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El Manual del Juez primeros parrafos


Enviado por   •  15 de Enero de 2021  •  Apuntes  •  684 Palabras (3 Páginas)  •  207 Visitas

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EL MANUAL DEL JUEZ

Dr. Hanns Gross, de Graz

Traducción: D. Máximo de Arredondo

Obra publicada en Graz, Austria editado en enero de 1893, siendo un resumen magistral de los diferentes conocimientos auxiliares, además de una serie de consejos prácticos (adquiridos de la larga experiencia del autor) que serán de utilidad para la función del Juez y también para aquellos que cooperan en el ámbito jurídico penal que necesiten consultar determinados puntos relacionados con las ciencias auxiliares.

CAPITULO PRIMERO

GENERALIDADES

Para ejercer las funciones del Juez de Instrucción, en primer término es necesario que posea las condiciones físicas y morales necesarias para desempeñar su rol. Tales como vigor físico, cabal salud, conocimientos jurídicos extensos tanto en el orden penal como civil. Dotado de grandes habilidades y perspicacia, de las cuales le facilitara en procesos prácticos de índole complicada.

Vasta debe ser la cultura doctrinal del Juez, teniendo conocimientos de distinta índole como por ejemplo, en idiomas (interrogatorio de delincuentes extranjeros), dibujo lineal y topográfico (para preciar debidamente el lugar del suceso marcado por los peritos), medicina legal (para dirigir y cuestionar con las preguntas correctas a los médicos forenses, sin divagaciones y apreciando debidamente sus informes), debe estar versado en las argucias y estrategias por las que emplean los delincuentes. Estos conocimientos, entre otros más deben poseerlos aquellos funcionarios judiciales, ponerlos en práctica a fin de ejercitar y elevar de manera constante su inteligencia y perspicacia,  para desempeñar sus funciones de manera correcta y ética. Así mismo, entendemos que el funcionario que carezca de estas habilidades deberá renunciar a su cargo, mismo que no podrá desempeñar de la mejor manera.

En recomendación es necesario establecer cátedras especiales de estudios criminológicos y de las ciencias auxiliares del derecho penal, en la que los aspirantes al ejercicio de la Judicatura se preparen antes de comenzar el ejercicio de su profesión para así, adquirir los conocimientos auxiliares y prepararse para no ser funcionares judiciales incompetentes.

DE LA MANERA DE PROCEDER DEL JUEZ DE INSTRUCCIÓN

No se puede prefijar de antemano una opnion definiiva en las primeras diligencias, porque el atestado que las autoridades gubernativas remiten al Juez, tan solo pueden servir a este como prueba indiciaria de que, en un lugar cualquiera, se ha consumado un delito; pero nunca de las circunstancias que en el han ocurrido.

Particularmente estos consejos deberá tenerlos en cuenta el Juez de instrucción cuando, tratándose de un delito grave, haya de practicar diligencias en un punto disinto del de su residencia. El juez deberá escuchar las observaciones que se le haga, pues deberá poner en practica su inteligencia y memoria para detectar y unir los indicios relativos a la investigación.

Este trabajo de depuración , será mas perfecto a medida que la investigación avance, atraves del proceso de testigos que se consideren verídicos, por el dictamen de los peridos concienzudos y demás datos del sumario y asi el Juez podrá formarse una idea de como ocurrieron los hechos del crimen, llegara a comprobar la fecha y hora y los medios utilizados por el criminal y reconstituyendo, en fin de lo probable, el hecho del delito con todas sus circunstancia, formándose un criterio provisional que puede rectificar de ser el caso posteriormente con los nuevos datos sumariales

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