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Microeconomia

feernandito2312 de Diciembre de 2013

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INTRODUCCION

ORGANISMO PARAESTATAL

Es un organismo, que por delegación del Estado, coopera a los fines de este sin formar parte de la Administración Pública. Es decir, sus propósitos y resultados políticos, sociales y económicos vienen formando parte de la regulación del país por parte del Estado, y sin embargo no es el propio gobierno quien rige dicha empresa. (Las paraestatales más conocidas son PEMEX, Comisión Federal de Electricidad)

ORGANISMO DESCENTRALIZADO

Entidad paraestatal que cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio, constituida con fondos o bienes provenientes de la administración pública, cuyo objetivo es la prestación de un servicio público o social, la explotación de bienes o recursos propiedad del Estado, consiste en el traspaso de poder central hacia autoridades que no le están jerárquicamente subordinadas.

QUE SON LAS EMPRESAS PARAESTATALES

Estas Empresas son propiedad mayoritaria total del estado y funcionan como empresas privadas, contando con personalidad jurídica y patrimonios propios. Están vinculadas al Estado, que les proporciona la mayor parte o totalidad del capital, según sea el caso. No son organismos descentralizados.

Deben cumplir los siguientes criterios:

A) Que el gobierno federal o una, o más entidades Paraestatales, conjunta o separadamente, aporten o sean propietarios de más del 50% del capital social.

B) Que, en la constitución de su capital, se hagan figurar títulos representativos de capital social de serie especial que solo puedan ser suscritas por el gobierno federal.

C) Que el gobierno federal tenga las facultades de nombramiento de la mayoría d ellos miembros del órgano de gobierno o su equivalente; o la designación del presidente o director general; o la de Veto de los acuerdos del órgano de gobierno.

La ley considera como empresas asimiladas a las e participación estatal mayoritaria a ciertas modalidades de sociedades civiles o asociaciones civiles, si la mayoría de sus socios o asociados son "dependencias" o entidades de la administración pública federal o servidores públicos federales que participen en razón de sus cargos, o cuando alguna o varias de ellas realicen las aportaciones económicas preponderantes.

Empresa que, por delegación del Estado, coopera a los fines de este sin formar parte de la Administración Pública en sí. Es decir, sus propósitos y resultados políticos, sociales y económicos vienen formando parte de la regulación del país por parte del Estado, y sin embargo no es el propio gobierno quien rige dicha empresa. Por esto, el término paraestatal en sí significa paralelo al estado, lo cual no debe confundirse con la gubernamentalizad total, como es el caso de las secretarías y comisiones nacionales.

El objetivo de todo organismo paraestatal es la prestación de un servicio público o social, la explotación de bienes o recursos propiedad de la nación, la investigación científica y tecnológica y la obtención o aplicación de recursos para fines de asistencia o seguridad social.

A medida que el Estado aborda cometidos industriales y comerciales, para sustituir la iniciativa privada en renglones que a esta no le interesan, surge el llamado sector paraestatal. Mediante algunas entidades paraestatales, la administración pública habrá de realizar tareas productivas, sin sujetarse a la estricta relación que se deriva del poder jerárquico e impidiéndole agilidad a su actuación.

FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES

La fundamentación constitucional de la empresa pública se halla en los artículos 28, 73, 90 y 123 de la Ley Suprema

Entre las empresas paraestatales más conocidas están:

Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA)

Banco Nacional de Crédito Rural, S.N.C. (BANRURAL)

Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C. (BANJERCITO)

Bolsa Mexicana de Valores, S.A. de C.V

Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica (CONALEP)

Comisión Federal de Electricidad (CFE)

Petróleos Mexicanos (PEMEX)

Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF)...etc.

La Ley que regula a las empresas Paraestatales a nivel Federal es la Ley de Reglamentos Paraestatales contando también con su el Reglamento de Entidades Paraestatales.

EMPRESAS DE PARTICIPACION ESTATAL

* Empresas de participación estatal: son instituciones en las que el gobierno federal es propietario de más del 50% del capital, en cuya constitución deben figurar acciones de serie especial que sólo el gobierno federal puede suscribir, teniendo además la facultad de nombrar funcionarios responsables de su operación, así como de vetar acuerdos de la Asamblea de Accionistas, del Consejo de Administración o del órgano de dirección correspondiente.

