DECLARACION DE ACCIDENTE DEL TRABAJO.
Sandra constanzoEnsayo5 de Septiembre de 2016
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DECLARACION DE ACCIDENTE DEL TRABAJO
SANDRA CONSTANZO ZUÑIGA
LEGISLACION DE PREVENCION
IACC
22/08/16
DESARROLLO
De acuerdo al caso planteado se nos solicita:
-Determinar las causas del accidente y justificar la naturaleza laboral de este.
-Determinar las responsabilidades del empleado y del empleador en la ocurrencia del accidente.
-Registrar la información que se entrega en el formulario DIAT.
CASO
Don LUIS Retamal, Rut 9.454.403-2, domiciliado en pasaje tegualda n°67, de la comuna Santiago centro, ha trabajado más de 5 años en la empresa CIC ,ubicada en avenida san Carlos 19234, comuna de san Joaquín, esta empresa cuenta con una dotación de 200 trabajadores.
El día lunes 5 de marzo de 2012, el trabajador don Luis Retamal, ingresa a la empresa a las 8:30 horas, dirigiéndose a su puesto de trabajo, comenzando así su jornada laboral normal de trabajo.
A las 10:00 horas, desarrollando labores de corte y dimensionado de piezas metálicas en el área de dimensionado de la empresa, tomo una lamina metálica sin guantes de protección y se amputo el dedo meñique. Se constata que el trabajador al momento de efectuar la albor esa mañana no uso sus guantes de protección pues considero que le molestaban en vez de protegerlo.
ANALISIS
El accidente se produce por una acción insegura del trabajador ya que hubo exposición inadecuada del material, en este caso un segmento de una lámina de metal, sin los elementos de protección que la empresa entrega a cada trabajador.
Primero que todo se debe realizar una investigación del accidente por parte del comité paritario y el departamento de prevención de riesgos, la empresa cuenta con estos estamentos ya que posee 200 trabajadores.
Al analizar el hecho, es probable que se pueda plantear la presencia de una negligencia inexcusable del trabajador.
La ley 16.744 define como accidente laboral” toda lesión que sufra un trabajador a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte”.
CARACTERISTICAS DEL ACCIDENTE
El accidente se produce por una acción insegura por el no uso de guantes en el desempeño de sus labores.
La naturaleza del accidente se denomina asociado a sus principales características físicas; amputación, fractura, herida, lumbago, quemadura.
Entonces podríamos mencionar la amputación del dedo meñique del trabajador.
El agente corresponde al elemento que causa la lesión y en este caso corresponde a la lámina utilizada en el corte de las piezas metálicas.
RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADO
Al estar en conocimiento del artículo 70° de la ley 16.744, la investigación del accidente podría determinar una negligencia inexcusable del trabajador, por el no uso de sus EPP (guantes), sin mencionar el hecho del incumplimiento del reglamento interno donde se establecen las normas de seguridad de los trabajadores. Por lo que se podría aplicar una multa al trabajador por parte del empleador. Articulo 67° ley 16.744, por la falta de preocupación por su salud y hábitos incorrectos.
RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR
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