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Declaracion Estimada


Enviado por   •  28 de Junio de 2013  •  435 Palabras (2 Páginas)  •  442 Visitas

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¿QUÉ ES LA DECLARACIÓN ESTIMADA DE RENTAS?

Es aquella que se presenta conforme a las disposiciones reglamentarias que dicte el

Ejecutivo Nacional, referida a las rentas que el contribuyente estima obtener en el

Ejercicio en curso.

• Declaración Definitiva de Rentas Personas Naturales y Jurídicas

La declaración del ISLR de las personas naturales residentes y no residentes, se presenta dentro de los tres (3) primeros meses siguientes al cierre del ejercicio fiscal (año civil en el caso de las personas naturales no comerciantes), electrónicamente por el portal fiscal, www.seniat.gob.ve, siendo de obligatorio cumplimiento para los funcionarios públicos y trabajadores al servicio de órganos y entes públicos nacionales, estadales y municipales, así como las personas naturales y las calificadas como sujetos pasivos especiales. Sólo las personas naturales cuya determinación del ISLR arroje impuesto a pagar, podrán presentar su declaración definitiva de forma electrónica o a través de los formularios DPN-R-25 y DPN-NR-25, adquiridos en las oficinas de IPOSTEL a nivel nacional, como quedó establecido en las Providencias Administrativas Nros. 0034 y 103 publicadas en la Gaceta Oficial N° 39.171 de fecha 05/05/2009 y 39.296 de fecha 30/10/2009, respectivamente.

• El pago puede realizarse hasta en tres (3) porciones, a saber: la primera; con la presentación de la declaración, la segunda; 20 días continuos después del vencimiento del plazo para presentar la declaración y la tercera; 40 días continuos después del vencimiento del plazo para presentar la declaración, de acuerdo a lo establecido en la Providencia Administrativa Nº 1.697 publicada en la Gaceta Oficial 37.660 de fecha 28/03/2003.

La declaración del ISLR de las personas jurídicas, deberá presentarse exclusivamente de manera electrónica. En el caso de quienes se dediquen a actividades comerciales, industriales o de servicios, el ejercicio anual gravable puede ser el año civil u otro período de doce meses elegido.

El pago del monto correspondiente al impuesto, deberá hacerse en una sola porción dentro del plazo otorgado para presentar la declaración (Artículo 172 RLISLR).

SANCIONES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

El Código Orgánico Tributario, establece una sanción de 10 unidades tributarias por cada declaración que se haya dejado de presentar, multa que se incrementará en

10 unidades tributarias más por cada nueva infracción, hasta un máximo de 50 unidades tributarias.

Para el caso de las declaraciones presentadas fuera del plazo previsto en la normativa antes señalada, la multa será de 5 unidades tributarias, la cual se incrementará

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