Manual De Exportaciones
alejandra22126 de Enero de 2013
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MANUAL DE EXPORTACIONES E IMPORTACIONES.
CONCEPTO DE EXPORTACION.
A las exportaciones se las puede definir como la venta de bienes y servicios de un país al extranjero; es de uso común denominar así a todos los ingresos que recibe un país por concepto de venta de bienes y servicios, sean estos tangibles o intangibles. Los servicios tangibles corresponden generalmente a los servicios no factoriales tales como, servicios por transformación, transportes diversos, fletes y seguros; y los intangibles corresponden a los servicios, como servicios financieros que comprenden utilidades, intereses, comisiones y algunos servicios no financieros. Salida de mercancías y de otros bienes, por la frontera aduanera de un país, incluidas las compras directas en el interior del país, efectuadas por las organizaciones extraterritoriales y las personas no residentes.
CONCEPTO DE IMPORTACION.
Bajo concepto de importación debe entenderse la acción de ingresar bienes y/o mercaderías procedentes de otros países con distintos fines, (comerciales, particulares, etc.) necesarios para el desarrollo industrial de un país o personal de los ciudadanos de ese país. También con fines comunitarios y de ayuda ante catástrofes naturales o guerras.
¿COMO SABER SI ESTOY LISTO PARA EXPORTAR?
Para saber si estoy listo para expandir mí mercando a través de las exportaciones debemos realizarnos y contestar las siguientes preguntas.
• ¿Qué es lo que quiere obtener mi empresa al exportar?
• ¿Qué tanto demandara la exportación de los recursos claves en mi empresa: Administración, personal, capacidad de producción y financiamiento?
• ¿Cómo afrontara mi empresa esta demanda?
• ¿Valdrá la pena la inversión requerida para los beneficios esperados?
MARCO JURIDICO DE EXPORTACIONES E IMPORTACIONES
Al momento de realizar cualquier exportación o importación se deben tener en cuenta los siguientes ámbitos:
• Las leyes de exportaciones e importaciones del país- Los reglamentos de la organización encargada de exportaciones o importaciones (En Ecuador es la CAE)
• Los tratados internacionales de comercio con el país a donde vamos a exportar o importar, por ejemplo la C AN
• Las normas de regularización del país al cual vamos a exportar, por ejemplo normas sanitarias
• Los planes de Gobierno del país al cual se exporta o del cual se importa, por ejemplo Plan Nacional de Desarrollo del 2010
• Los decretos ejecutivos impulsados por el gobierno- Los acuerdos con los sectores comerciales.
REQUISITOS PREVIOS A LA EXPORTACION
Para comenzar una exportación sea cual fuere el producto hay tomar en consideración los siguientes puntos que se detallaran a continuación:
a) Registro de Exportadores.
Como requisito previo al inicio del trámite de importación o exportación, todas las personas naturales o jurídicas deberán estar registradas en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), constar en estado activo con autorizaciones vigentes para emitir comprobantes de ventas y guías de remisión, constar como contribuyente "ubicado" y estar en la lista blanca determinada en la base de datos del Servicio de Rentas Internas (SRI).
b) Contratación de exportación.
Este contrato es de gran utilidad en lo que se refiere a la negociación del producto hacia el exterior, básicamente este documento encierra la normativa internacional válida que trata, entre otros temas, los siguientes: Elaboración del contrato Obligaciones del vendedor Obligaciones del comprador Traspasos de los riesgos etc. Estos temas harán del negocio realizado un acto de cordialidad con cuentas totalmente claras especificadas en el contrato, evitando de esta manera confusiones y alteraciones en las relaciones entre el vendedor y comprador
TRAMITE DE EXPORTACIÓN
Las exportaciones en el Ecuador pagan tasas por servicios aduaneros y la cuota de Corpei.
Formulario Único de Exportación (F.U.E)
Todas las exportaciones deben presentarse en la Declaración Única de Exportación o Formulario Único de Exportación (F.U.E.) y llenarlo según instrucciones contenidas al reverso del referido documento para obtener la aprobación en los bancos corresponsales del Banco Central del Ecuador de la ciudad donde se trasmita la exportación.
En caso de realizarse vía electrónica, se utilizará la Declaración Aduanera Única de Exportación, cumpliendo con los requisitos indicados en la página Web de la Corporación Aduanera Ecuatoriana. Documentos a presentar.
