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Conciliacion Bancaria

niniv11 de Julio de 2013

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OBJETIVO GENERAL

Conocer analizar e identificar el concepto, métodos y las diferentes características de una conciliación bancaria.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

 Conocer la importancia que tiene llevar conciliación bancaria dentro de un ente económico.

 Asegurar que todos los depósitos están correctamente reflejados en el saldo bancario y que no se han abonado a otra cuenta,

 Detectar algún depósito contabilizado que no llegó al banco por algún motivo,

 Identificar depósitos a la cuenta que no están contabilizados,

 Identificar los cheques emitidos que no se han cobrado,

 Detectar algún cheque emitido y cobrado pero no contabilizado,

 Contabilizar todos los cargos bancarios,

 Detectar errores en los montos, en sus propios libros contables o en la cuenta bancaria.

INTRODUCCION

Un banco es una organización financiera cuya principal función es la Intermediación Financiera, esto se refiere al proceso mediante el cual obtienen (captan) fondos del público mediante diferentes tipos de depósito (productos pasivos) para realizar operaciones de crédito a través de varias clases de operaciones (productos activos), según las necesidades del solicitante.

Cada transacción de efectivo por medio del banco, implica un movimiento en la contabilidad tanto en la entidad económica, como del banco mismo. Al finalizar el mes los saldos que reflejen tanto en la entidad económica como el banco deben coincidir. Sin embargo con cierta frecuencia ocurre que dicho saldo sean diferentes. Dichas diferencias se detectan al comparar el saldo de la cuenta o subcuenta del banco en la contabilidad de acuerdo a los movimientos de la entidad económica con el saldo que reporta el banco en un estado de cuenta a la misma fecha.

CUENTA BANCOS

1110 Bancos

Clase: 1 Activo

Grupo: 11 Disponible

Cuenta: 1110 Bancos

Subcuentas:

111005 Moneda nacional

111010 Moneda extranjera

Descripción:

Registra el valor de los depósitos constituidos por el ente económico en moneda nacional y extranjera, en bancos tanto del país como del exterior.

Para el caso de las cuentas corrientes bancarias poseídas en el exterior su monto en moneda nacional se obtendrá de la conversión a la tasa de cambio representativa del mercado.

Se entiende por banco desde el punto de vista contable, el nombre de la cuenta que representa las instituciones en el cual tenemos nuestro dinero depositado y donde se encuentra disponible en el momento que lo necesitemos.

Estas cuentas pueden ser cuentas de ahorro y las cuentas corrientes van ubicadas dentro del balance general en el archivo circulante disponible y tienen saldo deudor.

Dinámica:

Débitos

Por los depósitos realizados mediante consignaciones; Por las notas crédito expedidas por los bancos de acuerdo con conceptos tales como:

• Abonos originados en razón a los préstamos obtenidos.

• Abonos originados en operaciones de remesas al cobro confirmadas o remesas negociadas.

• Por consignaciones nacionales de clientes.

• Abonos originados por el reintegro de exportaciones.

• Por cualquier otra operación que aumente la disponibilidad del ente económico en el respectivo banco;

• Por el valor de los traslados de cuentas corrientes; Por el valor de los cheques anulados con posterioridad a su contabilización, y Por el mayor valor resultante al convertir las divisas a la tasa de cambio representativa del mercado.

Créditos

Por el valor de los cheques girados; Por el valor de las notas débito expedidas por los bancos de acuerdo con conceptos tales como: Cargos originados por el no pago de cheques.

Cargo por concepto de gastos a favor de la entidad crediticia tales como: intereses, comisiones, portes, papelería, télex y chequeras.

Cargos por concepto de abonos o cancelación de préstamos.

Cargos por concepto de reembolso, de cartas de crédito por importaciones o compras nacionales adquiridas mediante esta modalidad.

Por cualquier otra operación que disminuya la disponibilidad de la sociedad en el respectivo banco; Por el valor de los traslados de cuentas corrientes, y Por el menor valor resultante al convertir las divisas a la tasa de cambio representativa del mercado.

