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La Economía Social


Enviado por   •  30 de Marzo de 2013  •  2.540 Palabras (11 Páginas)  •  277 Visitas

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Qué son

los derechos humanos

"Los Derechos Humanos son prerrogativas que de acuerdo al derecho

internacional, tiene la persona frente al Estado para impedir que éste

interfiera en el ejercicio de ciertos derechos fundamentales, o para obtener

del Estado la satisfacción de ciertas necesidades básicas y que son

inherentes a todo ser humano por el mero hecho de ser humano."

"Los Derechos Humanos son un conjunto de principios, de aceptación

universal, reconocidos constitucionalmente y garantizados jurídicamente,

orientados a asegurar al ser humano su dignidad como persona, en su

dimensión individual y social, material y espiritual."

Características de los derechos humanos

La integralidad de los derechos humanos

Declaración Universal de los Derechos Humanos

Cómo defender los derechos humanos

El derecho a la tierra: aspectos conceptuales y estrategias para su defensa

Características de los derechos humanos

Entre las características propias de los Derechos Humanos, tenemos:

Los Derechos Humanos son innatos o inherentes

Todas las personas nacemos con derechos que nos pertenecen por nuestra

condición de seres humanos. Su origen no es el Estado o las leyes, decretos

o títulos, sino la propia naturaleza o dignidad de la persona humana. Por

eso cuando una ley viola los derechos humanos se la considera nula (sin

valor) porque va contra la misma naturaleza humana.

Los derechos humanos son universales

Todas las personas: mujeres, hombres, niños y niñas tenemos derechos. Por

eso no importa la raza, el sexo, la cultura o la religión que tengamos;

tampoco importa la nacionalidad o el lugar en que se viva. Cada persona

tiene la misma dignidad y nadie puede estar excluído o discrimado del

disfrute de sus derechos. Es así que tienen los mismos derechos tanto un

niño como una niña, un indígena como un campesino, una mujer como un hombre,

un árabe como un chino, un colombiano como un venezolano, un musulmán como

un cristiano, un negro como un blanco, un pobre como un rico, un delincuente

o corrupto como una persona honesta.

Los derechos humanos son inalienables e intransferibles

La persona humana no puede, sin afectar su dignidad, renunciar a sus

derechos o negociarlos. Tampoco el Estado puede disponer de los derechos de

los ciudadanos. Se entiende que en situaciones extremas algunos derechos

pueden ser limitados o suspendidos, pero nunca alienados (eliminados,

extinguidos).

Ejemplificaremos esto con dos situaciones típicas que se dan en Venezuela.

Por un lado, el que por determinadas circunstancias se suspendan las

garantías constitucionales no implica que desaparezcan o estén extinguidos

los derechos, sino que por un lapso de tiempo limitado y dentro de las

razones que originaron la suspensión, las formas de protección están sujetas

a restricciones; sin embargo, el derecho a la vida, a no ser torturado, ni

incomunicado, siguen vigentes.

Por otro lado, el derecho a la participación política que contempla la

elección de nuestros gobernantes, el control de sus acciones, la

participación en la toma de decisiones, entre otras cosas, no implica que

negociemos nuestro derecho con el político o partido político de nuestra

elección. Cuando votamos no transferimos a los elegidos nuestro legítimo

derecho a participar políticamente en la vida del país. En realidad lo que

hacemos es delegar en representantes la responsabilidad de llevar adelante

nuestro mandato, ideas o propuestas, lo que es muy diferente a otorgarles o

transferirles nuestro derecho a participar libre y abiertamente.

Los derechos humanos son acumulativos, imprescriptibles o irreversibles

Como la humanidad es cambiante, las necesidades también, por ello a través

del tiempo vamos conquistando nuevos derechos, que una vez alcanzados forman

parte del patrimonio de la dignidad humana. Una vez reconocidos formalmente

los derechos humanos su vigencia no caduca (es decir, no vence nunca), aún

superadas las situaciones coyunturales que llevaron a reivindicarlos. En

1863 fue abolida la pena de muerte en nuestro país, desde entonces el

derecho a la vida está garantizado en la Constitución, por lo que bajo

ninguna circunstancia puede permitirse que la pena de muerte sea

restablecida.

Los derechos humanos son inviolables

Nadie puede atentar, lesionar o destruir los derechos humanos. Esto quiere

decir que las personas y los

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