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LA FLECHA CASO PRACTICO


Enviado por   •  28 de Noviembre de 2018  •  Prácticas o problemas  •  463 Palabras (2 Páginas)  •  130 Visitas

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Caso práctico[pic 1]

Cooperativa La Flecha

DESARROLLO

  1. Indica quién tiene que realizar el estudio de seguridad y salud, así como tipo de estudio y las partes que debe contener. Especifica qué contenido debe tener cada parte.

Revisando el RD 1627/1697 en el art 4 que se indica sobre la obligatoriedad del estudio de la seguridad y salud en las obras. Nos dice que es OBLIGATORIO cuando :

-El presupuesto de ejecución de la obra sea igual o superior a 75 millones de pesetas (450.759,08 €).

-Cuando la duración es mayor a 30 días laborables , empleándose más de 20 trabajadores simultáneamente.

- En obras de túneles , galerías , presas y conducciones subterráneas.

Los responsables de realizar el estudio es COOPERATIVA LA FLECHA.

El contenido que debe poseer nos guiamos  a partir el art 5 del RD 1627/1697 que nos indica que como mínimo debe poseer:

[pic 2]

  1. Indica quién tiene que realizar el plan de seguridad y salud. Igualmente especifica qué debe hacerse con dicho documento.

Revisando el art 7 del RD 1627/1697 nos hace referencia es dicho plan es responsabilidad del contratista , en este caso seria de ARROYO SL.

Este plan será aprobado antes del inicio de la obra por coordinador en materia de seguridad y de salud de la misma forma este plan podre ser modificado por el contratista según se vaya ejecutando la obra. El plan se encontrara en la obra y a disposición permanente de la dirección facultativa ,empresas que están interviniendo , técnicos de seguridad y representantes de los trabajadores.

  1. Señala los incumplimientos detectados en esta obra de construcción.

El incumplimiento mas notorio que tenemos dentro de la obra es que no se lleva un LIBRO DE INCIDENCIAS , como nos indica el art13 del RD 1627/1697 este libro poseerá hojas por duplicado , el mismo que deberá estar siempre en la obra y en poder del coordinador en materia de seguridad y salud ; tendrán acceso al mismo la dirección facultativa ,contratistas y subcontratistas , trabajadores autónomos , técnicos de los órganos especializados en materia de seguridad y salud en el trabajo de las Administraciones públicas competentes, y representantes de los trabajadores ,quienes podrán ser anotaciones en el mismo.

El trabajador autónomo no puede subcontratar a más trabajadores.

Las empresas no se encuentran en el registro de empresas acreditadas como solicita el LEY 32/2006.

No existe un estudio de seguridad y salud el mismo que debe darse antes de dar inicio a la obra.

BIBLIOGRAFÍA.

Real Decreto 1215/1997 por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Boletín Oficial del Estado. Madrid,25 de octubre de 1997.

Ley 32/2006 reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción. Boletín Oficial del Estado. Madrid,19 de septiembre de 2006.

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