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DEUCIBLE O NO DEDUCIBLE


Enviado por   •  30 de Octubre de 2013  •  512 Palabras (3 Páginas)  •  346 Visitas

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¿DEDUCIBLE O NO DEDUCIBLE?

Las deducciones representaran para la empresa todos aquellos gastos erogados para la obtención de ingreso, y que sean estrictamente indispensables, se entiende que son aquellos que resultan necesarios para el funcionamiento de la empresa y sin los cuales sus metas operativas se verían obstaculizadas a tal grado que se impediría la realización de su objeto social,

De acuerdo al artículo 31, fracción XI. “En los casos de asistencia técnica, de transferencia de tecnología o de regalías, se compruebe ante las autoridades fiscales que quien proporciona los conocimientos, cuenta con elementos técnicos propios para ello; que se preste en forma directa y no a través de terceros, excepto en los casos en que los pagos se hagan a residentes en México, y en el contrato respectivo se haya pactado que la prestación se efectuará por un tercero autorizado; y que no consista en la simple posibilidad de obtenerla, sino en servicios que efectivamente se lleven a cabo”.

Por asistencia técnica se entiende de acuerdo al inciso C del articulo 4-A de la LIR la define como:” Todo servicio independiente, sea suministrado desde el exterior o en el país, por el cual el prestador se compromete a utilizar sus habilidades, mediante la aplicación de ciertos procedimientos o técnicas que sean necesarias para el proceso productivo, de comercialización, de prestación de servicios o cualquier otra actividad realizada por el usuario”

Por transferencia de tecnología se entiende que es” la transferencia de conocimiento sistemático para la elaboración de un producto, la aplicación de un proceso o la prestación de un servicio" Quienes la proporcionan son:

El Proveedor es quien provee la tecnología y el Receptor, quien recibe la tecnología.

De acuerdo al Art. 15-B del CFF: Son regalías entre otras, los pagos de cualquier clase, por el uso o goce temporal de patentes, certificados de invención o mejora, marcas de fabrica, nombres comerciales, derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas, incluidas las películas cinematográficas y grabaciones para radio o televisión, así como de dibujos o modelos, planos formulas, o procedimientos y equipos industriales, comerciales o científicos, a si como las cantidades pagadas por transferencia de tecnología o informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas, u otro derecho o propiedad familiar.

Para mi los gastos son deducibles basándome en el Articulo 31, fracción I, “Ser estrictamente indispensable para los fines de la actividad del contribuyentes”, la empresa necesito de asistencia técnica para poder incrementar su calidad y utilizo los conocimientos del proveedor, así mismo al mejorar necesito nueva tecnología para la implementación en los productos y todo

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