Contabilidad
cjguerra16 de Junio de 2014
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Niveles contables
Para el control del patrimonio del Estado, el control del presupuesto y para producir información financiera pertinente del universo institucional del sector público, la organización administrativa contable del sistema de contabilidad gubernamental, establece tres niveles de operación dentro de los cuales los organismos públicos, registran y reportan sobre las diversas transacciones que éstos realizan, estableciéndose de esta manera un conducto regular de comunicación que fluya del organismo superior al inferior y viceversa. Estos niveles contables son los siguientes:
A. Nivel nacional: Dirección de Métodos y Sistemas de Contabilidad
Es una dependencia de la Contraloría General de la República y constituye el órgano rector de la contabilidad del sector público panameño, dentro de la perspectiva de centralización normativa y descentralización operativa. La centralización implica dar orientación e integrar, desde el punto de vista de políticas, normas y procedimientos, el funcionamiento del sistema contable. La descentralización se basa, a su vez, en mantener una contabilidad a nivel institucional.
Para este propósito, la Dirección de Métodos y Sistemas de Contabilidad, cumple las siguientes funciones:
• Dictar políticas, normas y procedimientos de contabilidad de aplicación en el sector público;
• Evaluar la aplicación de políticas, normas y procedimientos de contabilidad del sector público, para su permanente actualización;
. Orientar y asesorar en materia de contabilidad a las entidades del sector público;
• Solicitar a las entidades del sector público los informes financieros necesarios, para la integración y consolidación contable;
• Integrar la información financiera de las entidades del gobierno central;
• Consolidar la información financiera del sector público; y
• Preparar los informes financieros del sector público, de acuerdo a los requerimientos de los usuarios, en las fechas establecidas en la ley, y otras disposiciones administrativas.
B. Nivel central o institucional: Oficina de Contabilidad Institucional.
En la organización contable interna, los entes del sector público pueden adoptar la estructura administrativa que mejor se ajuste a sus propias características institucionales y al grado de
Desconcentración determinado para el manejo presupuestario, financiero y patrimonial. Estas
Oficinas dependerán funcionalmente de la Dirección de Métodos y Sistemas de Contabilidad y los sistemas contables que operen, responderán a los diseños que establezca este organismo rector. En este nivel contable, se incluyen también la Dirección General de Ingresos y la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Economía y Finanzas, además de otras oficinas captadoras de recursos financieros del Tesoro Nacional.
Cualquiera que sea dicha estructura, la contabilidad debe ser considerada como el principal elemento integrador del Sistema Integrado de Administración Financiera de la institución, debiendo constituirse en el único canal de información financiera, con capacidad de producir estados financieros, información presupuestaria y complementaria oportuna y pertinente para apoyar el proceso de adopción de decisiones en la administración de la propia entidad y para el proceso de centralización y consolidación, a nivel de la Dirección de Métodos y Sistemas de
Contabilidad de la Contraloría General de la República. Para este propósito cumple las
Siguientes funciones:
• Registrar y reportar sobre las operaciones presupuestarias, financieras y patrimoniales de la institución;
• Solicitar información pertinente a las dependencias contables periféricas, para la integración contable;
• Integrar las operaciones presupuestarias, financieras y patrimoniales
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