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Modelo venta de fundo agropecuario


Enviado por   •  23 de Septiembre de 2015  •  Prácticas o problemas  •  670 Palabras (3 Páginas)  •  487 Visitas

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Yo, VANESA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, ingeniera, titular de la cedula de identidad número 25.043.030 , domiciliada en la ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, por el presente documento declaro que vendo pura y simplemente y con la reserva y gravamen que mas adelante especificare, al ciudadano Juan Rincon venezolano, soltero, comerciante, titular de la cedula de identidad numero  23.466.255 domiciliado en la ciudad y municipio Maracaibo del Estado Zulia, un fundo agropecuario, denominado “LA LAGUNITA AZUL”, ubicado en la región Zuliana, antiguamente en jurisdicción del municipio Cacique Mara del Estado Zulia, hoy Parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, constante de una superficie aproximada de setenta (70) hectáreas de tierras baldías, cercada en su totalidad de alambre con púas y estantillos de madera, desmontada y cultivada de pastos artificiales de diferentes tipos y variedades. Consta igualmente este fundo de las siguientes mejoras y bienhechurías de tres (03) casas construidas en el patio, con paredes de bloques, pisos de cemento y techos de zinc; de dos (02) pozos artesianos; todo ello comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Fundo “EL PALITO” propiedad que es o fue DANIELA MANZANERO, SUR: Fundo “LA CORBATA” propiedad que es o fue de la sucesión de MARIA LOBO, ESTE: fundo que es o fue de LUIS LA ROSA, intermedio carretera Machiques-Colon y por el OESTE: Fundo “LA MATICA” que es o fue de RICHARD DOCK. Lo que aquí vendo me pertenece según consta en documento registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Perija del Estado Zulia, de fecha 13 de abril de 1990, quedando anotado bajo el N° 39, Tomo 7, del protocolo Primero, primer trimestre del año 1990 y documento de cancelación de fecha 31 de octubre de 1990,  quedan registrado bajo el numero 67, protocolo Primero, tomo 12, primer trimestre del : 1993.  El precio de esta venta ha sido convenido en la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 40.000.000.oo), que serán cancelados de la siguiente manera: DIEZ MILLONES (Bs. 10.000.000.oo) en el momento de la firma del presente documento, y los restantes TREINTA MILLONES (Bs. 30.000.000.oo) serán cancelados de la siguiente manera, CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 5.000.000.oo) en el mes de Noviembre del 2001, CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 5.000.000.oo) en el mes de Mayo del 2002, DIEZ MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 10.000.000.oo) en el mes de Mayo del 2003 y DIEZ MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 10.000.000.oo) en el mes de Mayo del 2004 , queda establecido que se establecerá un interés a la rata del 1% mensual y consecutiva. Es con este título y el otorgamiento del presente instrumento que traspaso a nombre del comprador todos los derechos de dominio, propiedad y posesión que me corresponden sobre el fundo vendido, haciendo la tradición legal y respondiendo de saneamiento conforme a la ley. Yo, JUAN RINCON , anteriormente identificado, declaro: Acepto la venta que se me hace estando conforme con los términos y el contenido de este documento y asi mismo declaro que para garantizar el fiel , exacto y estricto cumplimiento de la obligación asumida en el cuerpo de este instrumento, constituyo hipoteca especial de primer grado y hasta por la cantidad de TREINTA Y CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 35.000.000.oo) sobre el fundo agropecuario “LA LAGUNITA AZUL” que he adquirido en este documento y cuyos datos identificatorios se encuentran detallados con anterioridad en el presente instrumento y se dan aquí por reproducidos. Queda totalmente establecido que en caso de retraso en forma alternada o consecutiva en el pago de cualquiera de las cuotas aquí establecidas, se le otorgaran al comprador dos (02) mes de prórroga, como única y exclusiva prorroga para el pago de las cuotas atrasadas, y que en la hipoteca convencional de 1 grado anteriormente establecida se encuentran incluidas las costas y costos de proceso en caso de ejecución de esta hipoteca, dejando expreso que se designara un solo perito evaluador designado por el tribunal y la publicación de un único cartel de remate.

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