ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

El valor probatorio en el código orgánico procesal penal.


Enviado por   •  31 de Octubre de 2016  •  Prácticas o problemas  •  1.327 Palabras (6 Páginas)  •  339 Visitas

Página 1 de 6

El valor probatorio en el código orgánico procesal penal.

La sana critica. Nuevos aportes criminalísticas en el proceso.

La doctrina respecto a la apreciación de las pruebas, ha señalado que la misma a transcurrido por las siguientes fases:

1. Fases por las que ha pasado la apreciación de las pruebas:

1.1 fase primitiva o étnica presente en todas las sociedades en formación, cuando solo existe un sistema procesal rudimentario, y que suele describirse como las pruebas abandonadas al empirismo de las impresiones personales, vale decir que esta fase corresponde a las épocas en que la sociedad no había aparecido a un sistema probatorio judicial propiamente dicho, toda vez que el sistema que privo durante esta fase estuvo influenciado por una mezcla de barbarie y de fanatismo religioso que condujo a absurdos procedimientos judiciales.

1.2 Fase religiosa o mística: realmente no se podía calificar como un sistema legal de prueba, estaba constituido por verdaderas reglas sobre pruebas que definían la decisión del litigio, ya que el juez no podía desconocerla al pronunciar la sentencia.

En esta fase no se perseguía la verdad material o real, sino un convencimiento puramente formal, en esta fase se puede señalar las ordalías, los duelos judiciales y los juicios de dios, la prueba de fuego, en vez de lógicos existía exorcizas y verdugos. De este sistema oprobioso surgió la frase: “Al inocente lo protege dios”, el sistema perduro hasta muy entrada la edad media en casi todos los pueblos de Europa.

1.3 sistema de tarifa legal: esta fase constituye un triunfo de derecho canónico sobre el sistema anterior, lo que constituyó un avance histórico de la cultura jurídica, a pesar de estar dominado por el criterio de la regulación detallada de los medios de prueba y su apreciación previa; fue indispensable para la época que se luchó contra los sistemas místicos religiosos que regían en Europa. Correspondió a los papas dar instrucciones detalladas para el proceso canónicos y los canonistas elaborar muchas reglas sobre pruebas.

Fue el Marques de Beccaria, quien a través de su obra: “De los delitos y las penas”, realiza fuertes críticas al sistema de trifa legas, en particular en materia penal, reivindicando el sistema de libre convencimiento, mediante las instituciones de jurado y condeno enfáticamente las aberrantes costumbres de tormento y de proceso secreto.

1.4 la fase científica: de la sana critica, la lógica y la máxima de experiencia.

Para el maestro Countore, La Sana Crítica es la unión de la lógica y la experiencia, sin excesiva abstracciones de orden intelectual, pero que tienden asegurar el mas certero y eficaz razonamiento. En consecuencia se trata de una operación lógica, cuyo principio no puede ser desechado por el juez. La sana critica es además de lógica, la correcta apreciación de ciertas proporciones de experiencias de que todo hombre o mujer se sirve en la vida.

En entonces el método de la sana critica, o libre convicción razonada, la forma de interpretación de la prueba basada en proporciones lógicas correctas y fundadas en la ciencia y las observaciones de experiencias confirmadas por la realidad, y que implica inexorablemente, la motivación por parte de los jueces de sus decisiones analizadas una por una y en su relación en conjunto, para establecer en que se refuerzan y que se contradicen y expresando como resuelven esas contracciones.

Este es el más moderno método de interpretación de la prueba judicial pues libera al juez de la rigidez del sistema de tarifa legal y de la incertidumbre del método libre convicción, además que permite el control de los actos de los jueces, a través de vía recursiva mediante la cual se pueden impugnar las actuaciones judiciales, gracias a que las mismas necesariamente deben cumplir con el requisito de la motivación.

2. Valor probatorio en el Código Orgánico Procesal Penal (COPP)

Apreciación de las pruebas

Artículo 22: copp las pruebas se apreciaran por el tribunal según la sana critica observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y la máxima experiencia.

La

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (8.1 Kb)   pdf (74.7 Kb)   docx (12 Kb)  
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com