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Derecho social. Despido disciplinario


Enviado por   •  21 de Marzo de 2022  •  Informes  •  952 Palabras (4 Páginas)  •  84 Visitas

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SOCIAL 1

DESPIDO DISCIPLINARIO

SOCIAL 1 ACTIVIDAD 1 – 18/ IV/ 2.019

Plantejament del supòsit de fet:

Jordi Casas, mayor de edad, trabaja por cuenta de la empresa Construcciones Metálicas Juan, S.L., desde el 5 de octubre 2.004, mediante contrato celebrado por tiempo indefinido. Realiza las funciones propias de su categoría profesional de Oficial de Primera. Presta servicios a jornada completa (40h semanales), observando un horario de lunes a viernes de 9h a 13h y de 14h a 18h. La empresa tiene su domicilio social en la C/ Empresa, 2 de Pineda de Mar, siendo que el centro de trabajo se encuentra en la misma dirección postal. El trabajador ostenta un salario bruto mensual con inclusión de pagas extraordinarias de 1.892,83€, que se abonan mediante transferencia bancaria mensual.

El trabajador no es, ni ha sido durante el último año, representante sindical o unitario de los trabajadores, ni está afiliado a ningún sindicato.

El convenio colectivo aplicable es el convenio sectorial de la industria siderometalúrgica de la provincia de Barcelona.

El trabajador acude al despacho y te explica los siguientes hechos:

Que le han despedido mediante burofax de 10 de abril 2.019, recibido por él el mismo día. Te aporta una copia del burofax recibido y del informe de detective aportado por la empresa junto a la carta de despido.

Que hace dos días el administrador de la empresa le llamó y le citó en el centro de trabajo. Al acudir, le dijo que había sido descubierto realizando trabajos en su casa, levantando peso, y que lo podía demostrar con un informe de un detective privado. El empresario le entregó la carta de despido al trabajador -el cual no aceptó cogerla- y le enseñó el informe de detective, en el cual se podían ver fotografías del jardín del domicilio del trabajador en el que se estaban llevando a cabo unas obras (se levantaba un muro en la linde con el vecino). Ante la negativa del trabajador a recepcionar la carta, la misma fue firmada por dos testigos, si bien el empresario procedió a enviarla por burofax junto con el informe de detective.

Que al día siguiente llamó al hijo del administrador de la empresa, que también trabaja en la empresa, y éste le dijo que “lo que le molesta a mi padre es tener que estar pagándote cuando estás de baja”. Que dicha conversación telefónica la gravó sin conocimiento de su interlocutor.

Que refiere problemas de salud crónicos que ocasionan períodos de incapacidad temporal. De hecho, como se ha avanzado, cuando recibe el burofax en su domicilio se encuentra en situación de incapacidad temporal. Concretamente, el 2 de abril 2.019 causó baja por incapacidad temporal con diagnóstico: “neuritis o radiculitis dorsal o lumbosacra inespecífico”, con una duración estimada de 30 días.

Que anteriormente, también causó baja con el mismo diagnóstico en fecha 24 de octubre 2.018, con una duración estimada de 31 días.

El trabajador te aporta informe médico emitido el 5 de febrero 2.019 en el que se indica: “paciente tratado durante el período del 26/9/18 a 1/12/18 realizando 20 sesiones de rehabilitación con Diatermia profunda UHF, electro estimulación tetrapolar y fisioterapia, centrado en zona lumbar L4-L5-S1, debido a la lumbalgia aguda con radiculopatías. Recibida de la lumbalgia en fecha 31.10.2017 hasta fecha de 19.12.2017 con tratamiento de rehabilitación con Diatermia profunda UHF electroestimulación tetrapolar y fisioterapia, centrado en zona lumbar L4-L5-S2, al fin de 12 sesiones ha habido mejoría inflamatoria, aunque persisten molestias mecánicas, se recomienda realizar un progresivo a nivel A.V.D, pendiente de revisión a finales de enero 2017 cuando será estable el resultado.”

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