Cuáles son los requisitos para hacer deducible el consumo de combustibles?
Daniellpz04Práctica o problema9 de Junio de 2015
803 Palabras (4 Páginas)242 Visitas
el artículo 28 indica que los viáticos o gastos de viaje, en el país o en el extranjero, cuando no se destinen al hospedaje, alimentación, transporte, uso o goce temporal de automóviles y pago de kilometraje, de la persona beneficiaria del viático o cuando se apliquen dentro de una faja de 50 kilómetros que circunde al establecimiento del contribuyente.
Tratándose de gastos de viaje destinados a la alimentación, éstos sólo serán deducibles hasta por un monto que no exceda de $750.00 diarios por cada beneficiario, cuando los mismos se eroguen en territorio nacional, o $1,500.00 cuando se eroguen en el extranjero, y el contribuyente acompañe a la documentación que los ampare la relativa al hospedaje o transporte.
Cuando a la documentación que ampare el gasto de alimentación el contribuyente únicamente acompañe la relativa al transporte, la deducción a que se refiere este párrafo sólo procederá cuando el pago se efectúe mediante tarjeta de crédito de la persona que realiza el viaje.
Debemos cumplir para ello con requisitos como comprobantes que expidan residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México.
Entonces los contribuyentes que pretendan deducir fiscalmente los pagos realizados a residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México, por servicios prestados en el extranjero, podrán utilizar los comprobantes que ellos les expidan siempre que contengan, al menos, los siguientes requisitos:
• Nombre, denominación o razón social y domicilio de quien lo expide.
• Lugar y fecha de expedición, descripción del servicio que amparen y el monto total de la contraprestación pagada por dichos servicios.
• Nombre, denominación o razón social del usuario del servicio.
Dichos comprobantes, en su caso, se acompañarán de su respectiva traducción al español.
Gasolina.
1. ¿Cuáles son los requisitos para hacer deducible el consumo de combustibles?
• Ser estrictamente indispensable para los fines de la actividad, se considera que es estrictamente indispensable el combustible efectivamente adquirido para llevar a cabo los fines de su actividad durante el periodo de que se trate.
• Que el pago se efectúe mediante cheque nominativo, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, monedero electrónico de combustibles autorizado por el SAT, o transferencia electrónica de fondos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México.
• Estar amparado con factura electrónica de la estación de servicio enajenante de combustible, o bien, con factura electrónica y complemento de estado de cuenta de combustibles para monederos electrónicos que expida elemisor autorizado de monederos electrónicos de combustibles.
• Estar debidamente registrado en contabilidad y que sea restado una sola vez.
• Que el impuesto al valor agregado (IVA) se traslade en forma expresa y por separado en los comprobantes fiscales correspondientes.
Fundamento legal: Artículo 27, fracciones I, III, IV y VI de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Regla I.3.3.1.22. de la Resolución Miscelánea Fiscal 2014.
2. ¿Cómo debo pagar el consumo de combustibles para que sea deducible?
Sin importar cuál sea el monto de tu compra, debes pagar con cualquiera de los siguientes medios:
• Tarjeta de crédito, de débito o de servicios
• Transferencia electrónica de fondos desde tus cuentas abiertas en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México
• Cheque nominativo de tu cuenta bancaria
• Monedero electrónico autorizado por el SAT*
• Si pagas en efectivo
...