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IMPOSICION DIRECTA


Enviado por   •  9 de Marzo de 2015  •  298 Palabras (2 Páginas)  •  377 Visitas

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Exoneración Concepto. "Exoneración es el beneficio o privilegio establecido por ley y por la cual un hecho económico no está afecto al impuesto.

Exención Concepto. "La exención tributaria es una situación especial constituida por ley, por media de la cual se le otorga un privilegio del pago de un tributo a una persona natural o jurídica.

Diferencias:

 exención se establece previamente en la ley y la solicita la entidad que declara el ISLR.

 la exoneración es un derecho del ejecutivo nacional (Presidente de la República y entes adscritos como el Seniat) establecido en el Código Orgánico Tributario para otorgar el beneficio de la liberación total o parcial del pago del impuesto a través de decretos.

El procedimiento se inicia por solicitud de la persona interesada, mediante escrito motivado con sus anexos que respalden su contenido, la cual deberán estar inserta en una Carpeta Marrón tamaño Oficio y con su gancho (*) dirigido al Superintendente del Servicio de Administración Tributaria del Distrito Capital: Guillermo González Gutiérrez.

Deben presentarse los siguientes documentos:

• Documento de creación y estatutos de la Fundación, Sociedad o Empresa, la cual debe poseer la figura sin fines de lucro (*). En caso de Órganos o Entes adscritos o pertenecientes a la Administración Publica debe presentar copia de la Gaceta Oficial que certifique su carácter. (*)

• Copia fotostática legible de la Cedula de Identidad del Representante Legal de la Sociedad Fundación, Sociedad, Empresa o entes adscritos a la Administración Publica. (*)

• Acta de Asamblea de Junta Directiva vigente.

• Pago de Tasa en U.T Vigente equivalentes a: (0,4 U.T) por Consulta, (0,3 U.T) por Constancia; 0,02 por Papel Sellado. En Timbre Fiscal o en la Cuenta Corriente, Ingresos por venta de Timbres Fiscales, Ingresos por venta de Timbres Fiscales Gob.Dtto.Capital.Ing.Timbres.Fiscales: (*)

o Banco de Venezuela: 0102-0552-21-0000024439.

o Banco del Tesoro: 0163-0903-62-9032000282.

• R.I.F de la persona Natural o Jurídica. (*)

RENOVACION

Deben presentarse los siguientes documentos:

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