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CONCEPTO Y EVOLUCIÓN DEL DERECHO DEL TRABAJO


Enviado por   •  4 de Diciembre de 2012  •  2.572 Palabras (11 Páginas)  •  514 Visitas

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CONCEPTO Y EVOLUCIÓN DEL DERECHO DEL TRABAJO

Ámbito de aplicación del derecho del trabajo.

La primera tarea en la que tenemos que indagar es cual es la parcela de la sociedad de que se ocupa el Derecho del Trabajo. El Derecho del trabajo se ocupa del fenómeno humano y social que es el de derecho de trabajo.

Pero no le interesa cualquier manifestación del trabajo, lo que le interesa es las relaciones jurídicas entre personas y de ahí que el derecho del trabajo le interese el trabajo cuando alguien trabaja para otro. No le interesa cuando va dirigido al consumo familiar. (Trabajo en un huerto para la familia).

Existen relaciones jurídicas de trabajo entre personas que no interesan al Derecho del Trabajo y que se regulan por el Derecho Mercantil o el Derecho Civil.

El Derecho del Trabajo se ocupa solamente de un determinado tipo de trabajo, que son aquellas que reúnen 3 características.

• Que es un trabajo voluntario.

• Que es un trabajo por cuenta ajena (Ajenidad).

• Que es un trabajo dependiente o subordinado.

Cuando concurren estas 3 características se rigen por el Derecho del Trabajo. Para que exista un contrato de trabajo es necesario que sea un trabajo Libre. No existe un contrato de trabajo si no existe un consentimiento de las partes (ambas partes).

Supone que el trabajador asume voluntariamente la obligación de trabajar para alguien, e igual el trabajador tiene la libertad de dejar de trabajar para un empresario.

Hay determinados servicios que son obligatorios o forzosos que queda fuera del Derecho del Trabajo (ejemplo: Servicio militar, objetores de conciencia).

La Ajenidad. Se puede explicar bajo 2 ópticas o puntos de vista:

• Ajenidad en los riesgos, trabajar por cuenta ajena significa que el trabajador con un contrato de trabajo no asume los riesgos de la actividad en la que interviene de tal manera que a cambio de su trabajo recibe un salario garantizado, con independencia de los resultados de la Empresa. Es verdad que hoy en día hay trabajos que parte del salario depende del resultado de la empresa, pero si hay Ajenidad por lo menos parte del salario está garantizado.

• Ajenidad en los frutos de trabajo. Los resultados del trabajo se atribuyen no al trabajador sino al empresario. Los bienes o servicios que produce el trabajador no le va a reportar a él directamente ningún beneficio económico directo, ese beneficio económico corresponde al empresario o Empresa.

El Empresario compensa al trabajador con una parte de es beneficio, pagando una retribución de salario.

Desde estas 2 perspectivas se puede explicar esta Ajenidad.

Todos aquellos trabajos que se presten para otro sin obtener una retribución queda fuera del contrato de trabajo (ejemplo: voluntariado social (presta servicios gratuitos).

Dependencia o Subordinación.

Supone que el trabajador con un contrato de trabajo se somete al poder de organización y dirección del Empresario. Supone que es el empresario y no el trabajador quién decide; cómo, dónde, cuales son los resultados a perseguir, cuando, etc...

Este poder de dirección, no tendría sentido sin hubiese también un sentimiento al poder disciplinario de la empresa.

Si no existe dependencia o subordinación no hay contrato de trabajo (Ejemplo: no haya un contrato de trabajo en el caso de los contables que trabajan autónomamente para una empresa, la empresa le retribuye, pero el contable tiene la libertad de decidir: cómo, cuando, donde hacer la contabilidad de la empresa. La empresa contrata los servicios de un contable autónomo que de vez en cuando te asesora si por lo contrario se contrata dentro de la empresa entonces si será un contrato de trabajo; Estará en el régimen de la empresa).

Existiendo estas 3 notas (libre trabajo, Ajenidad y dependencia), la prestación de servicios tiene que someterse a un contrato de trabajo. Si falta cualquiera de ellas la relación de trabajo tendrá que regirse por el derecho civil o al derecho mercantil.

Queda fuera del Derecho del Trabajo, los trabajadores autónomos, porque no existe Ajenidad, él asume los riesgos de su actividad.

Hay colectivo de trabajadores en los que se dan esas notas, y sin embargo quedan fuera del derecho del Trabajo, este colectivo son los Funcionarios públicos al servicio de la Administración. Por razones históricas, no se engloban en el Derecho del Trabajo. La relación de los Funcionarios con la Administración se rige por una rama distinta, el Derecho de la Administración.

En los últimos años se ha producido una laboralización de los funcionarios al Derecho del Trabajo (Ejemplo: Derecho de libertad sindical, derecho a la negociación colectiva, derecho a la huelga, derecho a excedencia por cuidado de hijo o por cuidado de mayores. Movilidad del trabajador dentro de la empresa).

Aunque el funcionario este fuera del derecho del Trabajo, la aproximación hacia el Derecho del Trabajo es cada vez mayor.

La diferencia más obvia entre el Funcionario y un trabajador con contrato de trabajo, es el contrato vitalicio, del Funcionario, donde no se le puede despedir sin motivos.

La Administración puede tomar el papel de Empresa laboral, puede tener trabajadores laborales.

Concepto y contenido del derecho del Trabajo.

El Derecho del Trabajo es la rama del ordenamiento jurídico que regula el trabajo prestado libremente, en régimen de Ajenidad e independencia o subordinación y a cambio de una retribución económica.

El contenido del derecho del Trabajo es un contenido complejo y extenso que contiene diversas partes:

La primera parte, está constituida por el fundamento de la relación laboral y su sistema normativo.

Una segunda parte, está constituida por las relaciones colectivas de trabajo, en esta parte se contempla al trabajador no como un individuo sino como un colectivo dentro de la Empresa con sus intereses (se estudia los órganos de representación del personal de la Empresa (comités de Empresa), las organizaciones profesionales, régimen de los sindicatos e instrumentos colectivos de defensa de los intereses de los trabajadores (derecho a la negociación colectiva, a la huelga, etc ...)). En esta parte veremos el derecho Sindical.

Hay una tercera parte, en

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