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El Estado

joandefe0398 de Febrero de 2014

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NOCIONES HISTÓRICAS DEL ESTADO.

El Estado surge como respuesta a necesidades de organización y es un término reservado para un tipo particular de organización política que surge en la Edad Media.

Durante la Edad Media los individuos que, por necesidad, estaban sometidos al poder feudal, lucharon siempre, en forma más o menos visible, por su libertad. Aquellos que lograban escapar de las cargas señoriales acudían a las precarias ciudades que, paradójicamente, eran consideradas "comunidades de hombres libres", a pesar de estar sometidas al dominio del rey. Fue produciéndose una centralización progresiva. La autoridad real fue consolidándose a partir de la aparición de las caras o fueros, que eran instrumentos a través de los cuales se otorgaban privilegios a determinadas clases o ciudades, concediéndose asimismo a los individuos beneficiados derechos y libertades hasta entonces desconocidos; como contrapartida, cumplan la función de limitar el poder de los monarcas. En el siglo XV, se produce la consolidación de los estados nacionales y surge clara la figura de Maquiavelo, que usa métodos científicos, sin contenidos dogmáticos, buceando en la historia y recurriendo a métodos comparativos.

En pleno absolutismo la autoridad real impera sobre una nación (concepto asociado a un territorio delimitado) y surge el concepto jurídico político de frontera.

Así van configurándose los elementos característicos del Estado (Nación, territorio, población, ejército nacional). Nace el Estado Nacional.

En el siglo XVIII surge un nuevo tipo de Estado, caracterizado por:

desarrollo de la burguesía que choca con la nobleza, las revoluciones burguesas, desarrollo del capitalismo, espacios de poder y autoridad generada por la actividad económica y la acumulación de capital, asunción de funciones políticas por parte de la burguesía, en detrimento de la realeza y la nobleza. Desde mediados del Siglo XIX (1850/60) hasta más o menos 1910 se va estableciendo en la mayoría de América Latina, generalmente como consecuencia del triunfo de las fuerzas liberales sobre las conservadoras, el Estado Liberal, que en el fondo es un Estado Oligárquico.

La no-correspondencia entre la práctica política y los postulados ideológicos y jurídico-constitucionales será la norma hasta bien entrado el siglo XX. La mayoría de los países de América Latina- Caribe que se independizan de España contarán con hermosas declaraciones de principios que configuran Estados Liberales de Derecho donde la libertad y la promoción del hombre son el centro de la acción del Estado, pero en la práctica va a ocurrir todo lo contrario. Como dice Fernando Spiritto, investigador de la UTAL, "El ropaje liberal será la pauta para la exclusión política de las grandes mayorías que será la norma en los países de América Latina hasta bien entrado el siglo XX". Es decir, la superación de la turbulencia social y política derivada de las luchas de los caudillos por el poder después de la Independencia, genero, en el marco jurídico constitucional del Estado Liberal, significo el establecimiento de hecho del Estado Oligárquico.

EL ESTADO COMO VOCABLO.

En su acepción gramatical amplia “Estado” equivale a manera de ser o de estar de las cosas; es lo distinto del cambio. En ciencia política, el Estado también expresa una situación, algo que permanece dentro del cambio: la manera de ser o de estar políticamente. En un sentido amplio “Estado” es la manera de ser o de estar construida políticamente una comunidad humana. Pero si examinamos la sociedad humana, encontramos que dentro del Estado existen otros grupos sociales; que el hombre se relaciona con sus semejantes en asociaciones de distinto orden: la familia, la iglesia, la corporación, las sociedades civiles y mercantiles.

Todas estas instituciones son grupos de hombres asociados. Pero vemos que el hombre, además de asociarse en estas instituciones, además de tener relaciones con sus semejantes en vista de un fin especifico, forma parte a la vez de diversas agrupaciones, además de construir una familia puede ser socio de una empresa mercantil y mimbro de sociedades deportivas, culturales, de sindicatos, universidades, etc. Y también en vista de otro fin específico, se asocia con sus semejante en una manera más amplia y constituye el grupo social que llamamos Estado. Este tiene funciones y naturaleza distintas de las de otros grupos, para formar esta más amplia asociación humana, las relaciones que tienen entre si los hombres que son de otra índole: relaciones políticas. Entonces examinando ese ingrediente que existe en la base de la sociedad humana en una forma amplia para construir el Estado, vemos que el objeto propio de la Teoría del Estado esta precisamente en desentrañar la esencia de esa relación unitiva; la esencia de la política como ingrediente peculiar del Estado, que lo distingue de las demás agrupaciones humanas y le da carácter propio. En un sentido vulgar, no científico, se dan dos amplias acepciones al Estado; por una parte se le considera como una estructura social y se refiere a conceptos parciales, a aficiones, tales como el pueblo. En segundo término, el segundo sentido amplio y vulgar es referirlo al fenómeno del poder del Estado sobre la sociedad y se hace referencia al gobierno. Estos dos sentidos amplios, no científicos, lo resumimos en esas corrientes: el Estado entendido como estructura social y confundido con el pueblo y el Estado como poder y, entonces, se entiende a este como la autoridad que tiene el poder en sus manos y confundiéndolo con algunas de sus manifestaciones como son el gobierno o el ejército.

