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Contabilidad Bancaria


Enviado por   •  10 de Junio de 2013  •  22.275 Palabras (90 Páginas)  •  373 Visitas

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ANEXO 33

CONTENIDO

Serie A. Criterios relativos al esquema general de la contabilidad para instituciones de crédito

A - 1 Esquema básico del conjunto de criterios de contabilidad aplicables a instituciones de crédito

A - 2 Aplicación de normas particulares

A - 3 Aplicación de normas generales

A - 4 Aplicación supletoria a los criterios de contabilidad

Serie B. Criterios relativos a los conceptos que integran los estados financieros

B - 1 Disponibilidades

B - 2 Inversiones en valores

B - 3 Reportos

B - 4 Préstamo de valores

B - 5 Derivados y operaciones de cobertura

B - 6 Cartera de crédito

B - 7 Bienes adjudicados

B - 8 Avales

B - 9 Custodia y administración de bienes

B - 10 Fideicomisos

B - 11 Derechos de cobro

Serie C. Criterios aplicables a conceptos específicos

C - 1 Reconocimiento y baja de activos financieros

C - 2 Operaciones de bursatilización

C - 3 Partes relacionadas

C - 4 Información por segmentos

C - 5 Consolidación de entidades de propósito específico

Serie D. Criterios relativos a los estados financieros básicos

D - 1 Balance general

D - 2 Estado de resultados

D - 3 Estado de variaciones en el capital contable

D - 4 Estado de flujos de efectivo

A-1 ESQUEMA BASICO DEL CONJUNTO DE CRITERIOS DE CONTABILIDAD APLICABLES A INSTITUCIONES DE CREDITO

Objetivo

El presente criterio tiene por objetivo definir el esquema básico del conjunto de lineamientos contables aplicables a instituciones de crédito (las entidades).

Conceptos que componen la estructura básica de la contabilidad en las entidades 1

La contabilidad de las entidades se ajustará a la estructura básica que, para la aplicación de las Normas de Información Financiera (NIF), definió el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera, A.C. (CINIF), en la NIF A-1 “Estructura de las normas de información financiera”. 2

En tal virtud, las entidades considerarán en primera instancia las normas contenidas en la Serie NIF A “Marco conceptual”, así como lo establecido en el criterio A-4 “Aplicación supletoria a los criterios de contabilidad”. 3

De tal forma, las entidades observarán los lineamientos contables de las NIF, excepto cuando a juicio de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) sea necesario aplicar una normatividad o un criterio de contabilidad específico, tomando en consideración que las entidades realizan operaciones especializadas. 4

La normatividad de la CNBV a que se refiere el párrafo anterior, será a nivel de normas de reconocimiento, valuación, presentación y en su caso revelación, aplicables a rubros específicos dentro de los estados financieros de las entidades, así como de las aplicables a su elaboración. 5

No procederá la aplicación de criterios de contabilidad, ni del concepto de supletoriedad, en el caso de operaciones que por legislación expresa no estén permitidas o estén prohibidas, o bien, no estén expresamente autorizadas a las entidades. 6

A-2 APLICACION DE NORMAS PARTICULARES

Objetivo y alcance

El presente criterio tiene por objetivo precisar la aplicación sobre las normas particulares de las Normas de Información Financiera (NIF), así como aclaraciones a las mismas. 1

Son materia del presente criterio:

a) la aplicación de algunas de las normas particulares dadas a conocer en las NIF, y

b) las aclaraciones a las normas particulares contenidas en las NIF.

Normas de Información Financiera 2

De conformidad con lo establecido en el criterio A-1 “Esquema básico del conjunto de criterios de contabilidad aplicables a instituciones de crédito”, las entidades observarán, hasta en tanto no exista pronunciamiento expreso por parte de la CNBV, las normas particulares contenidas en los boletines o NIF que a continuación se detallan, o en las NIF que los sustituyan o modifiquen:

Serie NIF B “Normas aplicables a los estados financieros en su conjunto”

Cambios contables y correcciones de errores B-1

Utilidad integral B-4

Adquisiciones de negocios B-7

Estados financieros consolidados o combinados B-8

Información financiera a fechas intermedias B-9

Efectos de la inflación B-10

Hechos posteriores a la fecha de los estados financieros B-13

Utilidad por acción B-14

Conversión de monedas extranjeras B-15

Serie NIF C “Normas aplicables a conceptos específicos de los estados financieros”

Cuentas por cobrar C-3

Pagos anticipados C-5

Inmuebles, maquinaria y equipo C-6

Inversiones en asociadas y otras inversiones permanentes C-7

Activos intangibles C-8

Pasivo, provisiones, activos y pasivos contingentes y compromisos C-9

Capital contable C-11

Instrumentos financieros con características de pasivo,

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