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Contabilidad De Costos


Enviado por   •  22 de Febrero de 2013  •  255 Palabras (2 Páginas)  •  372 Visitas

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MONEDA EXTRANJERA.

El tratamiento de las operaciones realizadas en moneda extranjera viene recogido en la norma 11. del PGC 07. Esta norma resulta de aplicación a:

1. La contabilización de transacciones y saldos en moneda extranjera.

2. La conversión de las cuentas anuales a la moneda de presentación, cuando la moneda funcional sea distinta del euro.

A diferencia del PGC de 1990, el PGC 07 admite la posibilidad de que la contabilidad se lleve realizando las anotaciones en una moneda distinta del euro. En cualquier caso, sea el euro u otra divisa, la moneda en la que se realicen las anotaciones contables recibe el nombre de moneda funcional.

El propio PGC define la moneda funcional como la moneda del entorno económico principal en el que opera la empresa. Presumiéndose, salvo prueba en contrario, que la moneda funcional de las empresas domiciliadas en España es el euro, pero admitiendo la posibilidad, como ya ha quedado dicho, de que no sea así, y de que una empresa española pueda operar en un entorno en el que la moneda habitual en las transacciones no sea el euro. Tal hecho ocurre, por ejemplo, en empresas que operan en el sector petrolífero en el que la mayoría de las transacciones se realizan en dólares.

Estas empresas aplicarán la norma 11, para convertir sus cuentas anuales a euros ya que será en esta moneda, y no en la moneda funcional, en la que todas las empresas españolas deban presentar sus cuentas anuales.

Para reflejar las diferencias que se produzcan como consecuencia de las modificaciones en el tipo de cambio.

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