Practica juridica 1 SOLICITUD DE MEDIDA DE COERCION
Pedro SosaTrabajo17 de Abril de 2018
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SOLICITUD DE MEDIDA DE COERCION CONSITENTE EN PRISION PREVENTIVA (ART.226)
Al Magistrado Juez Coordinador de los Juzgados de la Instrucción de Santiago.
Del LICDO. PEDRO EMILIO SOSA VILLALONA Procurador Fiscal de la Provincia Santiago.
Asunto SOLICITUD DE MEDIDA DE COERCION en contra de JOSE MANUEL REYES (ALIAS TITO LA BREGA)
Violación Artículos 295, 296, 297, 298 del Código Penal Dominicano
Victima ARMANDO RODRIGUEZ (Cheche)
Honorable Magistrado:
Quien suscribe LICDO. PEDRO EMILIO SOSA VILLALONA, dominicano, mayor de edad, cedula de identidad y electoral No.031-0412030-2, Procurador Fiscal Adjunto de la Provincia Santiago, con domicilio en la Av. 27 de febrero NO. 30 de esta ciudad de Santiago de los caballeros en ocasión a la presente solicitud de Medidas de Coerción, a saber:
RELACION DE LOS HECHOS
Siendo las 3 de la tarde de fecha 10/1/2018, el señor JOSE MANUEL REYES (ALIAS TITO LA BREGA) se presentó la residencia ubicada en la calle Mella #15 del sector la Bajada en la ciudad de Santiago de los caballeros, y una vez allí, portando una arma de fuego, en presencia de la señora FLORINDA MESA atacó a tiros al señor ARMANDO RODRIGUEZ (Cheche), logrando herirlo de dos balazos en el pecho, heridas que minutos más tarde le provocaron la muerte. Que Luego de herir al señor ARMANDO RODRIGUEZ (Cheche), agresor JOSE MANUEL REYES (ALIAS TITO LA BREGA), emprendió la huida.
Que al momento del hecho, el Cabo JACK VENENO, adscrito al departamento de Investigaciones Criminales de la Policía Nacional, se encontraba patrullando por la zona, y al escuchar los disparos se presentó al lugar del hecho y al ver que el imputado JOSE MANUEL REYES (ALIAS TITO LA BREGA), había emprendido la huida, este lo persiguió apresándolo a dos cuadras del lugar. Que al ser revisado, al agresor le fue ocupada la pistola marca ARCUS calibre 9 milímetros con la cual cometió el hecho. Le fueron leídos su derecho y su puesto bajo arresto.
FORMULACION PRECISA DE CARGOS
El Ministerio Publico imputa a JOSE MANUEL REYES (ALIAS TITO LA BREGA)por Violación a los artículos 295, 296, 297, 298 del Código Penal Dominicano que establece el delito ASESINATO en perjuicio de ARMANDO RODRIGUEZ (Cheche)
ELEMENTOS DE PRUEBA
Acta de registro de la persona de fecha 10 de Enero del 2018, instrumentada por el Cabo de la Policía Nacional, JACK VENENO, con la cual se pretende probar que el imputado JOSE MANUEL REYES (ALIAS TITO LA BREGA), fue registrado y se le ocupó la pistola marca ARCUS calibre 9mm serial no. Gl1631, son su cargador y 3 capsulas, con la cual cometió el hecho.
Acta de defunción del señor ARMANDO RODRIGUEZ (Cheche), de fecha 10 de Enero del 2018, levantada por el médico legista LUIS LEVANTA MUERTO en el lugar de los hechos, con la que se pretende probar que la víctima murió en el lugar de los hecho.
PRUEBAS MATERIALES
Pistola marca ARCUS calibre 9mm serial no. Gl1631, son su cargador y 3 capsulas, Con la cual se pretende probar que le fue encontrada al imputado al momento de su apresamiento.
POR TALES RAZONES SOLICITAMOS LO SIGUIENTE:
PRIMERO: que en cuanto a la forma se acoja en todas sus partes la solicitud de medida de coerción presentadas por el Ministerio Publico, en contra de JOSE MANUEL REYES (ALIAS TITO LA BREGA), por violación a los artículos 295, 296, 297, 298 del Código Penal Dominicano en perjuicio del señor ARMANDO RODRIGUEZ (Cheche).
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