CONTABILIDAD EN LAS ORGANIZACIONES
Luisa Arias GarayTrabajo13 de Octubre de 2020
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CONTABILIDAD EN LAS ORGANIZACIONES
ACTIVIDAD 3 – EVIDENCIA 1
TALLER APLICANDO EL PUC (PLAN UNICO DE CUENTAS)
APRENDIZ: JULIO CESAR HERNANDEZ TOVAR
Taller: Aplicando el PUC El Plan Único de Cuentas (PUC) busca la uniformidad de las operaciones económicas realizadas por los comerciantes, transparencia de la información contable y lograr una mayor claridad y confiabilidad al evaluar la situación y evolución de los diferentes sectores económicos, en Colombia opera el PUC para comerciantes.
Observamos que en el PUC para comerciantes se manejan diferentes cuentas y sus dinámicas, en este sentido, se deberá realizar la descripción de cada una de ellas señalando la forma en que se utiliza. De manera resumida.
Para acceder y participar del taller se deben seguir los siguientes pasos:
∙ Clic en el botón: Actividad 3.
∙ Clic sobre el enlace Taller: Aplicando el PUC
∙ Digitar el contenido solicitado, archivo del taller desarrollado, donde esté guardado
∙ Clic en el botón: Guardar cambios
Nota: Se puede enviar la solución del taller como un archivo adjunto
PASOS: tomado de una actividad de un aprendiz
PLAN UNICO DE CUENTAS PARA COMERCIANTES
El Plan Único de Cuentas (PUC), es un documento que está conformado por un catálogo de cuentas, la descripción y la dinámica para la aplicación de las mismas dentro del contexto mercantil y contable de cualquier establecimiento de comercio en el país y que es de obligatorio cumplimiento para todos los comerciantes en Colombia, sea cual sea su actividad financiera y su finalidad comercial.
El plan único de cuentas busca la uniformidad en el registro de las operaciones económicas realizadas por los comerciantes con el fin de permitir la transparencia de la información contable y, por consiguiente, su claridad, confiabilidad y comparabilidad.
https://libregestion.com/kb.php?151-plan-unico-de-cuentas-puc
El plan único de cuentas está compuesto por un catálogo de cuentas y la descripción y dinámica para la aplicación de las mismas, las cuales deben observarse en el registro contable de todas las operaciones o transacciones económicas.
La codificación del Catálogo de Cuentas está estructurada sobre la base de los siguientes niveles:
Clase: El primer dígito
Grupo: Los dos primeros dígitos
Cuenta: Los cuatro primeros dígitos
Subcuenta: Los seis primeros dígitos
https://libregestion.com/kb.php?151-plan-unico-de-cuentas-puc
Imagen de referencia.[pic 1]
Las clases 1, 2 y 3 comprenden las cuentas que conforman el balance general; las clases 4, 5, 6 y 7 corresponden a las cuentas del estado de ganancias o pérdidas o estado de resultados y las clases 8 y 9 detallan las cuentas de orden.