El volumen de empresas en las cuales, mayoritaria o minoritariamente, tiene participación el gobierno federal, ha originado que para su mejor control, se clasifiquen en:

1. Sujetas a control presupuestal. Son empresas que por su participación en la economía del país, se consideran prioritarias y que los recursos totales que administran son muy elevados, justificando su control individual y específico en los presupuestos públicos.

2. No sujetas a control presupuestal. Son empresas que, comparativamente, manejan menos recursos y que representan un volumen muy elevado, difícil de controlar en lo individual. De acuerdo a sus actividades, se adscriben sectorialmente a las Secretarías de Estado correspondiente.

* Fideicomisos públicos: son organismos creados por el gobierno federal a través de los cuales, siguiendo la figura del fideicomiso en los que dichos organismos actúan como fiduciarios, canaliza recursos para dar apoyo vía crédito para el desarrollo de ciertas actividades que de otra manera se estancarían por no tener acceso a créditos normales. Estos fideicomisos también operan para ejecutar ciertas actividades prioritarias y específicas que el propio gobierno desarrolla a través de estos instrumentos.

* Instituciones nacionales de crédito: organizaciones nacionales de crédito e instituciones nacionales de seguro y fianzas. Existen actividades ubicadas en los diferentes sectores económicos del país, en las cuales por sus características, el gobierno federal ha considerado necesario e indispensable su participación, bien sea para dar apoyo a los sectores o para regular la actividad económica del país (Banca de Desarrollo).

EMPRESAS DE PARTICIPACION MAYORITARIA

Se denomina así a las instituciones o personas morales en las que el Gobierno Federal, una o más entidades paraestatales consideradas conjunta o separadamente, posean acciones que representen el 50 por ciento o más del capital social. Dentro de estas empresas el Gobierno Federal puede ejercer los siguientes derechos: suscribir en forma exclusiva acciones de serie especial; nombrar a la mayoría de los miembros del órgano de gobierno que se determine

y facultad de veto a los acuerdos de dicho órgano y de la asamblea general de accionistas. Estas empresas tienen por objeto la atención de áreas prioritarias, particularmente la satisfacción de los intereses nacionales y las necesidades populares.

LEY FEDERAL DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES

CAPITULO III DE LAS EMPRESAS DE PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA

ARTICULO 32

Cuando alguna empresa de participación estatal mayoritaria no cumpla con el objeto a que se contrae el articulo 30 o ya no resulte conveniente conservarla como entidad paraestatal desde el punto de vista de la economía nacional o del interés publico, la secretaria de hacienda y crédito publico, atendiendo la opinión de la dependencia coordinadora del sector que corresponda, propondrá al ejecutivo federal la enajenación de la participación estatal o en su caso su disolución o liquidación. Para la enajenación de los títulos representativos del capital de la administración publica federal, se procederá en los términos que se disponen en el artículo 68 de esta ley.

En los casos en que se acuerde la enajenación, en igualdad de condiciones y respetando los términos de las leyes y de los estatutos correspondientes, los trabajadores organizados de la empresa tendrán preferencia para adquirir los títulos representativos del capital de los que sea titular el gobierno federal.

Se denomina así a las instituciones o personas morales en las que el Gobierno Federal, una o más entidades paraestatales consideradas conjunta o separadamente, posean acciones que representen el 50 por ciento o más del capital social.

Dentro de estas empresas el Gobierno Federal puede ejercer los siguientes derechos:

* Suscribir en forma exclusiva acciones de serie especial;

* Nombrar a la mayoría de los miembros del órgano de gobierno que se determine y

* Facultad de veto a los acuerdos de dicho órgano y de la asamblea general de accionistas.

Estas empresas tienen por objeto la atención de áreas prioritarias, particularmente la satisfacción de los intereses nacionales y las necesidades populares.

En el Artículo 90 de la constitución política dice que la Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso, que distribuirá los negocios del orden administrativo de la Federación que estarán a cargo de las Secretarías de Estado y definirá las bases generales de creación de las entidades paraestatales

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