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GUIA DE CONTABILIDAD BANCARIA


Enviado por   •  31 de Agosto de 2013  •  2.236 Palabras (9 Páginas)  •  549 Visitas

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GUIA DE CONTABILIDAD BANCARIA

1. BANCO. Son las instituciones financieras y de crédito donde se venden diferentes servicios financieros a personas morales y publico en general. Su principal función es la captación de recursos y el fomento del ahorro interno del público en general.

2. INSTITUCIONES QUE FORMAN LA BANCA DE DESARROLLO: Banca del Ejercito, Banca Nacional de Comercio Exterior, Banco Nacional de Obras y Servicios, Banco del Ahorro Nacional y servicios Financiaros, Nacional Financiera, Sociedad Hipotecaria Federal y Financiera Rural.

3. CUANTA CORRIENTE: Desde el punto de vista contable es el sustento de toda clase de operaciones bancarias en cuanto a ellas impliquen una relación de cierta duración en la cual se originen distintos cargos y abonos.

• Cuenta corriente mercantil: se caracteriza por la existencia de una relación permanente de negocios; por verificar remesas reciprocas entre las partes de manera que no se conocen inmediatamente quien resulta deudor y quien acreedor, y por último, por la absorción de las partidas individuales para integrarlas con un todo que resulta, al finalizar, la cuenta o a su corte un saldo exigible por cualquiera de ambas partes.

• Cuenta corriente bancaria: sugiere la sustracción que soporta distintas relaciones de crédito de servicios entre el banco y sus de manera que se acerca mas a la concepción contable que a la jurídica.

4. CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE BANCARIO: Es aquel por el cual como consecuencia de un deposito irregular de dinero hecho por el cliente, o de apertura de un crédito, este tiene la facultad de disponer del saldo a su favor mediante el giro de cheques o en otras formas previstas por la ley o convenidas en el banco.

5. NATURALEZA JURIDICA Y CARACTERES:

• Real: porque se perfecciona con la entrega de la suma de dinero correspondiente, en cuanto se haya estructurado sobre la base de un depósito de dinero.

• Unilateral: porque solo se derivan obligaciones para el banco, consistentes e devolver la suma de dinero y en pagar los intereses si fuera el caso.

• Oneroso y conmutativo: cuando ambas partes se derivan beneficios que pueden entenderse como equivalentes o mejor evaluarse el contenido patrimonial de los beneficios recíprocos desde el primer momento.

6. CLASIFICACION DE LOS DEPOSITOS:

POR SU NATURALEZA.

• Regular: es el deposito que se constituye en caja o sobre cerrado pues no transfiere la propiedad al depositario y su retiro queda sujeto a los términos y condiciones que se señalen en el contrato.

• Irregular: es el deposito de una suma determinada de dinero en moneda nacional en que se transfiere la propiedad a al institución depositaria y su retiro queda sujeto a diferentes términos por lo que dicha institución queda obligada a restituir la suma depositada en la misma especie.

El depósito irregular se diferencia del regular en que en el primero la institución depositaria adquiere la propiedad de la suma de dinero depositada lo que no ocurre en el segundo.

POR SU FORMA DE RETIRO.

a) En cuanto al tiempo. Los depósitos bancarios pueden retirarse de 3 formas:

• A la vista. So aquellos en que se estipula que el depositante no puede hacer el retiro cuando la institución depositaria se obliga a restituir la suma depositada en el momento en el que lo pide el depositante, si el depósito se constituye sin mención especial de plazo se entiende retirable a la vista. Pueden celebrarse en cuenta de cheques.

• A plazo. Son aquellos en que se estipula que el depositario no puede retirar la suma depositada hasta que transcurra cierto tiempo o una fecha determinada.

• Previo aviso. Cuando se estipula que el depositante solo podrá disponer de la suma depositada cuando transcurra cierto tiempo a partir de la notificación que haga a la institución depositaria.

b) En cuanto al número de depositantes. El depósito bancario de dinero puede celebrarse por uno o varios depositantes.

• Depósitos individuales. Son aquellos en que el depositante es una sola persona y no ofrece ningún problema especial, solo cabria examinar las cuestiones de capacidad y de representación para los depósitos a nombre de menores de edad o de incapacitados.

• Depósitos colectivos. Se constituyen por varias personas y pueden celebrarse de dos formas: mancomunados, en los cuales cada uno de los depositantes solo pueden retirar de la suma depositada la parte convenida; solidaria, que son aquellos en los que cualquiera de los depositantes puede retirar totalmente la suma depositada.

• Depósitos de guarda o interés. Cuando el depósito es regular el depositante recibe un servicio de la institución bancaria que debe custodiar y cuidar de la caja por este servicio, la institución depositaria exige una compensación llamada “derechos de guarda o intereses”.

En los depósitos irregulares el interesado sigue siendo el depositante puesto que es él quien solicita los servicios de la institución pero esta también obtiene una cantidad ya que como adquiere la propiedad pero esta también obtiene una utilidad ya que como adquiere la propiedad de las sumas depositadas puede invertirlas en operaciones de crédito productivas. De ahí que en estos depósitos sea la institución depositaria la que deba pagar un interés a sus depositantes.

7. APERTURA DE LA CUENTA: La institución bancaria adopta algunas precauciones en donde se identifica a la persona del contrato para comprobar su capacidad y la existencia de la persona jurídica si es el caso, mediante la documentación jurídica pertinente. Comprueba la solvencia moral y económica tomando referencias comerciales de otros establecimientos para la primera y demandándole sus edos. Financieros para la segunda operación.

8. OBLIGACIONES DEL BANCO.

a) Recibir depósitos. Cuando se crea el contrato de cta. Corriente se hace el primer depósito y así el banco adquiere la obligación de recibir los depósitos que desee hacer el cliente. Estos depósitos pueden ser: dinero, cheques, en otros títulos (titulo valores, recibos de depósitos), depósitos hechos por 3ros.

b) Facilitar los documentos necesarios. Bajo esta obligación existen dos clases de documentos:

• formularios de consignación, que son necesarios para hacer prueba de la consignación de un deposito en la cuenta,

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