El viejo Sistema de verificación de riesgos..docx
JoseLuisRuizDocumentos de Investigación1 de Septiembre de 2015
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Instituto Tecnológico Superior de Felipe Carrillo Puerto
Organismo Público Descentralizado del Gobierno de Quintana Roo
Administración de la salud y la seguridad.
Ensayo
- Sistema de verificación de riesgos.
DOCENTE: M.E. Fernando Sánchez González
INTEGRANTES DEL EQUIPO:
- Arceo Avila Ingrid Noemi
- Kumul Pech Deisy Dayana
- Orozco Perez Irving Ernesto
- Ruiz Uc José Luis
6º Semestre, Ingeniería en Gestión Empresarial[pic 7]
- Sistema de verificación de riesgos.
El sistema de verificación de riesgos que forma parte de PROGRAMA DE SEGURIDAD E HIGIENE que tiene por objeto establecer las medidas necesarias de prevención de los accidentes y enfermedades de trabajo, tendientes a lograr que la prestación del trabajo se desarrolle en condiciones de seguridad, higiene y medio ambiente adecuados para los trabajadores, conforme a lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo y los Tratados Internacionales celebrados y ratificados por los Estados Unidos Mexicanos en dichas materias.
Existe debido a que los trabajadores están con frecuencia en contacto con máquinas o sustancias, las cuales pueden producir lesiones al organismo y reducir la capacidad del trabajo, de forma temporal o definitiva.
Dentro del campo de aplicación de la seguridad e higiene destacan los conceptos siguientes:
- Riesgos de trabajo. Son los accidentes y enfermedades a los que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.
- Accidente de trabajo. Es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste.
- Enfermedad de trabajo. Es todo estado patológico (enfermo) derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo, o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.
Son considerados riesgos de trabajo los accidentes (incluyendo los de trayecto) y las enfermedades de trabajo.
No se considerarán riesgos de trabajo los accidentes suscitados por alguna de las causas siguientes:
- Estado de embriaguez.
- La acción de algún psicotrópico, narcótico o droga enervante, salvo que exista prescripción suscrita por médico, y que el trabajador hubiera exhibido y hecho del conocimiento del patrón lo anterior.
- Haberse ocasionado intencionalmente una incapacidad o lesión por sí o de acuerdo con otra persona.
- La riña o intento de suicidio que ocasionaron la incapacidad o siniestro.
- Si el siniestro es resultado de un delito intencional del que fuere responsable el trabajador asegurado.
En conclusión el sistema de verificación de riesgos es evitar que las maquinas produzcan lesiones al organismo humano y evitar la discapacidad del trabajador de forma temporal o definitiva, de igual manera evitar el riesgo o accidente en el trayecto del hogar del trabajador hasta el trabajo.
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