CREDITO MERCANTIL
gcruz2126 de Marzo de 2013
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CREDITO MERCANTL
Activo Intangible
Exige que el mismo sea perfectamente identificable, con el fin de poderlo distinguir claramente del fondo de comercio. El fondo de comercio surgido en una combinación de negocios, representa un pago realizado por la entidad adquirente anticipando beneficios económicos futuros por activos que no ha sido capaz de identificar de forma individual ni, por tanto, de reconocer por separado.
Que es el Crédito Mercantil
Es un término utilizado en finanzas, bancos, títulos y valores financieros. Es el excedente de Productividad de un negocio en relación con negocios similares. Su evaluación se funda en el exceso de rendimiento, así como en el Tiempo probable de su subsistencia.
Amortización del crédito mercantil adquirido
La amortización del crédito mercantil adquirido se debe hacer en el tiempo de explotación del intangible.
No puede ser superior a diez (10) años, de acuerdo con métodos de reconocido valor técnico.
Se deben amortizar de manera sistemática durante su vida útil.
Para efectos fiscales solo el crédito mercantil adquirido es deducible vía amortización en un período no inferior a cinco (5) años.
El crédito mercantil sólo es objeto de registro
En la contabilidad de la empresa si procede de una adquisición.
Se contabiliza como un mayor valor del costo o como intangible, es decir, siempre que no se trate de un crédito mercantil generado internamente en el ente social.
LA NIC 38 “Activos intangibles”
Si un elemento incluido en el alcance de esta Norma no cumpliese la definición de activo intangible, el importe derivado de su adquisición o de su generación interna, por parte de la entidad, se reconocerá como un gasto del ejercicio en el que se haya incurrido. No obstante, si el elemento se hubiese adquirido dentro de una combinación de negocios, formará parte del fondo de comercio reconocido en la fecha de adquisición
LA NIIF-3
“COMBINACIONES DE NEGOCIOS”
El objetivo de esta NIIF es mejorar la relevancia, fiabilidad y comparabilidad de la información sobre combinaciones de negocios y sus efectos que una entidad que informa proporciona en sus estados financieros
LA NIIF-3
“COMBINACIONES DE NEGOCIOS”
La Unión de dos o más Entidades o Negocios, para formar un único sujeto a los efectos de la presentación de la Información Contable
Requiere la existencia de al menos, dos Entidades (jurídicamente independientes) o dos Negocios, entendiendo por tal, un conjunto integrado de actividades y Activos dirigidos y gestionados con el propósito de:
En primer lugar, alcanzar un rendimiento para los inversores.
En segundo lugar, reducir los costes u otros beneficios económicos directa y proporcionalmente a sus partícipes.
Cuando no se aplica: NIIF 3
a) la formación de un negocio conjunto.
c) una combinación de entidades o negocios bajo control común (los párrafos B1 a B4 proporcionan directrices de aplicación que guardan relación).
Cuando no se aplica: NIIF 3
c) la adquisición de un activo o un grupo de activos que no constituya un negocio. En estos casos la entidad adquirente identificará y reconocerá los activos identificables individualmente adquiridos (incluyendo aquellos activos que cumplan la definición y criterios de reconocimiento de los activos intangibles de la NIC 38 Activos intangibles) y pasivos asumidos. El coste del grupo deberá distribuirse entre los activos identificables individualmente y los pasivos sobre la base de sus valores razonables relativos en la fecha de la compra. Esta transacción o suceso no dará lugar a un fondo de comercio.
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