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Cuadro Comparativo. Función Registro Mercantil


Enviado por   •  15 de Julio de 2021  •  Tareas  •  969 Palabras (4 Páginas)  •  74 Visitas

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Quién es Comerciante

Función Registro Mercantil

Aplicabilidad

Actos Mercantiles

Consideraciones para definir los actos mercantiles

Según el artículo Decreto 410 De 1971, “Son comerciantes las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles.

La calidad de comerciante se adquiere, aunque la actividad mercantil se ejerza por medio de apoderado, intermediario o interpuesta persona”.

Las personas que no generen la actividad mercantil en todo momento o solamente sean ocasionales no serán consideradas comerciantes, pero si les aplica la norma para las actividades mercantiles que realicen.

Es considero según el artículo 12 del Decreto 410 De 1971, “Toda persona que según las leyes comunes tenga capacidad para contratar y obligarse, es hábil para ejercer el comercio; las que con arreglo a esas mismas leyes sean incapaces, son inhábiles para ejecutar actos comerciales”. Lo anterior implica que para ser considerado Comerciante se debe tener capacidad para contratar y obligarse y todas las acciones mercantiles que se generen bajo esa forma serán revisadas y deberán estar basadas en la ley comercial.

La función del Registro mercantil se configura debido a que tiene por objeto según el artículo 26 del Decreto 410 De 1971, llevar la matrícula de los comerciantes y los establecimientos, así como también la inscripción de los actos, libros o documentos que sean requeridos por la ley, si es exigido previamente dicha formalidad.

Es de carácter público, por tanto, está permitido examinar los documentos o libros, tomar notas de los actos mercantiles y si es requerido también se podrá obtener copia.

La institución encargada del registro mercantil es la Cámara de Comercio y la Superintendencia de Industria y Comercio, es quién determina los libros requeridos, la forma de inscripción para el registro y todas las instrucciones requeridas.

Según lo expresado en el Decreto 410 De 1971, en su artículo primero y segundo del título preliminar: “Los comerciantes y los asuntos mercantiles se regirán por las disposiciones de la ley comercial”, “en las cuestiones comerciales que no pudieren regularse conforme a la regla anterior, se aplicarán las disposiciones de la legislación civil”.

Para reconocer la aplicabilidad a los dos grupos de personas que conforman a los actores del comercio se presenta a continuación la aplicabilidad para cada uno de ellos.

Persona Natural:

  1. Adquisición de los formularios de matrícula mercantil.
  2. Presentar en la cámara de comercio los documentos de inscripción y de identificación del empresario.
  3. Solicitar el valor de la liquidación.
  4. Obtener el certificado de matrícula mercantil.

Persona Jurídica:

  1. Elaboración de estatutos de constitución de la sociedad.
  2. Presentar ante notaria publica, el acta de la sociedad constituida.
  3. Presentar ante la cámara de comercio los siguientes documentos:
  • Los formularios de inscripción mercantil diligenciados.
  • Copia de la escritura pública de constitución de la entidad creada.
  • Documento de identidad del representante legal.
  1. Cancelar los derechos de existencia y representación de la sociedad

Se interpretan mediante las costumbres mercantiles, las cuales contienen la misma autoridad que la ley comercial, puede ser general o local y no puede contrariar lo dispuesto en la ley comercial y los hechos que den lugar a su aplicabilidad deben ser públicos, reiterados o uniformes según disposición del artículo 3 del Decreto 410 De 1971.

Se consideran actos mercantiles los siguientes, según el artículo 20 del Decreto 410 De 1971:

1) La adquisición de bienes que permitan recibir de manera recíproca beneficio económico y obligaciones

2) La adquisición de bienes muebles que permitan obtener beneficios económicos mediante su arriendo.

3) Recibir dinero que pueda ser utilizado para préstamos.

4) “El giro, otorgamiento, aceptación, garantía o negociación de títulos-valores, así como la compra para reventa, permuta, etc., de los mismos”;

5) “Las operaciones bancarias, de bolsas, o de martillos”;

6) “La explotación o prestación de servicios de puertos, muelles, puentes, vías y campos de aterrizaje”;

7) “Las empresas de seguros y la actividad aseguradora”;

8) “Las empresas de transporte de personas o de cosas”.

9) “Las empresas de fabricación, transformación, manufactura y circulación de bienes”.

10) “Las empresas de depósito de mercaderías, provisiones o suministros, espectáculos públicos y expendio de toda clase de bienes”.

11) “Las empresas editoriales, litográficas, fotográficas, informativas o de propaganda y todo lo relacionado con el medio publicitario”.

12) “Las empresas de obras o construcciones, o todo lo relacionado con el sector de la construcción.”

13) “Todas las empresas que hacen uso de los recursos naturales”.

Según lo establecido en el artículo 10 de código de comercio, se denomina como comerciantes, a las personas naturales o jurídicas que de manera profesional realizan actividades que la ley considera como mercantiles, también es considerado como comerciante, aunque esta actividad se realice por medio de un tercero o apoderado.

A continuación, relacionamos  algunas de las consideraciones indicadas en el código de comercio

1) La adquisición de bienes a título oneroso con destino a enajenarlos en igual forma, y la enajenación de los mismos.

2) La adquisición a título oneroso de bienes muebles con destino a arrendarlos; el arrendamiento de los mismos; el arrendamiento de toda clase de bienes para subarrendarlos, y el subarrendamiento de los mismos.

3) El recibo de dinero en mutuo a interés, con garantía o sin ella, para darlo en préstamo, y los préstamos subsiguientes, así como dar habitualmente dinero en mutuo a interés.

4) La adquisición o enajenación, a título oneroso, de establecimientos de comercio, y la prenda*, arrendamiento, administración y demás operaciones análogas relacionadas con los mismos.

5) La intervención como asociado en la constitución de sociedades comerciales, los actos de administración de las mismas o la negociación a título oneroso de las partes de interés, cuotas o acciones.

Estos son algunas de las acciones que el código de comercio establece como actos y operaciones mercantiles tanto para las personas naturales y jurídicas en cuanto a los actos de comercio que puedan llegar a realizar.

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