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Cuadro Comparativo de las distintas sociedades mercantiles de México


Enviado por   •  7 de Octubre de 2021  •  Trabajos  •  1.136 Palabras (5 Páginas)  •  387 Visitas

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TECNOLÓGICO NACIONAL DE MÉXICO-CAMPUS PEROTE[pic 1]

INGENIERÍA EN GESTIÓN EMPRESARIAL

          Nombre del estudiante: Ricardo Figueroa Ramirez

 Grupo:306A

 Carrera: Ingeniería en Gestión Empresarial

 Docente: Sánchez Mota Bani

Materia: Marco Legal de las Organizaciones

 Tema: Cuadro Comparativo de las distintas sociedades mercantiles de México

 Fecha:01/10/2021

        

Sociedad anónima

Sociedad de Responsabilidad limitada

Sociedad en nombre colectivo

Sociedad en comandita simple

Sociedad en comandita por acciones

Sociedad cooperativa

Sociedad por acciones simplificada

Fundamento legal (artículos)

Artículo 87 al artículo 110. Es la que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones.

Del artículo 58 al artículo 86. Es la que se constituye entre socios que solamente están obligados al pago de sus aportaciones, sin que las partes sociales puedan estar representadas por títulos negociables, a la orden o al portador.

Del artículo 25 al artículo 50. Sociedad en nombre colectivo es aquella que existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden, de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales.

Del artículo 51 al artículo 57. Es la que existe bajo una razón social y se compone de uno o varios socios comanditados que responden, de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus aportaciones.

Artículo 207 al artículo 211. La sociedad en comandita por acciones, es la que se compone de uno o varios socios comanditados que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus acciones.

Artículo 212. Las sociedades cooperativas se regirán por su legislación especial

Del artículo 111 al artículo 141. Es aquella que se constituye con una o más personas físicas que solamente están obligadas al pago de sus aportaciones representadas en acciones.

Principales características (mínimo 3)

-La denominación social es elegida por los accionistas y debe ir seguida de las palabras “Sociedad anónima”

-El capital social está representado por acciones

-Los accionistas no pueden hacer préstamos o anticipos sobre sus propias acciones

-No pueden emitirse nuevas acciones, hasta que las anteriores se encuentren totalmente pagadas

-Tienen denominación o razón social seguidas de las letras S. de R.L, o también Sociedad de Responsabilidad Limitada.

-Ninguna sociedad de responsabilidad limitada tendrá más de cincuenta socios

-Se constituyen con 2 a 50 socios, como lo establece la Ley citada y que aportan su capital totalmente pagado por su aportación social.

-El capital social será el que se establezca en el contrato social

-Todos responden de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales

- La razón social se formará con el nombre de uno o más socios, y cuando en ella no figuren todos se añadirán las palabras y compañía o equivalentes.

- No se establece un mínimo de capital, y las reservas representan 5% de las utilidades anuales hasta reunir 20% del capital social fijo. 

- Existe un mínimo de dos socios, pero un máximo ilimitado.

-Uno o varios socios comanditados que responden subsidiaria, ilimitada y solidariamente; y uno o varios socios comanditarios con responsabilidad limitada.

- No se establece un mínimo de capital, y las reservas representan 5% de las utilidades anuales hasta reunir 20% del capital social fijo. 

- Existe un mínimo de dos socios en adelante, no tiene ningún límite de socios.

- Sociedad de carácter mercantil cuyo capital social está dividido en acciones

-Existen dos categorías de accionistas: socios colectivos y socios comanditarios

- Mínimo 2 socios, de los cuales uno al menos será socio colectivo.

-Las sociedades cooperativas se regirán por su legislación especial

- Posee persona jurídica propia, distinta de la de sus socios.

-Excepto que esté determinado en el estatuto, los socios no responderán solidariamente con su patrimonio a deudas contraídas por la sociedad.

-Todos los socios tienen derecho a un voto en las reuniones de asamblea.

-La sociedad cooperativa debe constituirse mediante una escritura pública.

-No deberán apartar utilidades para fondo de reserva

-Deberán calificar como micro y pequeñas empresas por lo que se tomara como referencia sus ingresos anuales

-No están sujetadas al requisito de escritura pública o cualquier otra formalidad

-Las modificaciones de los estatutos se realizarán a través de fedatario público

Siglas

SA

SRL

S. en N.C.

S. en C.

S. en C. por A

S. Coop.

SAS

Diferencias

-Se tiene que modificar los estatutos cada que hay un cambio en la organización y es muy costoso

-Capital social mínimo

Los accionistas son libres de determinar el valor de las acciones

Se caracteriza la Sociedad Limitada, es por la rápida puesta en marcha de su negocio, que puede iniciarse en tan solo unos pocos días

-las sociedades limitadas, por un lado, se pueden constituir por la presencia de un solo miembro, que no requiere que sea persona física, pudiendo ser también jurídica y funcionar como una Sociedad sin trabajadores

-La sociedad colectiva todos los socios poseen responsabilidad ilimitada.

-Todos los socios votan para elegir a los administradores

-El capital social, Se formará con los aportes de los socios comanditarios o con los de éstos y los de los socios colectivos simultáneamente, se denominara como acciones.

-En la aplicación de normatividad asimilada, se aplicará lo dispuesto para sociedades anónimas.

-El capital social, Se formará con los aportes de los socios comanditarios o con los de éstos y los de los socios colectivos simultáneamente, está constituido por aportes sociales.

-En la aplicación de normatividad asimilada, se aplicará lo dispuesto para sociedades limitada.

-Tiene su ley aparte

-Las personas que trabajan en ella son las que dirigen la empresa y todas participan y tienen el mismo peso en la toma de decisiones. Lo importante en las cooperativas es el factor humano.

-Brindar facilitación de estatutos de la sociedad y sencillez en el mecanismo de operación

-Se integra al expediente Electrónico Empresarial

-Podría considerarse como más propensa o vulnerable a actividades ilícita, debido a condiciones más “laxas” en las que va a operar.

-La creó el gobierno para los emprendedores

-Se puede constituir por un solo socio

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