Impuestos Directo e Indirectos de IVA
iacevedenatorTarea4 de Noviembre de 2016
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[pic 1] | IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Universidad Santo Tomas Escuela Contador Público y Auditor | [pic 2] |
Trabajo Nº 1
Autores:
Ismael Acevedo León
Diego Ortiz
Profesor: Gustavo Marambio
Santiago, Chile
Año 2016
a) Nombrar dos impuestos directos y dos indirectos.
Resp:
- Impuestos Directos: Impuesto a la Renta de Primera Categoría
Impuesto Adicional
- Impuestos Indirectos: Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)
Impuesto a los Tabacos
b) Determinar para cada uno de ellos el sujeto del impuesto, la base imponible, la tasa y la oportunidad en que se pagan.
Resp:
- Impuesto a la Renta de Primera Categoría
Sujeto Pasivo: Afecta a personas naturales y jurídicas (contribuyentes de primera categoría)
Sujeto Activo: Fisco
Base Imponible: Utilidad percibida o devengada del Contribuyente (rentas efectivas y presuntas), rentas de capital.
Tasa: Para el año tributario 2016, corresponde a una tasa del 24%
Oportunidad en que se pagan: De forma anual (años tributarios), a través de formulario 22.
- Impuesto Adicional
Sujeto Pasivo: Personas Naturales o Jurídicas, sin residencia ni domicilio en Chile
Sujeto Activo: Fisco
Base Imponible: Renta atribuida, retiros, distribuciones o remesas de rentas al exterior, que sean de fuente chilena.
Tasa: Para el año 2016, corresponde a una tasa del 35%
Oportunidad en que se pagan: De forma anual (años tributarios), a través de formulario 22.
- Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)
Sujeto Pasivo: Contribuyente que queda afecto a dicho Impuesto
Sujeto Activo: Fisco
Base Imponible: Base imponible de ventas y servicios según lo establece el DL Nº 825
Tasa: Para el año 2016, corresponde a una tasa del 19%
Oportunidad en que se pagan: Mensualmente por medio del formulario 29
- Impuesto a los Tabacos
Sujeto Pasivo: Contribuyente que queda afecto a dicho Impuesto
Sujeto Activo: Fisco
Base Imponible: Sobre el precio de las venta, incluido impuestos.
Tasa: Vigentes, según detalle:
_ Los cigarros puros pagan un impuesto de 52,6% sobre su precio de venta al consumidor, incluido impuestos.
_ El tabaco elaborado, sea en hebras, tableta, pastas o cuerdas, granulados, picadura o pulverizado, paga 59,7%; sobre su precio de venta al consumidor, incluido impuestos.
_ El impuesto a los cigarrillos se estructura en base a un impuesto específico de 0,0010304240 UTM por cigarrillo y un impuesto de 30% sobre el precio de venta al consumidor, incluido impuestos, por paquete.
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