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El factor de integración


Enviado por   •  22 de Noviembre de 2015  •  Tareas  •  414 Palabras (2 Páginas)  •  221 Visitas

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SALARIO MENSUAL  

CALCULAR:

Ejemplo: $9000 Mensual          -         365 / 12 = 30.4

Salario Mensual  \ 30.4 = Salario Diario

  • SD : $ 296.05

FACTOR DE INTEGRACIÓN

CALCULAR:

Multiplicar             x            El Factor de Integración             Depende de la antigüedad

SD                                                     1.0452

$ 296.05 = SDI (Salario Diario Integrado)  $ 309.43

AGUINALDO:

  • Derecho a  1 QNA de sueldo  *Solo si laboro 1 año (365 días \ 12 = MES  30.4 – QUINCENA 15.2)  

 EJ. SD X 15.2

  • Ó  En su caso la parte proporcional de los meses o días laborados.

VACACIONES

AÑOS DE SERVICIO

DÍAS DE VACACIONES

  1

6

2

8

3

10

4

12

5 A 9

14

10 a 14

16

15 a 19

18

20 a 24

20

25 a 29

22

30 a 34

24

http://www.eluniversaledomex.mx/home/enterate-como-calcular-tu-aguinaldo-.html

LFT Artículo 87. Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.
Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.

Ejemplo: Un trabajador cuya relación laboral se dio por terminada antes del 20 de diciembre, laboró 270 días en el año, teniendo un salario de $ 95 pesos diarios

Cálculo de aguinaldo: (15/365)*270*95

15(días de aguinaldo)/365(días del año)= 0.041

0.041x 270(días laborados en el año)= 11.07

11.07x 95(salario diario)=$1051.65 pesos

Parte proporcional de aguinaldo= $1051.65 pesos

Trabajadores del Estado:

Monto mínimo:

40 días de salario sin deducción alguna, después de un año laborado

Parte proporcional

Para los trabajadores que no hayan cumplido un año de servicios, tienen derecho a la parte proporcional sobre la base de 40 días

Fecha de pago:

50% antes del 15 de diciembre y el otro 50% a más tardar el 15 de enero del siguiente año.

Con información del Comité Nacional Mixto de Protección al Salario: Av. Ricardo Flores Magón 44, Col. Guerrero, México D.F. C.P 06300 - Tel. 5001-0101.

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