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Marco Regulatorio para la convergencia a estándares internacionales de contabilidad, información financiera y aseguramiento de la información en Colombia.


Enviado por   •  8 de Noviembre de 2016  •  Ensayos  •  437 Palabras (2 Páginas)  •  146 Visitas

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Marco Regulatorio para la convergencia a estándares internacionales de contabilidad, información financiera y aseguramiento de la información en Colombia.

Con la expedición de la ley 1314 del 1 de julio de 2009 se busca la regulación de los principios y normas de contabilidad e información financiera y aseguramiento de la información aceptada en Colombia, a continuación se detalla los principales aspectos de esta norma, a saber:

  1. Objetivos  de la ley 1314/2009 –Ver Artículos 1,3 y 5-, son entre otros: Mejorar la productividad, mejorar la competitividad, desarrollar armónicamente la actividad empresarial y apoyar la internacionalización de las relaciones económicas con observancia de los principios de: Equidad, reciprocidad y conveniencia nacional.
  2. Los estándares que se deben tomar como referencia para convergencia, deben ser –Ver el Artículo 1- Estándares Internacionales, que permitan las mejores Prácticas y permitir la evolución de los negocios.
  3. Las Personas que deben aplicar la ley 1314/2009 son –Ver Articulo 2.- son: las personas naturales y jurídicas obligadas a llevar contabilidad, atendiendo criterios señalados en la ley que propician un modelo de escalabilidad, Contadores y demás personas encargadas de la preparación y aseguramiento de información financiera y quienes sin estar obligados a observar esta ley, pretendan hacer valer su información como prueba.
  4. La ley 1314/2009  No se aplica a – Ver Articulo 1- Las cuentas Nacionales, a la contabilidad presupuestaria, a la contabilidad financiera gubernamental y a la contabilidad de Costos
  5. Las disposiciones Fiscales únicamente producen efectos fiscales –Ver Articulo 4-, es decir, sobre las declaraciones tributarias y los soportes según la legislación fiscal, las normas contables solo tienen efectos impositivos por remisión expresa o por ausencia de regulación.
  6. Las Autoridades que rigen la profesión contable según la ley 1314/2009 –Ver Artículos 6, 7, 8, 9,10 y 11- son: las autoridades de regulación entre las cuales se nombre al Presidente de la Republica como el encargado de la Dirección y luego la ejecución está a cargo de los ministerios de Hacienda y crédito Público y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Por su parte el área de Normalización Técnica estará a cargo del Consejo Técnico de la contaduría Público. Para el aspecto Supervisión será ejercido por las entidades estatales que ejerzan las funciones de inspección, vigilancia y control y por último el tópico disciplinario y órgano de registro de la profesión estará a cargo de la junta central de contadores.
  7. Debe Existir Coordinación entre las entidades Públicas u órganos que intervienen en la convergencia de las normas internaciones –Ver Articulo 12-, que permita garantizar que las normas de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de la información sea homogéneas, consistentes y comparables.

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