LAS CUENTAS BANCARIAS

CUENTAS CORRIENTES

Estos son depósitos corrientes que pueden ser utilizados en cualquier momento a voluntad y requerimiento del titular de la cuenta. Es una forma de capacitación de depósitos que constituyen un servicio que ofrece el banco y al cual acuden y se acogen los clientes debido a la confianza, comodidad, seguridad y el control que se le da a los fondos que ponen bajo la custodia del banco. Los saldos en este tipo no ganan intereses y prácticamente el banco no cobra por este servicio.

DEPOSITO DE AHORROS O CUENTAS DE AHORRO

Los depósitos de ahorros es aquel tipo de depósito que se consigna en las entidades financieras que tienen entre sus actividades, la captación de fondos y los mismos se mantienen en poder y a disposición de dicha entidad por períodos más largos que los depósitos de cuentas corriente.

DEPOSITO DE AHORRO CORRIENTE

Esta clase de depósito da lugar a las cuentas de ahorro, las cuales pueden abrirse por cantidades que son diferentes para los diversos bancos y que pueden ser muy pequeñas para algunos de ellos, como es el caso de la caja de ahorros. Los dueños de estas cuentas pueden depositar y retirar dinero cuando lo deseen, pero sólo ganan intereses los saldos que se mantienen por un período determinado de tiempo.

DEPOSITO A PLAZO FIJO

Son depósitos que se formalizan entre el cliente y el banco por medio de un documento o certificado; se pactan por un monto y plazo determinado y de los mismos no pueden hacerse retiros ni incrementarse ante del vencimiento del plazo pactado.

OPERACIONES PASIVAS

Son aquellos fondos depositados directamente por la clientela, de los cuales el banco puede disponer para la realización de sus operaciones de activo. Están registrado en el lado derecho del balance de situación; siendo el caso inverso de las cuentas de activo, ya que los saldos de estas cuentas, aumentan con transacciones de Crédito y disminuyen con las de Débito. La captación de pasivos, es de gran importancia para todo banco, ya que supone las actividades que realiza una institución bancaria para allegarse dinero, esencialmente del público en general. Para que un banco pueda desarrollarse, es necesario que adquiera depósito, pues sin esto imposible crear una reserva suficiente que le ayude a colocar estos fondos en préstamos e inversiones que le generen dividendos, y que le permitan hacer frente a las demandas de retiro de dinero en efectivo, solicitado por sus clientes.

CUENTAS DE DEPOSITOS

Dinero depositados por clientes que dependiendo de sus características pueden ser " a la vista o" a término" " a interés o no" " acompañadas o no de facilidades crediticias". La ley 42 regula las expresiones "y/o “o" en las cuentas bancarias de depósitos de dinero. El establecimiento de una cuenta bancaria, más que una relación basada en la confianza mutua.

DEPOSITO A PLAZO

Todos aquellos que no sean pagaderos a la vista. Se dividen en dos categorías: Depósitos de ahorro y depósito a plazo fijo".

El artículo 48 de la Ley Bancaria es bien específico en lo al pago de interés se refiere, cuando establece que solamente devengaran intereses las cuentas de depósito a plazo (incluyendo las de ahorros), y prohíbe esta misma modalidad en cuentas corrientes de cualquier tipo.

La categoría "Depósito a plazo fijo", se subdivide en:

A. Depósito de Ahorro: Cuentas pequeñas pero estables, que generalmente producen interés, donde los clientes realizan depósitos en previsión de sus gastos futuros y necesidades, no teniendo vencimiento establecido, como una cuenta a plazo fijo.

B. Depósito a plazo fijo: Cuenta de inversión colocada por clientes en una institución bancaria

C. Depósito Extranjero: " Todos aquellos que no sean Depósitos Locales.

En lo relativo al interés bancario para las diferentes cuentas de depósito, tenemos la siguiente aplicación de la Ley Bancaria:

Artículo 47) " Las disposiciones contenidas en la Ley 4 de 1935, no serán estables a los bancos autorizados conforme al presente Decreto de Gabinete.

Cuando sea necesario para el logro de los objetivos a que se refiere el artículo 4º; la comisión podrá mediante resolución aprobada con el voto favorable al banco (5) de sus miembros, fijar la tasa máxima de interés que directa o indirectamente, pueda ser cobrada por los Bancos en los préstamos o facilidades de crédito locales que concedan, esto es, los invertidos o utilizados económicamente dentro de la República de Panamá. Los intereses serán acumulados sobre los saldos adeudados"

Artículo 48 "

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