ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

APERTURA DE CARTAS DE CRÉDITO


Enviado por   •  2 de Julio de 2015  •  3.136 Palabras (13 Páginas)  •  180 Visitas

Página 1 de 13

APERTURA DE CARTAS DE CRÉDITO.

Número____________.- En la ciudad de ____________, a las __________horas y _______ minutos del día ___________________de _______del año _________.- Ante mí_________________ , Notario, del domicilio de ___________, compare¬cen: A) Por una parte, el señor _____(generales y personería del Apoderado del Banco); y B) Por otra parte el señor ____(generales, NIT y personería, si actúa en representación de una sociedad), quien en adelante se llamara “La Sociedad Acreditada, El / la Acreditado (a)”; y ME DICEN: Que el Banco ha abierto a favor de La Sociedad Acreditada una LÍNEA DE CRÉDITO PARA LA APERTURA DE CRÉDITOS DOCUMENTARIOS O CARTAS DE CRÉDITO: Que se regirá por las disposiciones legales contenidas en la Sección “A” Y “C” del Capítulo Primero del Titulo Séptimo del Libro Cuarto y a las contenidas en los Artículos del Un Mil Ciento Setenta y Ocho al Un Mil Ciento Ochenta y Tres del Código de Comercio vigente y en especial por las siguientes:

I) MONTO DEL CRÉDITO.- El Banco a partir de esta fecha pone a disposición de la sociedad acreditada un crédito hasta por la suma de ________________ DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

II) DESTINO DEL CREDITO.- La sociedad acreditada destinará los fondos provenientes de este crédito en _________________.

III) PLAZO DEL CONTRATO Y PLAZO DE GIRO.- El plazo del contrato será de ____________ contados a partir de esta fecha, el que vencerá el día ______ del año.- La sociedad acreditada podrá disponer de la suma acreditada en un plazo que no exceda de___________, contados a partir de esta fecha. Este plazo podrá ser prorrogable a opción del Banco, previa revisión del uso de la Apertura de Crédito, por medio del simple cruce de cartas aceptadas entre la Sociedad Acreditada y el Banco, que deberá efectuarse como mínimo con treinta días de anticipación al vencimiento del plazo de giro vigente a la fecha de la prorroga. Transcurrido este plazo se extinguirá el derecho de hacer uso de los fondos disponibles en virtud de esta apertura de crédito.

IV) ESQUEMA DE USO Y PAGO DE CREDITOS DOCUMENTARIOS O CARTAS DE CREDITO: La Sociedad Acreditada, El / La Acreditado (a), podrá disponer del crédito a través de la emisión de cartas de crédito de la siguiente forma: ______________________. Pagará los créditos documentarios o cartas de crédito, abiertos por el Banco por cuenta de La Sociedad Acreditada, El / La Acreditado (a), de la siguiente forma: _____________________. Todos estos pagos serán hechos por La Sociedad Acreditada, El / La Acreditado (a), sin deducciones de ninguna naturaleza, libres de cualquier impuesto, tasa o gravámenes, inclusive los que impongan ahora o en el futuro las Leyes de El Salvador. Es decir, que todo pago se hará neto al Banco, siendo por cuenta de La Sociedad Acreditada, El / La Acreditado (a), cualquier deducción, retención o cargo así como cualquier comisión cambiaría que llegara a establecerse.-

V) LIMITE DE PAGOS POR CUENTA Y A CARGO DE LA SOCIEDAD ACREDITADA: La Sociedad Acreditada El / La Acreditado (a), podrá disponer del crédito en la forma establecida en la cláusula anterior y el Banco podrá exigir en cada operación de Apertura de Créditos Documentarios o Cartas de Crédito, la formalización de letras de cambio o pagarés aceptados o suscritos por La Sociedad Acreditada, el/ la acreditado (a) documentos que se considerarán incorporados a este instrumento. Estos títulos valores se devolverán a la sociedad acreditada, el / la acreditado (a) cuando la línea del crédito esté completamente cancelada. La Sociedad Acreditada el / la acreditado (a) no podrá hacer uso del crédito en exceso del saldo disponible determinado por la diferencia entre el monto del crédito y el monto de los Créditos Documentarios o Cartas de Crédito pendientes de cancelación a la fecha de cada pago efectuado por el Banco. Es entendido que los abonos a capital que La Sociedad Acreditada el / la acreditado (a) haga de este crédito, le dan derecho a utilizar el saldo disponible que resulte a su favor.

VI.- DOCUMENTACIÓN DE LOS RETIROS.- Cada desembolso de cartas de crédito que la sociedad acreditada, el / la acreditado (a), efectúe en uso del presente crédito, serán documentados mediante la suscripción de pagarés o cualquier otro título valor o documento a opción del Banco, con vencimiento de hasta ___________ plazo los que se entenderán incorporados a esta escritura, sin perjuicio de la facultad del Banco para establecer el saldo adeudado tal como lo dispone la Ley de Bancos y el Código de Comercio. Estos títulos valores se devolverán a la sociedad acreditada, el / la acreditado (a), cuando la línea del crédito esté completamente cancelada.

VII) INTERESES: La Sociedad Acreditad, El / La Acreditado (a), reconocerá y pagará al Banco sobre las cantidades o saldos que el Banco haya pagado por cuenta de La Sociedad Acreditad, El / La Acreditado (a), provenientes de cartas de crédito, EL INTERES NOMINAL VARIABLE DEL _______ POR CIENTO (números %) ANUAL sobre saldos. LA TASA EFECTIVA ES DEL ______ POR CIENTO (NUMEROS %) anual. Este interés nominal podrá ajustarse de manera quincenal a opción del Banco los días: uno y quince de cada uno de los meses comprendidos dentro del plazo y también de conformidad a la tasa de referencia que el banco mensualmente publica. La tasa de referencia correspondiente a este mes es del _________ por ciento, la que en sus publicaciones podrá ajustarse a opción del Banco; y el diferencial máximo que el banco podrá aplicar a este crédito durante toda su vigencia y mientras existan saldos pendientes será de _______ puntos porcentuales arriba de la tasa de referencia vigente a la fecha de cada modificación. En caso de mora, La Sociedad Acreditada, El / La Acreditado (a), además pagará al Banco el ______ por ciento de interés sobre los saldos en mora. Las variaciones antes mencionadas se harán del conocimiento de La Sociedad Acreditada, El / La Acreditado (a), por escrito, vía correo electrónico o por cualquier medio de comunicación masiva de forma escrita, o a través de publicaciones de carácter general o por medio de impresión en los recibos de amortización de los créditos, de lo cual desde hoy acepta y se da por enterado La Sociedad Acreditada, El / La Acreditado (a). El diferencial y el interés moratorio se mantendrán fijos hasta la extinción total de este préstamo. Para todos los efectos judiciales y extrajudiciales, el saldo del crédito, los gastos en que el Banco hubiere incurrido y las variaciones del interés aplicables a este crédito, se probarán plena y fehacientemente con la constancia extendida por el Contador del Banco y

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (19.1 Kb)  
Leer 12 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com