítimos. En general involucra la ubicación de fondos en el sistema financiero, la estructuración de transacciones para disfrazar el origen, propiedad y ubicación de los fondos, y la integración de los fondos en la sociedad en la forma de bienes que tienen la apariencia de legitimidad.

El Grupo de Acción Financiera Internacional, un grupo multinacional con sede en París, formado en 1989, por el Grupo de los 7 países industrializados, para aunar esfuerzos internacionales contra el lavado de dinero, ha emitido esta “definición de trabajo” de lavado de dinero o Legitimación de Capitales como es conocido en Venezuela: -La conversión o transferencia de propiedad, a sabiendas de que deriva de un delito criminal, con el propósito de esconder o disfrazar su procedencia ilegal o ayudar a cualquier persona involucrada en la comisión del delito a evadir las consecuencias legales de su accionar. -Ocultar o disfrazar la naturaleza real, fuente, ubicación, disposición, movimiento, derechos con respecto a, o propiedad de, bienes a sabiendas de que derivan de ofensa criminal. -La adquisición, posesión o uso de bienes, sabiendo al momento en que se reciben, que deriva de una ofensa criminal o de la participación en algún delito.

En Venezuela, es la Unidad Nacional de Inteligencia Financiera de la Superintendencia de Bancos, adscrita al Ministerio del Poder Popular para las Finanzas, la principal agencia reguladora en Venezuela. Sobre el lavado de dinero, define lavado de dinero como: “Disfrazar activos para ser utilizados sin que se detecte la actividad ilegal que los produjo.” Las leyes venezolanas (Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada a pesar de que no definen lavado de dinero como término, la convierte en un delito. Etapas de la Legitimación de Capitales

La Legitimación de Capitales es la práctica delictiva de procesar fondos mal habidos, o dinero “sucio”, a través de una serie de transacciones; de esta forma los fondos son “limpiados” de manera tal de hacerlos aparecer como fondos provenientes de actividades legales. La legitimación de Capitales generalmente no implica que haya dinero en cada etapa del proceso de lavado. Aunque la legitimación de Capitales es un proceso diverso y a veces complejo, básicamente involucra los tres pasos independientes que pueden suceder simultáneamente:

- Ubicación: La primera y más vulnerable etapa de la Legitimación de Capitales es la ubicación. El objetivo es ingresar los fondos ilegales al sistema financiero sin llamar la atención de las instituciones financieras o las agencias de cumplimiento. Las técnicas de ubicación incluyen los depósitos estructurados de fondos por sumas determinadas de manera de evadir las obligaciones de reporte o la mezcla de depósitos de fondos y empresas ilegales.

Un ejemplo de ello puede incluir: dividir grandes sumas de efectivo en sumas más pequeñas menos conspicuos, las que son depositadas directamente en una cuenta bancaria, mediante el depósito de un cheque de reembolso de un paquete de vacaciones cancelado o de una póliza de seguros, o adquiriendo una serie de instrumentos monetarios (p.e., cheques de cajero u ordenes de dinero) que son cobradas o depositadas en otra ciudad o institución financiera.

- Ocultamiento: La segunda etapa del proceso de legitimación de capitales es el ocultamiento, que implica la movilización de fondos en todo el sistema financiero, a menudo en una compleja serie de transacciones para crear confusión y complicar el rastreo documental.

Ejemplos de ocultamiento incluyen el cambio de instrumentos monetarios por sumas más pequeñas, o la transferencia cablegráfica o transferencia de fondos a y a través de varias cuentas en una o más instituciones financieras.

- Integración: El objetivo final del proceso de legitimación de Capitales es la integración. Una vez que los fondos están en el sistema financiero, y aislados a través de la etapa de ocultamiento, el paso de integración es utilizado para crear la apariencia de legalidad a través de más transacciones.

Estas transacciones protegen aún más al delincuente de la conexión registrada hacia los fondos brindando una explicación plausible acerca de la fuente de los fondos. Como ejemplos de estos casos puede mencionarse la compara y reventa de inmuebles, los títulos valores de inversión, fideicomisos extranjeros, u otros activos LOS DELITOS CAMBIARIOS

 Ilícito Cambiario. Concepto:

Es toda operación cambiaria realizada por personas naturales o jurídicas a través de operadores cambiarios no autorizados por el Banco Central de Venezuela relacionada con la venta y compra de divisas por cualquier monto, el cual puede ser sancionado con multa del doble de la operación o su equivalente en bolívares.

 Divisas:

Expresión de dinero en moneda metálica, billetes de bancos, cheques bancarios y cualquier modalidad, distinta al bolívar, entendido éste como la moneda de curso legal en la República Bolivariana de Venezuela.

 Operador Cambiario:

Persona jurídica que realiza operaciones de corretaje o intermediación de divisas, autorizadas por la legislación correspondiente y por la normativa dictada por el Banco Central de Venezuela, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por el órgano administrativo competente.

 Operación Cambiaria:

Compra y venta de cualquier divisa con el bolívar.

 Autoridad Administrativa en Materia Cambiaria:

Comisión de Administración de Divisas (CADIVI).

Introducción.

En la presente monografía se estudian y analizan las diferentes características, conceptos y denominaciones de la "Legitimación de Capitales", así como también se identifican las etapas que comprenden la misma.

Se encuentra fundamentada en documentación emitida por Instituciones Financieras de nuestro país, esto debido a que las mismas son un punto clave en esta actividad, ya que sirven de intermediarias (sin su conocimiento y consentimiento al respecto), así como las diferentes disposiciones legales que el Gobierno Nacional de la República Bolivariana de Venezuela ha establecido a través de los diferentes organismos que regulan y controlan las operaciones de Legitimación de Capitales y recomendaciones u observaciones emanadas por Organismos Internacionales, que se dedican a fomentar la prevención de

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