Estructura básica del PUC
1. Grupo del activo[pic 2]
[pic 3]
11 Disponible
12 Inversiones
13 Deudores
14 Inventarios
15 Propiedad planta y equipos
16 Intangibles
17 Diferidos
18 Otros activos
19 Valorizaciones
2. Grupo del pasivo
[pic 4]
21 Obligaciones financieras
22 Proveedores
23 Cuentas por pagar
24 Impuestos, gravámenes y tasas
25 Obligaciones laborales
26 Pasivos estimados y provisiones
27 Diferidos
28 Otros pasivos
29 Bonos y papeles comerciales[pic 5]
3. Grupo del patrimonio
[pic 6]
31 Capital social
32 Superávit de capital
33 Reservas
34 Revalorización del patrimonio
35 Dividendos o particiones
36 Resultado del ejercicio
37 Resultado del ejercicio anteriores
38 Superávit por valorizaciones[pic 7]
4. Grupo del ingreso[pic 8][pic 9]
41 Operacionales
42 No operacionales
47 Ajustes por inflación
[pic 10]
5. Grupo del gasto[pic 11]
51 Operacionales de administración
52 Operacionales de ventas
53 No operacionales
54 Impuesto de rentas y
complementario
59 Ganancias y perdidas
6. Grupo del costo de ventas[pic 12]
[pic 13]
61 Costos de ventas y
de prestación de servicios
62 Compras
[pic 14]
7. Grupo del costo de producción[pic 15]
7 Costos de producción u operación
71 Materia prima
72 Mano de obra directa
73 Costos indirectos
74 Contratos de servicios
[pic 16]
8. Cuentas de orden deudoras[pic 17]
81 Derechos Contingentes
82 Deudoras fiscales
83 Deudoras de control
84 Derechos contingentes x contra (CR)
85 Deudoras fiscales x contra (CR)
86 Deudoras de control x contra (CR)
9. Cuentas de orden acreedora[pic 18][pic 19]
91 Responsabilidades contingentes
92 Acreedoras fiscales
93 Acreedoras de control
94 Responsabilidades contingentes x contra (DB)
95 Acreedoras fiscales x contra (DB)
96 Acreedoras de control x contra (DB)
El Plan Único de Cuentas (PUC), está reglamentado por el 2650 del 29 de diciembre de 1993, mediante el cual se modificó el Plan Único de Cuentas para comerciantes en la República de Colombia, cuyo objetivo principal fue el de unificar el registro de todas las operaciones económicas realizadas por todos los establecimientos de comercio en el país, cualquiera sea su actividad comercial o financiera.
El Decreto contempla lo siguiente:
ARTICULO 2o. Contenido. El Plan Único de Cuentas está compuesto por un catálogo de cuentas y la descripción y dinámica para la aplicación de las mismas, las cuales deben observarse en el registro contable de todas las operaciones o transacciones económicas.
ARTICULO 3o. Catálogo de Cuentas. El Catálogo de Cuentas contiene la relación ordenada y clasificada de las clases, grupos, cuentas y subcuentas del Activo, Pasivo, Patrimonio, Ingresos, Gastos, Costo de Ventas, Costos de Producción o de Operación y Cuentas de Orden, identificadas con un código numérico y su respectiva denominación.
Modificado por el Decreto Reglamentario 2894 de 1994
ARTICULO 4o. Descripciones y dinámicas. Las descripciones expresan o detallan los conceptos de las diferentes clases, grupos y cuentas incluidas en el catálogo e indican las operaciones a registrar en cada una de las cuentas.
Las dinámicas señalan la forma en que se deben utilizar las cuentas y realizar los diferentes movimientos contables que las afecten.
ARTICULO 5o. Campo de aplicación. El Plan Único de Cuentas deberá ser aplicado por todas las personas naturales o jurídicas que estén obligadas a llevar contabilidad, de conformidad con lo previsto en el Código de Comercio. Dichas personas para los efectos del presente Decreto, se denominarán entes económicos.
No estarán obligados a aplicar el plan único de cuentas de que trata este Decreto, los entes económicos pertenecientes a los sectores financiero, asegurador y cooperativo para quienes se han expedido planes de cuentas en virtud de legislación especial.
ARTICULO 6o. Normas de aplicación. El Plan Único de Cuentas debe aplicarse de conformidad con las siguientes normas:
1. Catálogo de Cuentas. El Catálogo de Cuentas y su estructura, serán de aplicación obligatoria y en la contabilidad no podrán utilizarse clases, grupos, cuentas o subcuentas diferentes a las previstas en él. No obstante, los entes económicos que lo consideren necesario podrán utilizar internamente, para el registro de sus operaciones, códigos y denominaciones diferentes, caso en el cual deberán elaborar una Tabla de Equivalencias entre éstas y las contenidas en el Catálogo del Plan Único de Cuentas, la cual estará a disposición de las personas o entidades que de conformidad con la ley tengan la potestad de inspeccionar o examinar los libros y papeles del ente económico.
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