LOS IMPUESTOS
williamlojiz19 de Junio de 2013
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DESARROLLO DEL TEMA:
La retención en la fuente es el cobro anticipado de un impuesto, que bien puede ser el impuesto de renta, a las ventas o de industria y comercio, y por ser un pago anticipado de un impuesto, ésta se puede descontar en la respectiva declaración, ya sea de Iva, de Renta o de Ica, de esta forma la retención en la fuente comprende elementos como el sujeto pasivo, que es la persona a la que se le debe retener, el agente de retención que es la persona obligada a practicar la retención, el concepto de retención que es el hecho económico que se realiza y está sometido a retención, la tarifa que es el porcentaje que se aplica a la base de retención, y la base de retención es el valor o monto sujeto a retención, igualmente es importante conocer que la retención en la fuente es diferente para cada impuesto. Existe la retención en la fuente por renta, IVA e ICA, y su aplicabilidad depende de las leyes que establezca el gobierno nacional, por lo que conocemos algunas leyes tales como la 1429 del 2010 que indica que no serán sujetos a retención en la fuente aquellas pequeñas empresas durante los 5 primeros años de funcionamiento, la ley 1430 del 2010 que indica que las declaraciones se deben presentar con pago total y ya no es necesario presentarlas en ceros y la ley 1450 del 2010 que se refiere a la retención en la fuente de personas independientes.
LEY 1429 DEL 2010
Las pequeñas empresas que se acojan a los beneficios contemplados por el artículo 4 de la ley 1429 de 2010, no se les practicará retención en la fuente por el tiempo que las cobije el beneficio. El artículo 4 de la ley 1429 de 2010, prevé la progresividad en el pago del impuesto de renta y complementarios para los primeros 5 años de funcionamiento de la empresa.
Respecto a la retención en la fuente, el parágrafo 2 del artículo 4 de la ley 1429 dice:
Los titulares de los beneficios consagrados en el presente artículo no serán objeto de retención en la fuente, en los cinco (5) primeros años gravables a partir del inicio de su actividad económica, y los diez (10) primeros anos para los titulares del parágrafo 10.
Para el efecto, deberán comprobar ante el agente retenedor la calidad de beneficiarios de esta ley, mediante el respectivo certificado de la Cámara de Comercio, en donde se pueda constatar la fecha de inicio de su actividad empresarial acorde con los términos de la presente ley, y/o en su defecto con el respectivo certificado de inscripción en el RUT.
Esto supone un poco más de trabajo para el agente de retención quien tendrá que verificar que efectivamente el beneficiario del pago sí está cobijado por los beneficios contemplados por el artículo 4 de la ley 1429 de 2010.
LEY 1430 DEL 2010
Las nuevas medidas se deben aplicar a partir de la declaración del periodo diciembre de 2010 que se presentaría durante enero de 2011. Las declaraciones se deben presentar con pago total y ya no es necesario presentarlas en ceros.
La Reforma tributaria introducida a través de la Ley 1430 de diciembre 29 de 2010efectuó varios e importantes cambios relacionados con el proceso de presentación y pago de las Declaraciones mensuales de Retenciones en la fuente administradas por la DIAN.
Todos los cambios que se efectuaron consistieron en modificar normas que hacen parte del Libro V del Estatuto Tributario (Procedimiento Tributario; artículos 555 hasta 869) razón por la cual aplican desde la presentación y pago de la declaración de Retención en la fuente del periodo diciembre de 2010 que se estarán presentando durante Enero de 2011
LEY 1450 DEL 2010
La retención en la fuente aplicable a trabajadores independientes desde la entrada en vigencia de la ley 1429 de 2010, ha sido modificada por la ley 1450 de junio 16 de 2011, misma ley que desarrolla el plan nacional de desarrollo 2010-2014.
El
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