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Glosario.


Enviado por   •  5 de Septiembre de 2014  •  Tesis  •  384 Palabras (2 Páginas)  •  186 Visitas

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GLOSARIO

Acciones. (Acciones de Capital). En las sociedades de capital, la participación de sus socios se representa mediante títulos negociables llamados acciones, de las que existen diferentes clases, las ordinarias o comunes y las preferenciales o privilegiadas, por lo que respecta a dividendos, votos, etc

Bienes de Capital. Acciones, bonos y bienes raíces no usados en el negocio o actividad comercial.

Capital. En el sentido económico equivale a los bienes de capital, es decir, al conjunto de bienes de producción (cantidad física más bien que valor monetario) acumulados, o riqueza representada por el excedente de la producción sobre el consumo. En otras palabras, es una abreviatura de los bienes de capital o valor de capital, especialmente aquella porción de los recursos que se ha separado con el fin de asegurar la continuidad de las actividades productivas.

Contabilidad: Es el proceso de interpretar, registrar, clasificar, medir y resumir en términos monetarios la actividad económica que acontece en una entidad.

Entidad. Una organización o una sección de una organización que, para fines contables, se distingue de otras organizaciones como una unidad económica por separado.

Sociedad. Forma de organización comercial en la cual dos o más personas se asocian con el fin de llevar a cabo actividades comerciales o profesionales para obtener ganancias particulares. Es una relación contractual a la que se aporta capital y experiencia, y las utilidades o las pérdidas se comparten sobre bases acordadas.

Sociedad Anónima. Un negocio propiedad de accionistas que inicia sus operaciones cuando el estado aprueba su escritura de constitución. Para la ley es una entidad legal, una «persona artificial» o «persona jurídica».

Sociedad mercantil. Aquélla que se somete al ordenamiento mercantil, susceptible de considerarse «comerciante colectivo» o empresario social. Tanto en el campo del Derecho civil como en el del Derecho mercantil, se entiende por contrato de sociedad aquél mediante el cual dos o más personas se obligan a poner en común bienes o servicios con el ánimo de repartirse las ganancias que se obtengan.

Socio limitado. Un socio en una sociedad limitada que tiene derechos de participación en las ganancias, pero cuya responsabilidad por las pérdidas se limita al valor que ha invertido y que no tiene derecho a participar en el manejo de la empresa. El papel de un socio limitado es el de un inversionista mas bien que el de un socio tradicional.

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