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Enviado por   •  26 de Abril de 2015  •  1.177 Palabras (5 Páginas)  •  380 Visitas

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1. PATENTE MUNICIPAL EN COSTA RICA:

Cualquier actividad lucrativa requiere una licencia (o patente) de la municipalidad del cantón en el cual es desarrollada la actividad. Ella implica el pago de un impuesto durante el tiempo de operación (Código Municipal, Ley N° 7794, Artículo 79).

En virtud de la autonomía municipal, el trámite y requisitos para la obtención de una patente pueden variar entre una y otra municipalidad, conforme a su legislación y disposiciones administrativas. En el Anexo de esta sección, se incluye un listado de las leyes de patentes de las 81 municipalidades existentes.

Con independencia de la heterogeneidad de estos trámites para la obtención de patentes, es común que las municipalidades soliciten los siguientes requisitos.

REQUISITOS COMUNES:

Copia del permiso de funcionamiento, en los casos que proceda, según el Reglamento General para el Otorgamiento de Permisos Sanitarios de Funcionamiento del Ministerio de Salud, Decreto Ejecutivo N° 34728-S. y sus reformas.

Si la actividad es industrial, debe presentar el permiso extendido por las oficinas centrales.

Si la actividad es comercial, debe presentar el permiso extendido por la oficina local.

Clasificación del tipo de industria por el Ministerio de Salud.

El solicitante y dueño de la propiedad deben estar al día con el pago de sus impuestos municipales, por tanto usualmente se les solicita aportar las constancias respectivas.

Si es física, copia de cédula por ambos lados, extranjeros, copia completa de la cédula de residencia y si es persona jurídica debe presentar la personería jurídica de la sociedad, cédula jurídica y copia de cédula de identidad de apoderado generalísimo.

Uso de suelo o certificado de uso de suelo, que según el Artículo 28 de la Ley de Planificación Urbana y el Código Municipal, lo otorga la misma municipalidad

2. REGISTRO EN EL SEGURO SOCIAL.

Conforme con la legislación costarricense, el patrono debe contribuir al régimen de seguridad social de sus trabajadores. Para esos efectos, previamente al pago de las cuotas de seguridad social, debe inscribirse como patrono en las oficinas centrales o regionales de la CCSS.

La inscripción patronal y el aseguramiento de los trabajadores debe hacerse dentro de los ocho días siguientes a la fecha de ingreso de los empleados.

Las cargas sociales a cubrir son:

CARGAS SOCIALES RECAUDADAS POR LA CCSS MEDIANTE COBRO DE PLANILLAS.

COTIZACIONES

PATRONO (%)

TRABAJADOR (%)

REGÍMENES QUE ADMINISTRA LA CCSS

Seguro Enfermedad y Maternidad

9.25 5.50

Seguro Invalidez, Vejez y Muerte

4.92 2.67

TOTAL

14.17% 8.17%

OTRAS INSTITUCIONES

Banco Popular y de Desarrollo Comunal 1/ 0.50 1.00

Asignaciones Familiares

5.00 -

Instituto Mixto de Ayuda Social

0.50 -

Instituto Nacional de Aprendizaje 2/

1.50 -

Fondo de Capitalización 3/

3.00

Pensión Complementaria Obligatoria 4/

1.50

TOTALES

26.17% 9.17%

3. REGISTRO EN EL INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS (INS).

Conforme al Código de Trabajo, el patrono debe asegurar a sus empleados por riesgos del trabajo. Para ello debe suscribir una póliza en el Instituto Nacional de Seguros (INS). La póliza debe estar suscrita al inicio de operaciones y estar vigente durante la operación.

Para suscribir la Póliza de Riesgos del Trabajo, el interesado debe dirigirse a las Oficinas Centrales o Sucursales del INS, a una agencia comercializadora de seguros o bien a un agente de seguros autorizado. En el momento de suscribir la póliza, la empresa queda automáticamente registrada como patrono en el INS.

Una vez suscrita

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