Menciona los dos tipos de provisiones previstas por el PGC para operaciones
alala12345Apuntes14 de Mayo de 2018
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1. Menciona los dos tipos de provisiones previstas por el PGC para operaciones
comerciales.
- Las derivadas de contratos onerosos.
- Las derivadas de otras operaciones como garantías, devoluciones, etc. Que la empresa debe
prever en base al histórico de las operaciones.
2. ¿Qué es el Patrimonio Neto y cuáles son sus componentes?
Es la diferencia entre el activo y el pasivo, se encuentra en la aportación del sujeto jurídico a la
empresa y la obtención de excedentes como consecuencia de su actividad productiva. Por tanto,
capital y resultados son los componentes principales del neto.
3. ¿Cuál es la diferencia entre un préstamo y un empréstito?
- Un empréstito es más grande (las cantidades monetarias son mayores) que en un préstamo
normal y corriente.
- El interés de un empréstito suele ser más bajo que el que suele ofrecer un banco estándar.
- En el caso de un empréstito, cabe la posibilidad de solicitar la cantidad monetaria a una
multitud de prestamistas. En cambio, en el préstamo, se suele pedir a una sola entidad.
4. ¿Qué fines persigue una empresa a la hora de realizar una inversión?
La obtención de un rendimiento periódico, la obtención de ganancias en operaciones de
especulación y conseguir una determinada influencia o bien el control de otras entidades.
5. Provisiones y Contingencias. Definición y diferencias
a) Las provisiones son pasivos no financieros que son indeterminados en su importe o en la
fecha de cancelación. Son pasivos que cumplen con los requisitos para su contabilización:
- Deben ser obligaciones, que para que se cancelen la empresa deberá desprenderse de
recursos.
- Esta cesión de recursos debe ser probable y el importe (indeterminado) debe poder
valorarse con fiabilidad.
b) Las contingencias se definen como activos o pasivos (contingentes) posibles, pero al no
cumplir con el requisito de “probabilidad” no deben ser registrados. Sin embargo, se debe
mencionar en la memoria su naturaleza, posible evolución y valoración.
6. ¿Qué dice el artículo 214 LSA sobre la aplicación del resultado en caso de beneficios?
En todo caso una cifra igual al diez por ciento del beneficio se destinará a la Reserva Legal hasta
que ésta alcance, al menos, el veinte por ciento del capital social". Se trata de una reserva que
sólo puede ser aplicada a la compensación
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