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Departamentos y las Administraciones de Aduanas


Enviado por   •  3 de Octubre de 2012  •  418 Palabras (2 Páginas)  •  649 Visitas

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Los Departamentos y las Administraciones de Aduanas estarán a cargo de un funcionario que se denominará Jefe Departamento Administración Aduanas y Administrador de Aduanas, respectivamente .

OBLIGACIONES:

1.- Administrar la Aduana a su cargo y disponer el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias cuya aplicación esté encomendada a las Aduanas.

2.- Formular al Director Regional todas aquellas observaciones que les sugiera el Servicio Aduanero en relación a su Aduana y proponer las medidas o reformas que estime convenientes.

3.- Supervisar las actuaciones de las personas autorizadas para despachar mercancías.

4.- Ejercer autoridad directa sobre todos los empleados de su Aduana.

5.- Ordenar la instrucción de sumarios administrativos y designar, en cada caso, los fiscales que deban instruirlos.

6.- Resolver en primera instancia las reclamaciones referentes al aforo de mercancías y a la aplicación de derechos, impuestos y tasas, ajustándose a las normas señaladas por el Director Nacional y a la doctrina del Servicio.

7.- Fallar asuntos contenciosos sometidos a su conocimiento, en conformidad a la ley.

8.- Delegar en los Jefes de Unidades que estime pertinentes las facultades administrativas que se le confieren en leyes y reglamentos, cuando las necesidades del Servicio lo requieran.

9.- Prohibir o reglamentar la entrada y salida de personas de los recintos y locales en que se hagan o pueda haber actuaciones aduaneras y movilización de mercancías, sin perjuicio de las atribuciones de otras autoridades competentes.

10.- Presentar al Director Regional el proyecto de presupuesto de su Aduana.

11.- Velar por el depósito de las mercancías que se encuentran bajo custodia de su Aduana.

12.- Coordinar, según corresponda, las actividades a su cargo con las de la Dirección del Litoral y Marina Mercante, Dirección de Aeronáutica, Carabineros y Empresa Portuaria de Chile, en su respectivo ámbito de competencia a fin de armonizar las acciones que competen a dichos servicios en el tráfico aduanero.

13.- Suspender previamente, por resolución fundada, a los Despachadores de Aduana hasta por quince días, dando cuenta inmediata de ello al Director Nacional, quien atendida las circunstancias, podrá prorrogarla hasta por sesenta días.

14.- Nombrar a un funcionario de su dependencia, que recibirá el nombre de Secretario, quien se desempeñará como ministro de fe en las actuaciones administrativas.

Para incorporarse al Servicio Nacional de Aduanas se requiere reunir las condiciones generales y requisitos de ingreso señalados en la ley.

El personal que ingrese al

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