Formulario a presentar único de exportación (F.U.E.) con visto bueno aprobado por un banco corresponsal autorizado, con cuatro copias reducidas del mismo, debiendo constar el número de RUC, en caso de ser exportadores habituales, o el de cédula cuando son exportadores ocasionales.- Factura comercial original y cinco fotocopias- Autorizaciones previas (cuando el caso lo amerite)
TRAMITE
El Trámite de una exportación al interior de la aduana comprende dos fases:
Primera Fase.-El propietario consignatario o consignante, en su caso, personalmente o a través de un Agente de Aduana, presentará en la Declaración Aduanera Única de Exportación o Formulario Único de Exportación (F.U.E.), la declaración de las mercancías destinadas al extranjero, en la que se señalará el régimen aduanero al que se someterán. En las exportaciones, la declaración se presentará en el departamento de Exportaciones del Distrito Aduanero, desde siete días antes hasta quince días hábiles siguientes al ingreso de las mercancías a la zona primaria aduanera, con los documentos de acompañamiento mencionados.
Segunda Fase.-Con la documentación aprobada se realizará la exportación definitiva y se regresa al mismo departamento, incluyendo el documento de embarque (conocimiento de embarque, guía aérea o carta porte) con cuatro copias certificadas. El Departamento de Exportaciones procede a comprobar la información de la Declaración Aduanera Única de Exportación o Formulario Único de Exportación (F.U.E.), comparándola con los datos de factura comercial y los datos de documento de embarque, luego de lo cual realiza la aprobación y cancelación definitiva de la Declaración Aduanera Única de Exportación o Formulario Único de Exportación (F.U.E.), con el refrendo de la aduana y se entrega al exportador la copia correspondiente de la Declaración Aduanera Única de Exportación o Formulario Único de Exportación (F.U.E.).Es necesario indicar que ciertos productos exportables, por su naturaleza, necesitan de autorización previa o están sujetos a cuotas u otros mecanismos; lo que el usuario, previo a realizar una exportación, debe conocer si su mercancía tiene que cumplir estos requerimientos.
REQUISITOS PREVIOS A LA IMPORTACIÓN
Antes de importar debe realizar los siguientes pasos: Obtención del Registro Único de Contribuyente (RUC) que expide el Servicio de Rentas Internas (SRI).
Regístro como importador ante la Aduana del Ecuador, ingresando en la página: www.aduana.gob.ec, link: OCE´s (Operadores de Comercio Exterior), menú: Registro de Datos. Una vez aprobado su registro, usted podrá acceder a los servicios que le brinda el Sistema Interactivo de Comercio Exterior (SI CE).
Dentro del SICE, registre su firma autorizada para la Declaración Andina de Valor (DAV), opción: Administración, Modificación de Datos Generales.
Una vez realizados los pasos anteriores, ya se encuentra habilitado para realizar una importación; sin embargo, es necesario determinar que el tipo de producto a importar cumpla con los requisitos de Ley. Esta información se encuentra establecida en las Resoluciones Nº. 182, 183, 184 y 364 del Consejo de Comercio Exterior e Inversiones (COMEXI), www.comexi.gov.ec, link: Resoluciones.
Buscar la asesoría y servicios de un Agente de Aduana de su confianza, quien realizará los trámites de desaduanización de sus mercancías. El listado de Agentes de Aduana autorizados se encuentra en la página web de la aduana: www.aduana.gob.ec
TRAMITE DE IMPORTACIÓN
El Agente de Aduana debe realizar la Declaración Aduanera Única (DAU); enviarla electrónicamente a través del SI.
CE, y presentarla físicamente en el Distrito de llegada de las mercancías; adjuntando los siguientes documentos exigidos por la Ley Orgánica de Aduanas (LOA):
• Original o copia negociable del Documento de Transporte.
• Factura Comercial.
• Declaración Andina de Valor (DAV).
• Póliza de seguro.
Dependiendo del tipo de producto a importar, también se requerirá. (Verifique la partida ingresando al SICE):
• Certificados de Origen de los países con los que el Ecuador mantiene acuerdos comerciales. En caso de no presentar dicho certificado el producto no podrá acogerse a la liberación arancelaria.
• Documentos de Control Previo (puede ser al embarque o a la presentación de la declaración aduanera), exigidos por regulaciones del COMEXI y/o del Directorio de la Aduana del Ecuador.
• Una vez aceptada la transmisión electrónica de la Declaración Aduanera Única (DAU) en el SICE, se determinará el canal de aforo mediante la aplicación de criterios de análisis de riesgo; pudiendo ser este: físico, documental, o automático- Según la LOA: ³En las importaciones, la declaración se presentará en la Aduana de destino, desde 7 días antes, hasta 15 días hábiles siguientes a la llegada de las mercancías´. De no presentar la DAU dentro de este plazo, sus mercancías caerán en abandono tácito.
• Para aminorar el tiempo de desaduanización de
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