CONDICIONES EXISTENCIALES DEL ESTADO.

El Estado está integrado por las reglas de juego que constituyen las instituciones y los mecanismos de convivencia en el complejo. Es la Nación jurídica y políticamente organizada, es decir, el Estado es una organización política que detenta la soberanía (que pertenece a la población) en función de agente. Es el depositario de la soberanía popular, por tanto: es una entidad independiente frente a los otros estados del mundo, no obedece a nadie ya que tiene un poder que está auto-limitado por el Derecho y puede extender su voluntad sobre todo el territorio nacional. Además, tiene la facultad de ser obedecido por todos.

El gobierno es el administrador de dichas reglas, es el conserje del conjunto. Es la estructura organizada asumida por cada país para el ejercicio del poder del Estado. Gobernar implica la toma de decisiones apropiadas para llegar al objetivo planteado. La nación está formada por el conjunto de los ciudadanos que habitan y construyen el país, con todas sus convergencias y diferencias, con sus identidades y valores. Debe tener la suficiente cohesión y tolerancia para convivir y construir su futuro.

Al definir el Estado como un grupo de personas que conviven en un territorio bajo un régimen jurídico, destacamos sus tres elementos: población, territorio y su ordenamiento o sistema jurídico que examinaremos a continuación:

1. POBLACIÓN:

Desde el punto de vista demográfico es el número de habitantes de una nación; también, es el conjunto de personas que se encuentran, así sea circunstancialmente, dentro del territorio del Estado. Forman parte de la población, tanto la persona que toda su vida haya residido en el Estado del cual se trate, como el turista que fugazmente atraviese el territorio. Sin embargo es necesario precisar las diferencias que podríamos conseguir en la población, desde el punto de vista jurídico, y es así que las clasificaremos en dos grandes grupos: nacionales y extranjeros.

a) Nacionales: son aquellas personas naturales del Estado del cual se trate, caracterizándose por tener todos los derechos y garantías que establecen las leyes.

En nuestro país debemos distinguir con el sustantivo de venezolanos a estas personas, previendo nuestra Constitución dos tipos: el venezolano por nacimiento y el venezolano por naturalización.

Es venezolano por nacimiento toda persona que nazca dentro del territorio nacional y excepcionalmente alguno que nazca en el extranjero, siempre y cuando sus padres sean venezolanos. El artículo 32 de la Constitución describe las hipótesis respectivas.

La nacionalidad venezolana no se pierde al adquirir otra nacionalidad. La Constitución prevé que se puede renunciar a la nacionalidad venezolana aunque señala que es recuperable. La ley establece como reservados a los venezolanos por nacimiento y con una sola nacionalidad el ejercicio de los siguientes cargos públicos:

Presidente de la República, Vicepresidente Ejecutivo; Presidente o Vicepresidente de la Asamblea Nacional; Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia; Procurador General de la República; Fiscal General; Contralor General de la República; Defensor del Pueblo; Presidente del Consejo Nacional Electoral; Ministros relacionados con la seguridad del país, finanzas, energía y minas y educación; Gobernadores y Alcaldes de los estados y municipios fronterizos y los contemplados en la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional.

Los venezolanos por naturalización con residencia ininterrumpida en Venezuela no menor de quince años y que cumpla con los requisitos legales de aptitud, podrán optar a los cargos de Diputados a la Asamblea Nacional, Ministro de Despacho, Gobernador y Alcalde de estados y municipios no fronterizos. Es venezolano por naturalización quien la obtenga por los órganos competentes, una vez cumplidos los requisitos del artículo 33 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Una ley especial establecerá los procesos relativos en la adquisición opción, renuncia

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