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Accidente De Trabajo Y Trayecto


Enviado por   •  30 de Mayo de 2013  •  1.816 Palabras (8 Páginas)  •  526 Visitas

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No se trata de ser alarmista, pero las posibilidades de sufrir un accidente de trabajo siempre están presentes. Ahora ¿a qué llamamos accidente laboral y de trayecto? Y ¿qué hacer en el caso de que ocurra uno?

En este trabajo explicaremos de forma detalla en que consiste cada uno de ellos. Comenzaremos exponiendo el “accidente laboral”, pero antes que nada ¿Qué entendemos por un accidente laboral?

Según la ley 16.744 Se reconoce como accidente laboral toda lesión que sufre una persona a causa o con ocasión de su trabajo y que le produzca lesiones de incapacidad o muerte. Éstos pueden ocurrir en actividades gremiales, de capacitación ocupacional o en el desarrollo de cualquier actividad.

Estos accidentes se agrupan en los que producen incapacidad laboral- invalidez parcial o total- gran invalidez y hasta muerte.

¿Qué tipo de funcionarios o trabajadores están incluidos?

Todo trabajador/a afiliado/a al ISL (instituto de seguridad laboral) que haya sufrido un Accidente del

Trabajo.

Los trabajadores/as afiliados al ISL son:

• Los trabajadores/as dependientes (por cuenta ajena).

• Los trabajadores/as independientes (por cuenta propia) que cotizan en el ISL por la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

• Los funcionarios/as públicos

¿Qué hacer si se sufre un accidente de trabajo?

Antes que nada se debe Informar a su empleador para que éste lo derive inmediatamente, para su atención, al establecimiento asistencial del organismo administrador que le corresponda.

En el caso que el empleador no cumpla con la obligación o cuando las circunstancias impiden que el empleador tome conocimiento, el trabajador podrá recurrir por sus propios medios y deberá ser atendido de inmediato.

¿Dónde se debe comunicar el incidente?

A la Mutual a la que está adherida la empresa (los tres servicios mutualizados existentes: la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), el Instituto de Seguridad del Trabajo (IST) y la Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción) o al hospital más cercano. Habitualmente en las empresas esta labor recae en el departamento de Recursos Humanos o Bienestar. La Mutual o el hospital emitirán un dictamen que el trabajador presentará en la institución aseguradora.

Cuándo opera el seguro

El seguro contra accidentes del trabajo actúa en forma independiente a la cobertura de Fonasa o Isapre. Pero se debe tener presente que ambos sistemas no operan a la vez; es decir, si el accidente se produjo en el trabajo, opera este seguro; en cambio si su origen no tiene que ver con el trabajo, entra a cubrir su sistema de salud.

Alcance de los beneficios del seguro

* Prestaciones preventivas: son acciones orientadas a la prevención de riesgos laborales.

* Prestaciones médicas: cubren la atención médica, quirúrgica y dental, hospitalización si fuere necesario; medicamentos, prótesis y aparatos ortopédicos con su reparación; rehabilitación física y reeducación profesional, gastos de traslado, etc.

* Prestaciones económicas: si el trabajador queda con incapacidad temporal, tendrá derecho a un subsidio que reemplazará la remuneración que dejará de percibir mientras esté incapacitado. Este corresponde al promedio de las tres últimas remuneraciones mensuales imponibles anteriores al evento.

Ahora que tenemos conocimiento sobre el accidente laboral debemos saber que hacer para llegar a utilizarlo.

Para activar el sistema

Cuando una persona sufre una lesión en el lugar de trabajo debe informar a su empleador - lo habitual es que en las empresas esta labor recaiga en el departamento de Recursos Humanos o Bienestar (como lo mencionábamos antes) - para que coordine su envío a la mutual a la que la empresa está adherida.

El empleador deberá extender la "Denuncia Individual de Accidente del Trabajo" (DIAT) dentro de las 24 horas de ocurrido el siniestro. Para la atención médica la empresa deberá entregar la DIAT al momento en que el trabajador se presente en el centro de atención. En casos de urgencia, sólo bastará presentar credencial de identificación de la empresa, sin perjuicio de la posterior denuncia del accidente por parte de ésta.

La protección de este seguro no sólo cubre los accidentes ocurridos en el lugar de trabajo, sino que también abarca los denominados accidentes de trayecto, entre la casa y el lugar de trabajo y viceversa.

Entonces ¿Qué Hacer en Caso de Accidente de Trayecto? Para saberlo Primero debemos tener claro ¿Qué es un Accidente de Trayecto?

Un accidente de trayecto Según el artículo 5 de la Ley 16.744 es:

• Aquellos ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo.

• Aquellos ocurridos en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo, aunque correspondan a distintos empleadores.

• Aquellos que sean sufridos por dirigentes de instituciones sindicales, a causa o con ocasión del desempeño de sus cometidos legales.

Sólo se clasificarán en esta categoría aquellos accidentes que ocurran en el trayecto directo. Esto quiere decir que, si una persona desvía el camino habitual entre su casa y el trabajo, y le ocurre un accidente, éste deja de considerarse como de trayecto.

Por ello para que se considere accidente de “trayecto” debe cumplir con los siguientes requisitos:

* haberse dado inicio al “trayecto”, esto ocurre cuando se sale de los límites de la casa habitación

* ser un trayecto directo, por lo que si el trabajador realiza un desvió para gestiones personales como visitar un familiar, arreglar el auto, etc. Se pierde el derecho al seguro.

* El trayecto no debe ser interrumpido, debe ser de manera continua, por ejemplo

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