ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

El Kardex


Enviado por   •  11 de Julio de 2014  •  552 Palabras (3 Páginas)  •  208 Visitas

Página 1 de 3

14. El control de las disposiciones que consagran los delitos de certificación falsa y destrucción de documento militar policial

97. La demandante sostiene que son inconstitucionales los artículos 147° y 149° del CJMP, que establecen lo siguiente:

Artículo 147.- Certificación falsa

El militar o policía que expida certificación falsa en razón de la función o profesión en provecho propio o de terceros, sobre hechos o circunstancias que habiliten a alguien a obtener cargo, puesto o función o cualquier otra ventaja, siempre que el hecho atente contra la administración militar o policial, o el servicio, será sancionado con pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de ocho años, con la accesoria de inhabilitación.

Artículo 149.- Destrucción de documento militar policial

El militar o policía que destruye, suprima u oculte, en beneficio propio o de terceros o en perjuicio ajeno, documento verdadero del que no podía disponer, siempre que el hecho atente contra la administración militar o policial, o el servicio, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de seis meses ni mayor a cuatro años.

Argumentos de la demandante

98. La demandante alega que estos tipos penales no pueden ser considerados como delito de función, pues “el bien jurídico afectado es la fe pública, interés jurídico que no es propio de las Fuerzas Armadas y puede ser afectado por cualquier ciudadano, funcionario público o no”.

Asimismo, sostiene que estos tipos penales ya se encuentran previstos en los artículos 427°, 428° y 430° del Código Penal.

Argumentos del demandado

99. El demandado argumenta que los preceptos del CJMP son diferentes y están vinculados únicamente a la función militar policial que afecte gravemente al servicio militar policial, “lo que quiere decir que la falsificación de un documento que no tenga índole militar y que ocurra en una instalación militar constituye un delito común sancionada por la jurisdicción ordinaria”. El artículo 146° del CJMP, alega, se refiere estrictamente al contenido militar policial del documento y siempre que éste al ser falsificado o adulterado, afecte gravemente las operaciones militares o policiales.

Consideraciones del Tribunal Constitucional

100.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (3.5 Kb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com